Diferencia entre revisiones de «DE VEGA, Feliciano»

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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== (Ciudad de los Reyes, 1580 – México? 1639) Obispo, Maestro y Jurista
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== (Ciudad de los Reyes, 1580 – México? 1639) Obispo, Maestro y Jurista==
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==Nota explicativa terminológica (DHIAL):==
  
Nota explicativa terminológica (DHIAL):
 
 
Al presentar la persona y la obra del doctor don Feliciano de Vega, jurista, maestro universitario y obispo, se entrecruzan numerosas cuestiones de carácter jurídico, moral y teológico habituales en el mundo eclesiástico y civil de la «edad barroca» pos tridentina (siglos XVI-XVIII), en las que eclesiásticos y civiles se vieron involucrados hasta lo inverosímil. Ello nos muestra la complejidad de las relaciones y pone de manifiesto las variadas cuestiones discutidas, incluso controversias protocolarias y minuciosidades entonces a la orden del día.  
 
Al presentar la persona y la obra del doctor don Feliciano de Vega, jurista, maestro universitario y obispo, se entrecruzan numerosas cuestiones de carácter jurídico, moral y teológico habituales en el mundo eclesiástico y civil de la «edad barroca» pos tridentina (siglos XVI-XVIII), en las que eclesiásticos y civiles se vieron involucrados hasta lo inverosímil. Ello nos muestra la complejidad de las relaciones y pone de manifiesto las variadas cuestiones discutidas, incluso controversias protocolarias y minuciosidades entonces a la orden del día.  
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Sólo un conocimiento de todo este mundo complejo y a veces enmarañado para la mentalidad contemporánea puede ayudar a entender aquel mundo del barroco eclesial y social; las apelaciones a las instancias superiores, tanto eclesiásticas como civiles; los procesos y juicios que a veces se abrían sobre las diversas cuestiones; las minuciosas respuestas a cuestiones de carácter moral escrupuloso; y los debates en un mundo donde el privilegio, la costumbre y tradiciones –seguramente hoy muy discutibles– levantaban enconadas polémicas y debates de carácter jurídico, pero también en el campo de la moral y de las interpretaciones de las tradiciones y leyes civiles.  
 
Sólo un conocimiento de todo este mundo complejo y a veces enmarañado para la mentalidad contemporánea puede ayudar a entender aquel mundo del barroco eclesial y social; las apelaciones a las instancias superiores, tanto eclesiásticas como civiles; los procesos y juicios que a veces se abrían sobre las diversas cuestiones; las minuciosas respuestas a cuestiones de carácter moral escrupuloso; y los debates en un mundo donde el privilegio, la costumbre y tradiciones –seguramente hoy muy discutibles– levantaban enconadas polémicas y debates de carácter jurídico, pero también en el campo de la moral y de las interpretaciones de las tradiciones y leyes civiles.  
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Por otra parte, se muestran los numerosos casos de moral que se presentaban a la discusión de los autores, su apelación a instancias superiores eclesiales en su caso, o en el civil al propio; por otra, muestran el extremo cuidado que se tenía en el nombramiento de los cargos –tanto civiles como eclesiásticos– el rigor de las oposiciones a las cátedras, el límite de años en la enseñanza, la renovación de las mismas, la provisión abierta a los candidatos más jóvenes, así como la promoción debida a conservar la producción literaria y científica de los maestros y catedráticos.  
 
Por otra parte, se muestran los numerosos casos de moral que se presentaban a la discusión de los autores, su apelación a instancias superiores eclesiales en su caso, o en el civil al propio; por otra, muestran el extremo cuidado que se tenía en el nombramiento de los cargos –tanto civiles como eclesiásticos– el rigor de las oposiciones a las cátedras, el límite de años en la enseñanza, la renovación de las mismas, la provisión abierta a los candidatos más jóvenes, así como la promoción debida a conservar la producción literaria y científica de los maestros y catedráticos.  
Hay que tener en cuenta también el lenguaje de la época y su significado entonces. Así: al leer «Reino de…» es necesario recordar que la Corona española se componía de varios «Reinos» jurídicamente iguales, algunos en la Península, como Castilla, León, Aragón, Navarra, Granada, etc… y otros en las Américas, con los mismos derechos, como el de México, Perú, Nueva Granada, Río de la Plata, Chile… y un largo etcétera.  
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Hay que tener en cuenta también el lenguaje de la época y su significado entonces. Así: al leer «Reino de…» es necesario recordar que la Corona española se componía de varios «Reinos» jurídicamente iguales, algunos en la Península, como Castilla, León, Aragón, Navarra, Granada, etc… y otros en las Américas, con los mismos derechos, como el de México, Perú, Nueva Granada, [[RÍO_DE_LA_PLATA;_Su_mundo_cultural,_económico_y_político | Río de la Plata]], Chile… y un largo etcétera.  
 
Igualmente, encontramos términos que pueden resultar ambiguos, como «prelado» que podría a veces equivaler a obispo de una diócesis y otra a superior religioso mayor de una orden (equivalente a provincial hoy día) o a prior de una comunidad religiosa. Otro ejemplo: el término «beneficiado», que es un presbítero o, por extensión, clérigo de grado inferior, que goza de un beneficio eclesiástico que no es curato o prebenda.
 
Igualmente, encontramos términos que pueden resultar ambiguos, como «prelado» que podría a veces equivaler a obispo de una diócesis y otra a superior religioso mayor de una orden (equivalente a provincial hoy día) o a prior de una comunidad religiosa. Otro ejemplo: el término «beneficiado», que es un presbítero o, por extensión, clérigo de grado inferior, que goza de un beneficio eclesiástico que no es curato o prebenda.
  
Su Familia
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==Su Familia==
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Fueron sus padres el doctor Francisco de Vega y doña Feliciana Padilla, natural de Lima. El doctor nació en Sevilla, se graduó en cánones en el Colegio Mayor de Santa María de Jesús de la Universidad de esa ciudad, ejerció la abogacía en algunas cancillerías de España, y pasó por Teniente General de Gobernador en Tierra Firme. Casado en primeras nupcias con doña Beatriz de Farías tuvo varios hijos e hijas, y en 1569 se embarcó para su destino.  
 
Fueron sus padres el doctor Francisco de Vega y doña Feliciana Padilla, natural de Lima. El doctor nació en Sevilla, se graduó en cánones en el Colegio Mayor de Santa María de Jesús de la Universidad de esa ciudad, ejerció la abogacía en algunas cancillerías de España, y pasó por Teniente General de Gobernador en Tierra Firme. Casado en primeras nupcias con doña Beatriz de Farías tuvo varios hijos e hijas, y en 1569 se embarcó para su destino.  
Permaneció en Panamá hasta 1574 en que viajó a Lima, siendo abogado de la Real Audiencia, catedrático y vicerrector de la Universidad de San Marcos, e intervino en los primeros años de la separación de ésta del convento de Santo Domingo. Aquí enviudó y contrajo nuevo matrimonio.
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Permaneció en Panamá hasta 1574 en que viajó a Lima, siendo abogado de la [[AUDIENCIAS_REALES_EN_EL_NUEVO_MUNDO | Real Audiencia]], catedrático y vicerrector de la Universidad de San Marcos, e intervino en los primeros años de la separación de ésta del convento de Santo Domingo. Aquí enviudó y contrajo nuevo matrimonio.
 
De este habían nacido Agustín y Francisco, quienes ingresaron a la Orden de Predicadores, siendo el segundo maestro de novicios y Prior, murió en 1609 en Pomata, lo que causó gran dolor a Feliciano. Fray Agustín fue maestro de novicios, definidor, Prior en Trujillo, Panamá y Cuzco, y preconizado obispo del Paraguay, murió en 1625 cuando esperaba las bulas.
 
De este habían nacido Agustín y Francisco, quienes ingresaron a la Orden de Predicadores, siendo el segundo maestro de novicios y Prior, murió en 1609 en Pomata, lo que causó gran dolor a Feliciano. Fray Agustín fue maestro de novicios, definidor, Prior en Trujillo, Panamá y Cuzco, y preconizado obispo del Paraguay, murió en 1625 cuando esperaba las bulas.
Feliciano heredó de sus padres un buen patrimonio que aumentó con sus honorarios de catedrático, beneficios de sus prebendas y buena administración. La casa solariega estaba en Lima, en la calle que va de la Plaza Mayor a la del Santo Oficio, en la cuadra del Colegio Seminario (calle de San José); en esta casa vivió hasta embarcarse para México, vendiéndola. El agua para el Seminario se tomaba de la fuente que está en las casas del Dr. Cipriano de Medina y del Dr. Feliciano de la Vega, a 11 mayo 1614, y a pedido de este se confirmó la antigüedad, desde 1604, del agua de la fuente para su casa a 11 junio 1619. Tenía otras fincas y censos.
 
  
Nacimiento y estudios
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Feliciano heredó de sus padres un buen patrimonio que aumentó con sus honorarios de catedrático, beneficios de sus prebendas y buena administración. La casa solariega estaba en Lima, en la calle que va de la Plaza Mayor a la del Santo Oficio, en la cuadra del [[COLEGIO_SEMINARIO_–_PADRES_JESUITAS | Colegio Seminario]] (calle de San José); en esta casa vivió hasta embarcarse para México, vendiéndola. El agua para el Seminario se tomaba de la fuente que está en las casas del Dr. Cipriano de Medina y del Dr. Feliciano de la Vega, a 11 mayo 1614, y a pedido de este se confirmó la antigüedad, desde 1604, del agua de la fuente para su casa a 11 junio 1619. Tenía otras fincas y censos.
Nació Feliciano en la Ciudad de los Reyes, en 1580; estudió en los colegios del Real de San Martín y del Real de San Felipe. En datos autobiográficos, expuestos en el Razonamiento a la oposición de la cátedra de Prima de Leyes («Relectio Legis») en 1605, expresó: “la continuidad que he tenido de estudiar en estas Escuelas bien notorio ha sido, y la puntualidad que tuve en tiempo de estudiante en cursar y oír las lecciones, no sólo las ordinarias sino todas las demás que pude y una de Teología Moral todos los días hasta graduarme en ambas Facultades de Cánones y Leyes”, pues para él no existían ni fiestas ni paseos.
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“De diecinueve años entré en examen, el 3 de diciembre de 1599 para graduarme Licenciado en la Facultad de Cánones, y después de haber tenido dos famosos actos, el público y el secreto, salí aprobado «nemine discrepante» [sin ninguna excepción], por veintiún Doctores que me examinaron, y luego me gradué de Doctor.”  
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==Nacimiento y estudios==
El arzobispo don Toribio de Mogrovejo en la relación del clero informó al Rey a 28 abril de ese año: “El Bachiller Feliciano de Vega, graduado en cánones, muy buen estudiante de menores órdenes, virtuoso y recogido, de buena vida y costumbres y bien nacido, hijo del Doctor Vega abogado de esta Real Audiencia.” Insólitamente es el único clérigo minorista que menciona.  
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Fray Diego de Ocaña, monje Jerónimo de visita en Lima en 1605, dice que los jóvenes criollos se distinguen por el gran ingenio que demuestran en los estudios universitarios y en las oposiciones; no menciona a ninguno pero, con seguridad, conoció u oyó hablar del joven Feliciano, clérigo y licenciado, y concursante a una cátedra y que publicó ese mismo año la exposición que hiciera.  
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Nació Feliciano en la Ciudad de los Reyes,<ref>«Los Reyes» era como normalmente se llamaba a la ciudad de Lima, capital del Virreinato del Perú.</ref>en 1580; estudió en los colegios del Real de San Martín y del Real de San Felipe. En datos autobiográficos, expuestos en el Razonamiento a la oposición de la cátedra de Prima de Leyes («Relectio Legis») en 1605, expresó: ''“la continuidad que he tenido de estudiar en estas Escuelas bien notorio ha sido, y la puntualidad que tuve en tiempo de estudiante en cursar y oír las lecciones, no sólo las ordinarias sino todas las demás que pude y una de Teología Moral todos los días hasta graduarme en ambas Facultades de Cánones y Leyes”'', pues para él no existían ni fiestas ni paseos.
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''“De diecinueve años entré en examen, el 3 de diciembre de 1599 para graduarme Licenciado en la Facultad de Cánones, y después de haber tenido dos famosos actos, el público y el secreto, salí aprobado «nemine discrepante»'' [sin ninguna excepción], ''por veintiún Doctores que me examinaron, y luego me gradué de Doctor.”''
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El arzobispo don [[MOGROVEJO_Y_ROBLEDO,_Toribio_Alfonso_de | Toribio de Mogrovejo]] en la relación del clero informó al Rey a 28 abril de ese año: “''El Bachiller Feliciano de Vega, graduado en cánones, muy buen estudiante de menores órdenes, virtuoso y recogido, de buena vida y costumbres y bien nacido, hijo del Doctor Vega abogado de esta Real Audiencia.”'' Insólitamente es el único clérigo minorista que menciona.  
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Fray Diego de Ocaña, monje Jerónimo de visita en Lima en 1605, dice que los jóvenes [[CRIOLLOS;_su_aporte_a_la_evangelización | criollos]] se distinguen por el gran ingenio que demuestran en los estudios universitarios y en las oposiciones; no menciona a ninguno pero, con seguridad, conoció u oyó hablar del joven Feliciano, clérigo y licenciado, y concursante a una cátedra y que publicó ese mismo año la exposición que hiciera.<ref>Emilio Lisson, ''La Iglesia de España en el Perú IV'' (Sevilla: Editorial Católica Española, 1943), 274. Bertram Lee y Juan Bromley, ''Cabildos De Lima'' (Lima: Torres Aguirre/Sanmartí, 1935), XVI 456-7, XIX 918-9. Diego Ocaña, A través de la América del ''Sur'' (Madrid: Historia 16, 1988).</ref>
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==Cargos desempeñados==
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===a-Canónigo===
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Feliciano de Vega, doctor en Cánones y Leyes, se presentó al concurso para la canonjía doctoral, leyendo la oposición, y salió nombrado por todos los votos en primer lugar. El 18 diciembre de 1602, el [[CONSEJO_REAL_DE_INDIAS | Consejo de Indias]] lo propuso en la relación de méritos para ocuparla; mas el mismo advierte:
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''“Aunque no hubo suerte para que Su Majestad me hiciese merced de presentarme, bien notorio fue haber sido la causa la poca edad que tuve para ser ordenado de sacerdote, por requerirse que lo fuese conforme a la erección de la misma Iglesia, como en particular habrán constatado la Relación que vino de España («de 21 años»), y el título de que vino proveído, en que Su Majestad dice le presenta por haber sido nombrado y constar que era sacerdote.”''
  
Cargos desempeñados
 
a-Canónigo
 
Feliciano de Vega, doctor en Cánones y Leyes, se presentó al concurso para la canonjía doctoral, leyendo la oposición, y salió nombrado por todos los votos en primer lugar. El 18 diciembre de 1602, el Consejo de Indias lo propuso en la relación de méritos para ocuparla; mas el mismo advierte:
 
“Aunque no hubo suerte para que Su Majestad me hiciese merced de presentarme, bien notorio fue haber sido la causa la poca edad que tuve para ser ordenado de sacerdote, por requerirse que lo fuese conforme a la erección de la misma Iglesia, como en particular habrán constatado la Relación que vino de España («de 21 años»), y el título de que vino proveído, en que Su Majestad dice le presenta por haber sido nombrado y constar que era sacerdote.”
 
 
Fray Juan Pérez Espinoza O.F.M., obispo de Santiago de Chile (1600-1622), con dimisorias del Cabildo limense sede vacante, ordenó a los clérigos Hernando de Ugarte y Feliciano de Vega de subdiáconos el 10 de marzo, de diáconos el 13 y de misa el 14 abril 1607. Años después, el arzobispo de Lima Arias Ugarte (1630-1638) ordenaría obispo para Popayán a De Vega.  
 
Fray Juan Pérez Espinoza O.F.M., obispo de Santiago de Chile (1600-1622), con dimisorias del Cabildo limense sede vacante, ordenó a los clérigos Hernando de Ugarte y Feliciano de Vega de subdiáconos el 10 de marzo, de diáconos el 13 y de misa el 14 abril 1607. Años después, el arzobispo de Lima Arias Ugarte (1630-1638) ordenaría obispo para Popayán a De Vega.  
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Ingresó inmediatamente al Cabildo Metropolitano para ascender a la dignidad de chantre, el 19 de noviembre de 1630. En las sesiones capitulares intervino basado en sus conocimientos jurídicos y en función doctoral. En 1609, en la cuestión sobre la designación de otro, pues ya el Cabildo tenía por letrado al Dr. D. Leandro de Reinaba, y para la más rápida expedición de sus negocios, dispuso que fueran dos, nombrando al efecto, por mayoría de votos al Dr. Carrasco.  
 
Ingresó inmediatamente al Cabildo Metropolitano para ascender a la dignidad de chantre, el 19 de noviembre de 1630. En las sesiones capitulares intervino basado en sus conocimientos jurídicos y en función doctoral. En 1609, en la cuestión sobre la designación de otro, pues ya el Cabildo tenía por letrado al Dr. D. Leandro de Reinaba, y para la más rápida expedición de sus negocios, dispuso que fueran dos, nombrando al efecto, por mayoría de votos al Dr. Carrasco.  
Vega fundó su voto en contra en los siguientes términos: por los motivos que tengo no hay ahora en esta iglesia negocios, sino sólo uno que es sobre cobranzas de los bienes del Arzobispo difunto y que está concluso en vista a la Real Audiencia y tiene por abogado al Dr. Leandro, a quien se le pagan 200 pesos cada un año. Y asimismo se le pagan otros tantos al canónigo Lic. Cristóbal de Renedo por su solicitud, y aún cuando hubiese más negocios era suficiente la persona del dicho D. Leandro. “Agregó que era, además, en perjuicio de la Fábrica que estaba alcanzada y que de otra parte, para los negocios de importancia que se ofreciesen, allí estaba él Doctoral D. Gaspar Sánchez de San Juan, que debía acudir a ellos.”
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Vega fundó su voto en contra en los siguientes términos: por los motivos que tengo no hay ahora en esta iglesia negocios, sino sólo uno que es sobre cobranzas de los bienes del Arzobispo difunto y que está concluso en vista a la Real Audiencia y tiene por abogado al Dr. Leandro, a quien se le pagan 200 pesos cada un año. Y asimismo se le pagan otros tantos al canónigo Lic. Cristóbal de Renedo por su solicitud, y aún cuando hubiese más negocios era suficiente la persona del dicho D. Leandro. ''“Agregó que era, además, en perjuicio de la Fábrica que estaba alcanzada y que de otra parte, para los negocios de importancia que se ofreciesen, allí estaba él Doctoral D. Gaspar Sánchez de San Juan, que debía acudir a ellos.”''
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A 4 de abril consideraba respecto a que el obispo de Chuquiago (antiguo nombre de la ciudad de La Paz), fray Domingo de Valderrama Centeno, O.P., antiguo arzobispo de Santo Domingo (1606-1608), había ordenado religiosos sin conocimiento del Cabildo, sede vacante, que los breves apostólicos que lo autorizaban, no fueron presentados oportunamente.
 
A 4 de abril consideraba respecto a que el obispo de Chuquiago (antiguo nombre de la ciudad de La Paz), fray Domingo de Valderrama Centeno, O.P., antiguo arzobispo de Santo Domingo (1606-1608), había ordenado religiosos sin conocimiento del Cabildo, sede vacante, que los breves apostólicos que lo autorizaban, no fueron presentados oportunamente.
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También el Cabildo, reconociendo sus dotes le encomienda comisiones, como hablar con el Virrey a 13 mayo de 1608. A 28 de octubre de 1611, intervino por acuerdo del Cabildo en la transacción con doña Grimanesa Mogrovejo [hermana del arzobispo Toribio de Mogrovejo] acerca de los bienes dejados por el difunto arzobispo.
 
También el Cabildo, reconociendo sus dotes le encomienda comisiones, como hablar con el Virrey a 13 mayo de 1608. A 28 de octubre de 1611, intervino por acuerdo del Cabildo en la transacción con doña Grimanesa Mogrovejo [hermana del arzobispo Toribio de Mogrovejo] acerca de los bienes dejados por el difunto arzobispo.
Junto con González de Paz y Corne –por encargo del Cabildo– redactó las nuevas constituciones del Seminario en 1609 al hacer la visita canónica. Estuvo interesado en el culto de la Catedral, interviniendo en los nombramientos de la capilla de música, del cornetista Diego de Paz por encargo del Arzobispo (11.12.612); se le diese al corneta Diego Núñez el salario de 250 patacones (1.04.614); que se conformará con lo que votase la mayor parte “sobre admisión de un músico de sacabuche” (10.06.624); se le dio como chantre el aguinaldo para repartirlo entre los músicos, a petición del Maestro de Capilla, ascendiente a 112 y 1/2 pesos junto con lo que diese el Sr. Arzobispo (26.12.630).
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Junto con González de Paz y Corne –por encargo del Cabildo– redactó las nuevas constituciones del Seminario en 1609 al hacer la visita canónica. Estuvo interesado en el culto de la Catedral, interviniendo en los nombramientos de la capilla de música, del cornetista Diego de Paz por encargo del Arzobispo (11.12.612); se le diese al corneta Diego Núñez el salario de 250 patacones (1.04.614); que se conformará con lo que votase la mayor parte ''“sobre admisión de un músico de sacabuche”''<ref>El sacabuche es un instrumento de viento del período renacentista y barroco, antepasado del moderno trombón de varas.</ref>(10.06.624); se le dio como chantre el aguinaldo para repartirlo entre los músicos, a petición del Maestro de Capilla, ascendiente a 112 y 1/2 pesos junto con lo que diese el Sr. Arzobispo (26.12.630).
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Se preocupó del culto en la Catedral dotando 20 pesos para la fiesta de San Feliciano (6.6.614), y a 9 de junio de 1634 instituyó la fiesta votiva de su santo patrono en la capilla de Ntra. Sra. de los Naranjos. El 10 de Noviembre de 1625 participó en el Cabildo que acordó celebrar solemnemente la fiesta de la Inmaculada Concepción con canto de música y órgano.
 
Se preocupó del culto en la Catedral dotando 20 pesos para la fiesta de San Feliciano (6.6.614), y a 9 de junio de 1634 instituyó la fiesta votiva de su santo patrono en la capilla de Ntra. Sra. de los Naranjos. El 10 de Noviembre de 1625 participó en el Cabildo que acordó celebrar solemnemente la fiesta de la Inmaculada Concepción con canto de música y órgano.
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En el claustro universitario de 13 de agosto de 1627 propuso aplicar al culto de la imagen de Ntra. Sra. de la Antigua –ante la cual se realizaban los grados universitarios– parte de las propinas que les correspondían a los doctores y maestros en los grados mayores. Lo que fue acordado y proclamada «Patrona y Amparo de la Real Universidad».  
 
En el claustro universitario de 13 de agosto de 1627 propuso aplicar al culto de la imagen de Ntra. Sra. de la Antigua –ante la cual se realizaban los grados universitarios– parte de las propinas que les correspondían a los doctores y maestros en los grados mayores. Lo que fue acordado y proclamada «Patrona y Amparo de la Real Universidad».  
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Por el hecho de dictar lecciones al mismo tiempo que debía participar en el rezo de las horas canónicas en la catedral, y fuera dispensado de la asistencia a estas, los otros capitulares objetaron, y a 1° de febrero de 1622 le suprimió el goce del tercio por dictar clase universitaria que lo beneficiaba. A 10 de mayo se denegó su apelación y el 28 de junio los capitulares se repartieron el tercio que le correspondía. Además, el 6 de mayo decidieron que el canónigo Vega no cobrase las fallas de otro cuando está ausente por la cátedra.
 
Por el hecho de dictar lecciones al mismo tiempo que debía participar en el rezo de las horas canónicas en la catedral, y fuera dispensado de la asistencia a estas, los otros capitulares objetaron, y a 1° de febrero de 1622 le suprimió el goce del tercio por dictar clase universitaria que lo beneficiaba. A 10 de mayo se denegó su apelación y el 28 de junio los capitulares se repartieron el tercio que le correspondía. Además, el 6 de mayo decidieron que el canónigo Vega no cobrase las fallas de otro cuando está ausente por la cátedra.
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En respuesta publicó la «Alegación de los Catedráticos de Teología y Cánones en la Universidad sobre que siendo prebendados deben ganar la renta decimal de sus prebendas en las horas de coro que empleen en la enseñanza» el mismo año de 1623. A 16 diciembre se concedió por gracia la disputa que el juez apostólico de Huamanga declaró en favor del doctor Vega. Debe advertirse que este conflicto se suscitó cuando Vega dejó de ser provisor a la muerte del arzobispo Lobo Guerrero (1609-1622). El fiscal Solórzano le dio razón.
 
En respuesta publicó la «Alegación de los Catedráticos de Teología y Cánones en la Universidad sobre que siendo prebendados deben ganar la renta decimal de sus prebendas en las horas de coro que empleen en la enseñanza» el mismo año de 1623. A 16 diciembre se concedió por gracia la disputa que el juez apostólico de Huamanga declaró en favor del doctor Vega. Debe advertirse que este conflicto se suscitó cuando Vega dejó de ser provisor a la muerte del arzobispo Lobo Guerrero (1609-1622). El fiscal Solórzano le dio razón.
Cuando el deán y Cabildo pidieron que devolviera la renta de chantre porque no debía gozarla desde el día que el papa lo preconizara obispo de Popayán, el arzobispo Arias de Ugarte (1630-1638) expresó que debía elevarse la demanda a la Santa Sede por ser obispo, y que si lo requería el asunto, con su propia renta satisfaría lo que su provisor había llevado de la chantría por los servicios que había prestado. Con esto terminó el asunto.
 
  
b- Provisor y vicario general
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Cuando el deán y Cabildo pidieron que devolviera la renta de chantre porque no debía gozarla desde el día que el papa lo preconizara obispo de Popayán, el arzobispo Arias de Ugarte (1630-1638) expresó que debía elevarse la demanda a la Santa Sede por ser obispo, y que si lo requería el asunto, con su propia renta satisfaría lo que su provisor había llevado de la chantría por los servicios que había prestado. Con esto terminó el asunto.<ref>Carlos García Irigoyen, ''Santo Toribio'' (Lima: San Pedro,1906), 307-8n.I.  “Anales De La Catedral De Lima” (Lima: Privately printed, 1958), 158-61. Bermúdez, José Manuel, 1827. ''Anales de la Catedral de Lima 1534-1824''. Lima: Imprenta del Estado, 1903. José Manuel Bermúdez, ''Anales de la Catedral de Lima 1534-1824'' (Lima: Imprenta del Estado, 1903), 20-1, 29, 31 y 43. Vicente Rodríguez Valencia, ''Santo Toribio de Mogrovejo, organizador y apóstol de Sur América II'' (Madrid: CSIC, 1956), 319. Andrés Sas Orchassal, ''La música en la Catedral de Lima durante el Virreinato II'' (Lima: Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 1972) 319, 278, 168 y 453. Domingo Angulo, ''La Metropolitana de la Ciudad de Los Reyes. 1535-1825'' (Lima: Gil, 1935), 62.</ref>
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===b- Provisor y vicario general===
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El arzobispo don Bartolomé de Lobo Guerrero nombró a don Feliciano de Vega para ejercer las funciones correspondientes en el gobierno, cargo que tuvo igualmente bajo Arias de Ugarte, además de gobernador sede vacante a la muerte de Gonzalo de Campo (1625-1626).
 
El arzobispo don Bartolomé de Lobo Guerrero nombró a don Feliciano de Vega para ejercer las funciones correspondientes en el gobierno, cargo que tuvo igualmente bajo Arias de Ugarte, además de gobernador sede vacante a la muerte de Gonzalo de Campo (1625-1626).
  
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En la consagración del obispo de Quito –Arias de Ugarte– asistió el provisor con mitra al lado del arzobispo. En el sínodo de 1613 le dio el prelado un lugar preferente, que fue objeto de reclamo del arcediano; pero el arzobispo lo rechazó denegándolo el juez apostólico de Huamanga y la Real Audiencia.
 
En la consagración del obispo de Quito –Arias de Ugarte– asistió el provisor con mitra al lado del arzobispo. En el sínodo de 1613 le dio el prelado un lugar preferente, que fue objeto de reclamo del arcediano; pero el arzobispo lo rechazó denegándolo el juez apostólico de Huamanga y la Real Audiencia.
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Entre el arzobispo Lobo Guerrero y el Cabildo existió un prolongado conflicto sobre nombramiento de jueces adjuntos de parte del Cabildo, según costumbre, pero el prelado lo rechazó.  Las sinodales de Lobo Guerrero de 1613 son un método acabado de su género y revelan el cuidado y la inteligencia con que se redactaron, debido a la preparación jurídica del prelado y de su provisor. Este, elevado a la silla de La Paz, se inspiró en ellas para su sínodo de 1638.
 
Entre el arzobispo Lobo Guerrero y el Cabildo existió un prolongado conflicto sobre nombramiento de jueces adjuntos de parte del Cabildo, según costumbre, pero el prelado lo rechazó.  Las sinodales de Lobo Guerrero de 1613 son un método acabado de su género y revelan el cuidado y la inteligencia con que se redactaron, debido a la preparación jurídica del prelado y de su provisor. Este, elevado a la silla de La Paz, se inspiró en ellas para su sínodo de 1638.
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En la traslación de los restos de [la futura Santa] Rosa de Santa María el 18 de marzo de 1618, de la cripta al claustro de Santo Domingo, estuvo el arzobispo acompañado de su provisor, y los depositaron en el templo del Rosario.
 
En la traslación de los restos de [la futura Santa] Rosa de Santa María el 18 de marzo de 1618, de la cripta al claustro de Santo Domingo, estuvo el arzobispo acompañado de su provisor, y los depositaron en el templo del Rosario.
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A 10 de abril de 1618, el arzobispo recomendó vivamente a De Vega. El Cabildo secular, al mismo tiempo que solicitaba el capelo cardenalicio para Lobo Guerrero, a 27 de marzo recomendaba al doctor De Vega para que obtuviera mercedes debido a sus méritos.  
 
A 10 de abril de 1618, el arzobispo recomendó vivamente a De Vega. El Cabildo secular, al mismo tiempo que solicitaba el capelo cardenalicio para Lobo Guerrero, a 27 de marzo recomendaba al doctor De Vega para que obtuviera mercedes debido a sus méritos.  
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Por auto de 15 de junio de 1620, el provisor don Feliciano de Vega mandó despachar que correspondía en el orden y precedencia que debían guardar entre sí las diversas cofradías de la ciudad y suburbios, el primer lugar entre las cofradías marianas, a la de la Pura y Limpia Concepción de la Catedral y sólo podría precederla la del Smo. Sacramento.
 
Por auto de 15 de junio de 1620, el provisor don Feliciano de Vega mandó despachar que correspondía en el orden y precedencia que debían guardar entre sí las diversas cofradías de la ciudad y suburbios, el primer lugar entre las cofradías marianas, a la de la Pura y Limpia Concepción de la Catedral y sólo podría precederla la del Smo. Sacramento.
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El arzobispo murió el 12 de enero de 1622, y el mismo día el Cabildo reunido apresuradamente, decidió ante todo interrumpir las funciones de provisor y de vicario general de don Feliciano de Vega; unos días más tarde el Cabildo redujo el monto de su prebenda de un tercio, con efecto retroactivo.
 
El arzobispo murió el 12 de enero de 1622, y el mismo día el Cabildo reunido apresuradamente, decidió ante todo interrumpir las funciones de provisor y de vicario general de don Feliciano de Vega; unos días más tarde el Cabildo redujo el monto de su prebenda de un tercio, con efecto retroactivo.
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A 16 de mayo de 1623 decidió tomar residencia al canónigo De Vega por los trece años que fuera provisor del arzobispo difunto. A solicitud del mismo interesado, el rey ordenó a 10 de julio de 1623 que se le tomase la residencia, y a 29 de octubre de 1624 De Vega insistió que se le tomase residencia, que se cometió al tesorero Fernando de Guzmán. El mismo De Vega publicó en Lima una «Resolución» sobre el asunto, el 20 mayo de 1622, en 4 folios.  
 
A 16 de mayo de 1623 decidió tomar residencia al canónigo De Vega por los trece años que fuera provisor del arzobispo difunto. A solicitud del mismo interesado, el rey ordenó a 10 de julio de 1623 que se le tomase la residencia, y a 29 de octubre de 1624 De Vega insistió que se le tomase residencia, que se cometió al tesorero Fernando de Guzmán. El mismo De Vega publicó en Lima una «Resolución» sobre el asunto, el 20 mayo de 1622, en 4 folios.  
A 19 de enero de 1625 se dictó la sentencia que lo exoneraba de todo cargo y se elogiaba su comportamiento, pues meses antes –a 5 de septiembre de 1624– el deán propuso que “le parecía apropiado que fuera don Feliciano de Vega a recibir al nuevo arzobispo Ocampo, que también fue de la aprobación de los demás”, y se le dieron mil pesos de ayuda de costas. Además el 24 del mismo mes y año se le nombró para ir a España y Roma a los muchos y graves negocios de la Iglesia. El Cabildo de Trujillo decidió que también fuera su procurador.
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En el pleito de preminencias entre el seminario de San Antonio Abad del Cuzco y el colegio de San Bernardo de la Compañía de Jesús, la Real Audiencia –a 13 de enero de 1622– gobernando en ausencia del virrey, dispuso que le correspondía al seminario. El Virrey Marqués de Guadalcázar (1622-1629), ante el reclamo jesuita, consultó a don Feliciano y revocó la decisión anterior.
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A 19 de enero de 1625 se dictó la sentencia que lo exoneraba de todo cargo y se elogiaba su comportamiento, pues meses antes –a 5 de septiembre de 1624– el deán propuso que ''“le parecía apropiado que fuera don Feliciano de Vega a recibir al nuevo arzobispo Ocampo, que también fue de la aprobación de los demás”'', y se le dieron mil pesos de ayuda de costas. Además el 24 del mismo mes y año se le nombró para ir a España y Roma a los muchos y graves negocios de la Iglesia. El Cabildo de Trujillo decidió que también fuera su procurador.
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En el pleito de preminencias entre el seminario de San Antonio Abad del Cuzco y el colegio de San Bernardo de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]], la Real Audiencia –a 13 de enero de 1622– gobernando en ausencia del virrey, dispuso que le correspondía al seminario. El Virrey Marqués de Guadalcázar (1622-1629), ante el reclamo jesuita, consultó a don Feliciano y revocó la decisión anterior.
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El obispo de Arequipa, Pedro de Perea Díaz O.S.A. (1617 – 1631), remitió en 1627 al juez metropolitano De Vega 17 expedientes de recusación interpuestos por los canónigos contra él. A 6 de febrero instó nuevamente que se le admitiera la renuncia, y propuso para coadjutor de la sede al canónigo De Vega, el cual tendría renta bastante con la mitad que a él le correspondía, pues la cuarta episcopal ascendía a 8,500 pesos, y con la cuarta de los curas a 16 mil.
 
El obispo de Arequipa, Pedro de Perea Díaz O.S.A. (1617 – 1631), remitió en 1627 al juez metropolitano De Vega 17 expedientes de recusación interpuestos por los canónigos contra él. A 6 de febrero instó nuevamente que se le admitiera la renuncia, y propuso para coadjutor de la sede al canónigo De Vega, el cual tendría renta bastante con la mitad que a él le correspondía, pues la cuarta episcopal ascendía a 8,500 pesos, y con la cuarta de los curas a 16 mil.
Después de la muerte de Ocampo, fue nombrado gobernador de la Arquidiócesis por el Cabildo. No llegó a realizar el propuesto viaje a España. En 1627 fue designado comisario apostólico del Tribunal de la Santa Cruzada, y fue solicitado también como juez ordinario y consultor de la Inquisición a pedido del metropolitano y sufragáneos.
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Después de la muerte de Ocampo, fue nombrado gobernador de la Arquidiócesis por el Cabildo. No llegó a realizar el propuesto viaje a España. En 1627 fue designado comisario apostólico del Tribunal de la Santa Cruzada, y fue solicitado también como juez ordinario y consultor de la [[INQUISICIÓN_APOSTÓLICA | Inquisición]] a pedido del metropolitano y sufragáneos.
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En la solicitud al Virrey, de 24 octubre 1631, para la publicación de sus relecciones canónicas, hace un recuento de sus actividades. De esta manera se convierte en la continuación de su autobiografía contenida en el razonamiento de 1605, a la que deben añadirse los datos en el testimonio sobre el arzobispo Mogrovejo, y en la institución de la cátedra de Teología Moral en 1632 y 1635 respectivamente.
 
En la solicitud al Virrey, de 24 octubre 1631, para la publicación de sus relecciones canónicas, hace un recuento de sus actividades. De esta manera se convierte en la continuación de su autobiografía contenida en el razonamiento de 1605, a la que deben añadirse los datos en el testimonio sobre el arzobispo Mogrovejo, y en la institución de la cátedra de Teología Moral en 1632 y 1635 respectivamente.
“...donde soy graduado en entrambos derechos, y en que desde edad de diez y ocho años comencé a leer esta facultad, recibiendo el grado de doctor luego que cumplí los diez y nueve. Y aunque he tenido tantas ocupaciones públicas que pudieran excusarme de ello, cuáles han sido demás de la residencia de mi dignidad en el coro de esta santa Iglesia, el estar gobernado este Arzobispado en ausencia del Iltmo. Señor Arzobispo don Femando Arias de Ugarte, que le está visitando, al cabo de veinte y dos años que comencé a usar el oficio de provisor y ordinario en el santo Oficio de la Inquisición, sobre otros muchos que también le he gobernado, así en vida del Iltmo. Señor Arzobispo don Bartolomé de Lobo Guerrero, de buena memoria, como en la vacante pasada, y sobre la ocupación que juntamente tuve en tiempo que fui subdelegado general de la Santa Cruzada en este reino, sin los demás cuidados que a la vista de V. Excel. y de los demás señores Virreyes, sus antecesores, han estado a mi cargo, en lo que se han querido servir de mi persona y estudios, para todos los despachos del gobierno secular que se han remitido: y con todo no he faltado a la obligación de maestro, como si eso solo fuese mí oficio.
 
Con que ha concurrido el especial amor y voluntad que tengo a la dicha Real Universidad así por haber sido uno de sus primeros fundados el Doctor Francisco de Vega mi señor y Padre (que sea en gloria) como por haber estudiado en ella y graduándome en la facultad de cánones y leyes he sido Rector cuatro veces y catedrático en ambas facultades hasta obtener la jubilación en la cátedra de Prima de Cánones..”.
 
Asimismo resalta las virtudes del arzobispo Mogrovejo porque “desde más de cuarenta años a esta parte, conocí, traté y comuniqué al ilustrísimo señor don Toribio Alfonso Mogrovejo, [...] hasta que salió a la visita de este Arzobispado, y murió el año de 1606[...] Y de todo esto tengo muy particular noticia no sólo por la comunicación, que tuve con el dicho señor Arzobispo, y por los autos y papeles, que han pasado por mis manos, de más de veinte y tres años a esta parte, que he comenzado a ejercer el oficio de provisor, y vicario general en este Arzobispado.”
 
  
c- Maestro universitario
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''“...donde soy graduado en entrambos derechos, y en que desde edad de diez y ocho años comencé a leer esta facultad, recibiendo el grado de doctor luego que cumplí los diez y nueve. Y aunque he tenido tantas ocupaciones públicas que pudieran excusarme de ello, cuáles han sido demás de la residencia de mi dignidad en el coro de esta santa Iglesia, el estar gobernado este Arzobispado en ausencia del Iltmo. Señor Arzobispo don Femando Arias de Ugarte, que le está visitando, al cabo de veinte y dos años que comencé a usar el oficio de provisor y ordinario en el santo Oficio de la Inquisición, sobre otros muchos que también le he gobernado, así en vida del Iltmo. Señor Arzobispo don Bartolomé de Lobo Guerrero, de buena memoria, como en la vacante pasada, y sobre la ocupación que juntamente tuve en tiempo que fui subdelegado general de la Santa Cruzada en este reino, sin los demás cuidados que a la vista de V. Excel. y de los demás señores [[VIRREYES;_Facultades_y_limitaciones | Virreyes]], sus antecesores, han estado a mi cargo, en lo que se han querido servir de mi persona y estudios, para todos los despachos del gobierno secular que se han remitido: y con todo no he faltado a la obligación de maestro, como si eso solo fuese mí oficio.''
“Desde el año 1598, aún antes que fuera licenciado empecé a leer en esta Universidad una lección de ostentación de la Facultad de Cánones todos los días con muy gran concurso y gusto de los oyentes, y después continué la lección en sustituir en diferentes veces la Cátedra de Prima do Cánones y esta misma de Prima de Cánones do Leyes, y la de Vísperas de Leyes, fui proveído en ella por nombramiento del Excmo. Virrey don Luis de Velasco (1596-1604). Y desde entonces hasta ahora he ido leyendo con tan gran cuidado, y diligencia, cuanta se habrá visto por la continuación do las lecciones, y por los muchos actos públicos que he tenido, haciendo siempre demostración de mucho estudio y trabajo, y de muy gran curiosidad.”
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Señala su dedicación al estudio: “Y el que tuve cuando era «pasante», en que no hubo día en que no estudiase de doce y trece horas para arriba, pasando por las mañanas por Bártulo las materias más graves del Digesto Viejo, y del Esforzado y por las tardes del Código por Baldo, y a las noches las Decretales por Abad juntamente con los títulos concordantes del Sexto, Clementinas y Extravagantes, y de las Leyes de Partidas, y los demás libros modernos, que por entonces me era posible, todo con el fin de poder con crecidas ventajas servir a esta Universidad en la ocupación que pretendo.”
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''Con que ha concurrido el especial amor y voluntad que tengo a la dicha Real Universidad así por haber sido uno de sus primeros fundados el Doctor Francisco de Vega mi señor y Padre (que sea en gloria) como por haber estudiado en ella y graduándome en la facultad de cánones y leyes he sido Rector cuatro veces y catedrático en ambas facultades hasta obtener la jubilación en la cátedra de Prima de Cánones..”.''
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Asimismo resalta las virtudes del arzobispo Mogrovejo porque ''“desde más de cuarenta años a esta parte, conocí, traté y comuniqué al ilustrísimo señor don Toribio Alfonso Mogrovejo, [...] hasta que salió a la visita de este Arzobispado, y murió el año de 1606[...] Y de todo esto tengo muy particular noticia no sólo por la comunicación, que tuve con el dicho señor Arzobispo, y por los autos y papeles, que han pasado por mis manos, de más de veinte y tres años a esta parte, que he comenzado a ejercer el oficio de provisor, y vicario general en este Arzobispado.”''<ref>Pierre Duviols, ''La lutte contre les religions autochtones dans le Pérou Colonial. «L’extirpation del idiolatrie» entre 1532 et 1660'' (Lima-París: Éd. Ophrys, 1971), 150 n. Rubén Vargas Ugarte, ''Manuscritos peruanos, II'' (Buenos Aires: s.e., 1948), 252. Rubén Vargas Ugarte, ''Historia de la Iglesia en el Perú, II'' (Burgos: Imprenta de Aldecoa, 1959), 174, 176; impresos I 100-1, II 14. Rubén Vargas Ugarte, ''Historia de la Compañía de Jesús en el Perú, I.'' Burgos: Imprenta de Aldecoa, 1963), 323. José Manuel Bermúdez, ''Anales de la Catedral de Lima 1534-1824'' (Lima: Imprenta del Estado, 1903), 26-30, 43 y 48. Emilio Lisson, ''La Iglesia de España en el Perú'' (Sevilla: Editorial Católica Española, 1943), V 166, IV 602. Catálogo No. 1268,1627. Domingo Angulo, ''Santa Rosa de Lima. Estudio bibliográfico'' (Lima: Sanmarti, 1917), 5-9. Domingo Angulo, ''La Metropolitana de la Ciudad de Los Reyes. 1535-1825'' (Lima: Gil, 1935), 51 No. 109. Bertram Lee y Juan Bromley, ''Cabildos De Lima'' (Lima: Torres Aguirre/Sanmartí, 1935), XVIII 436-7. Centro de Estudios de Historia Eclesiástica del Perú, ''Monografía de la Diócesis de Trujillo III'' (Trujillo: Imprenta Diocesana, 1930), 27.</ref>
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===c- Maestro universitario===
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''“Desde el año 1598, aún antes que fuera licenciado empecé a leer en esta Universidad una lección de ostentación de la Facultad de Cánones todos los días con muy gran concurso y gusto de los oyentes, y después continué la lección en sustituir en diferentes veces la Cátedra de Prima do Cánones y esta misma de Prima de Cánones do Leyes, y la de Vísperas de Leyes, fui proveído en ella por nombramiento del Excmo. Virrey don [[VELASCO_Y_RUIZ_DE_ALARCÓN,_Luis_de | Luis de Velasco]] (1596-1604). Y desde entonces hasta ahora he ido leyendo con tan gran cuidado, y diligencia, cuanta se habrá visto por la continuación do las lecciones, y por los muchos actos públicos que he tenido, haciendo siempre demostración de mucho estudio y trabajo, y de muy gran curiosidad.''
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Señala su dedicación al estudio: ''“Y el que tuve cuando era «pasante», en que no hubo día en que no estudiase de doce y trece horas para arriba, pasando por las mañanas por Bártulo las materias más graves del Digesto Viejo, y del Esforzado y por las tardes del Código por Baldo, y a las noches las Decretales por Abad juntamente con los títulos concordantes del Sexto, Clementinas y Extravagantes, y de las Leyes de Partidas, y los demás libros modernos, que por entonces me era posible, todo con el fin de poder con crecidas ventajas servir a esta Universidad en la ocupación que pretendo.”''
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===d-Abogado===
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Antes de 1605 se recibió de abogado, como declara en su autobiografía: ''“la buena cuenta que he dado en las ocupaciones que he tenido en la Real Audiencia, y fuera de ella en los negocios que se me han encomendado, abogado de ella, bien notoria es, pues por la Misericordia de Dios he adquirido el crédito y opinión que a todos consta, y hasta haber merecido, que Vuestra Merced, entre tan graves letrados como hay en este insigne claustro, me haya elegido por su abogado, como también lo han hecho las más de las iglesias, y comunidades de este Reino, teniendo siempre muy gran satisfacción de mi persona, como así mismo ha tenido la Justicia, y Regimiento de esta ciudad en haberme reelegido cuatro años continuos por su Asesor, para el desarrollo de sus causas.”''
  
d-Abogado
 
Antes de 1605 se recibió de abogado, como declara en su autobiografía: “la buena cuenta que he dado en las ocupaciones que he tenido en la Real Audiencia, y fuera de ella en los negocios que se me han encomendado, abogado de ella, bien notoria es, pues por la Misericordia de Dios he adquirido el crédito y opinión que a todos consta, y hasta haber merecido, que Vuestra Merced, entre tan graves letrados como hay en este insigne claustro, me haya elegido por su abogado, como también lo han hecho las más de las iglesias, y comunidades de este Reino, teniendo siempre muy gran satisfacción de mi persona, como así mismo ha tenido la Justicia, y Regimiento de esta ciudad en haberme reelegido cuatro años continuos por su Asesor, para el desarrollo de sus causas.”
 
 
El 11 de julio de 1619, el Cabildo de los Reyes acordó pagarle los sueldos que se le debían por el tiempo que fue asesor y abogado de esta ciudad.
 
El 11 de julio de 1619, el Cabildo de los Reyes acordó pagarle los sueldos que se le debían por el tiempo que fue asesor y abogado de esta ciudad.
  
e-Catedrático
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===e-Catedrático===
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El 14 de septiembre de 1605 al concurso de la Cátedra de Prima de Leyes se presentó el Dr. De Vega e imprimió su lección intitulada «Relectio Legis» sobre la adquisición de la herencia, y al final –según las costumbres– sostuvo en su tesis, en romance, por qué debía ser elegido él y no sus opositores:
 
El 14 de septiembre de 1605 al concurso de la Cátedra de Prima de Leyes se presentó el Dr. De Vega e imprimió su lección intitulada «Relectio Legis» sobre la adquisición de la herencia, y al final –según las costumbres– sostuvo en su tesis, en romance, por qué debía ser elegido él y no sus opositores:
“…sin que me obste el ser tan conocido en todo este Reino y en esta insigne Universidad y por haber nacido en esta Ciudad tengo también considerable derecho porque las leyes divinas y humanas dan preeminencia y prerrogativas para ser ascendido a Cátedra o beneficio al natural del lugar, donde se ha de hacer la promoción por la gran utilidad que de ello se sigue cuando viendo los naturales los premios a los ojos se animan a seguir las letras y la virtud. Por ser yo mozo tengo más fuerzas para continuar el trabajo, tan continuo de mis estudios, y facilidad para enseñar, y ser maestro, como he visto ya por experiencia en siete años que ha que leo en esta insigne Universidad las Cátedras que he referido.”
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Parece tener soberbia y vanidad, pero explica inmediatamente: “en compañía ha traído las letras y estudio, la honestidad y virtud que siempre con el favor de Nuestro Señor he procurado adelantarme, dando buen ejemplo de mi vida y costumbres, que es lo que se debe atender en las provisiones de las Cátedras más principalmente según lo dicen el Emperador Justiniano, etc. y lo notó Valeriano Máximo en el libro 3 de su Historia, etc. y lo refiere Lucas de Pena en la Rúbrica C. delegación lib. 10, y Cornelio Tácito en el libro tercero de su Historia.”
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''“…sin que me obste el ser tan conocido en todo este Reino y en esta insigne Universidad y por haber nacido en esta Ciudad tengo también considerable derecho porque las leyes divinas y humanas dan preeminencia y prerrogativas para ser ascendido a Cátedra o beneficio al natural del lugar, donde se ha de hacer la promoción por la gran utilidad que de ello se sigue cuando viendo los naturales los premios a los ojos se animan a seguir las letras y la virtud. Por ser yo mozo tengo más fuerzas para continuar el trabajo, tan continuo de mis estudios, y facilidad para enseñar, y ser maestro, como he visto ya por experiencia en siete años que ha que leo en esta insigne Universidad las Cátedras que he referido.”''
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Parece tener soberbia y vanidad, pero explica inmediatamente: ''“en compañía ha traído las letras y estudio, la honestidad y virtud que siempre con el favor de Nuestro Señor he procurado adelantarme, dando buen ejemplo de mi vida y costumbres, que es lo que se debe atender en las provisiones de las Cátedras más principalmente según lo dicen el Emperador Justiniano, etc. y lo notó Valeriano Máximo en el libro 3 de su Historia, etc. y lo refiere Lucas de Pena en la Rúbrica C. delegación lib. 10, y Cornelio Tácito en el libro tercero de su Historia.”''
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A pesar del éxito de la oposición del doctor De Vega, el claustro formado por los discípulos del doctor León de Garabito, ungió con su voto a éste, pero los estudiantes y doctores reclamaron a don Feliciano la publicación de su lección. Ejerció el Rectorado de la Universidad cuatro veces en los años 1610, 1616, 1621 y 1622.
 
A pesar del éxito de la oposición del doctor De Vega, el claustro formado por los discípulos del doctor León de Garabito, ungió con su voto a éste, pero los estudiantes y doctores reclamaron a don Feliciano la publicación de su lección. Ejerció el Rectorado de la Universidad cuatro veces en los años 1610, 1616, 1621 y 1622.
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Al quedar vacante la Cátedra de Prima de Cánones, el Rector don Leandro de la Rinaga Salazar, en el año de 1620, reunió al Claustro al que concurrieron 52 maestros y doctores. Don Leandro enumeró las cualidades del doctor Feliciano de Vega y los inconvenientes de la votación en oposición tratándose de una persona de tan relevantes e indiscutibles merecimientos, comprobados en la Cátedra de Vísperas de Leyes, y propuso que se le otorgara la Cátedra. El Claustro abierto y por votos públicos se la concedió.
 
Al quedar vacante la Cátedra de Prima de Cánones, el Rector don Leandro de la Rinaga Salazar, en el año de 1620, reunió al Claustro al que concurrieron 52 maestros y doctores. Don Leandro enumeró las cualidades del doctor Feliciano de Vega y los inconvenientes de la votación en oposición tratándose de una persona de tan relevantes e indiscutibles merecimientos, comprobados en la Cátedra de Vísperas de Leyes, y propuso que se le otorgara la Cátedra. El Claustro abierto y por votos públicos se la concedió.
El fiscal de la Real Audiencia Henríquez contradijo la elección por ser contraria a los estatutos y normas regias, “aunque la persona del doctor Feliciano de Vega era tal y de tan buenas partes, no podíamos abreviar la gracia y dones de ciencia y sabiduría del Espíritu Santo y de que se hallase otra tal y superior en el claustro y fuera de él.”  
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El fiscal manifestó además al rey que “al salir de este claustro (no sé si por adulación o porque la verdad estaba tan clara dando voces al secreto y oído de la conciencia) muchos de los que votaron en contrario me dieron gracias por la contradicción diciendo que ellos no pudieron hacer, menos unos encogiendo los hombros y otros declarándose que por el doctor Vega, Provisor, tan favorecido del Arzobispo y cuñado de Martín Alcedo camarero del Virrey, por cuya mano corrían sus pretensiones que no podían hacer menos mayormente votándose en público, pues de las dos cabezas pendían los eclesiásticos y seglares y viven de su mano en honras, oficios y beneficios y con todo si se votara en secreto estuviera dudosa la elección.”
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El fiscal de la Real Audiencia Henríquez contradijo la elección por ser contraria a los estatutos y normas regias, ''“aunque la persona del doctor Feliciano de Vega era tal y de tan buenas partes, no podíamos abreviar la gracia y dones de ciencia y sabiduría del Espíritu Santo y de que se hallase otra tal y superior en el claustro y fuera de él.”''
Agrega el doctor Henríquez: “hánme afirmado que demás de concurrir en el doctor Feliciano de Vega el oficio de Provisor por razón de la Cátedra está dispensado con las horas. Remítome a las razones que el Cabildo tendrá.” Brotaban las animosidades latentes que aparecerán a la muerte del arzobispo, pero que no pudieron valer frente a las cualidades.  
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El fiscal manifestó además al rey que ''“al salir de este claustro (no sé si por adulación o porque la verdad estaba tan clara dando voces al secreto y oído de la conciencia) muchos de los que votaron en contrario me dieron gracias por la contradicción diciendo que ellos no pudieron hacer, menos unos encogiendo los hombros y otros declarándose que por el doctor Vega, Provisor, tan favorecido del Arzobispo y cuñado de Martín Alcedo camarero del Virrey, por cuya mano corrían sus pretensiones que no podían hacer menos mayormente votándose en público, pues de las dos cabezas pendían los eclesiásticos y seglares y viven de su mano en honras, oficios y beneficios y con todo si se votara en secreto estuviera dudosa la elección.”''
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Agrega el doctor Henríquez: ''“hánme afirmado que demás de concurrir en el doctor Feliciano de Vega el oficio de Provisor por razón de la Cátedra está dispensado con las horas. Remítome a las razones que el Cabildo tendrá''.” Brotaban las animosidades latentes que aparecerán a la muerte del arzobispo, pero que no pudieron valer frente a las cualidades.  
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En cambio, fray Buenaventura de Salinas –que lo conoció por trabajar en la secretaría del virrey, antes de tomar el hábito– lo alababa por ser asesor del virrey en los asuntos graves. Ejerció la cátedra hasta que fue jubilado en 1627 con todas las prerrogativas y privilegios de los doctores jubilados, hecho que fue confirmado por Real Cédula el 1° de abril de 1633, como él mismo afirma en testimonio público en 1635.
 
En cambio, fray Buenaventura de Salinas –que lo conoció por trabajar en la secretaría del virrey, antes de tomar el hábito– lo alababa por ser asesor del virrey en los asuntos graves. Ejerció la cátedra hasta que fue jubilado en 1627 con todas las prerrogativas y privilegios de los doctores jubilados, hecho que fue confirmado por Real Cédula el 1° de abril de 1633, como él mismo afirma en testimonio público en 1635.
Pero su amor a la enseñanza era desinteresado y siguió desempeñando la cátedra, como él mismo dice en un recurso al virrey: “con todo no he faltado a la obligación de maestro como si eso sólo fuese mi oficio”, demostrando así su preferencia al apostolado de la enseñanza.  
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Pero su amor a la enseñanza era desinteresado y siguió desempeñando la cátedra, como él mismo dice en un recurso al virrey: ''“con todo no he faltado a la obligación de maestro como si eso sólo fuese mi oficio”,'' demostrando así su preferencia al apostolado de la enseñanza.<ref>Bertram Lee y Juan Bromley, ''Cabildos De Lima'' (Lima: Torres Aguirre/Sanmartí, 1935) XIX 918-9. Buenaventura Salinas y Córdova, ''Memorial de las historias del Nuevo Mundo: Piru'' (Lima: Universidad Nacional Mayor de San Marcos), 170, 174 y 176.</ref>
  
  
 
==NOTAS==
 
==NOTAS==
  
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<references/>
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==FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA==
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'''FUENTES'''
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“Anales De La Catedral De Lima: 1551-1852”. En ''Biblioteca Histórica Peruana VII'', editado por Rubén Vargas Ugarte. Lima: Privately printed, 1958.
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Bermúdez, José Manuel. ''Anales de la Catedral de Lima 1534-1824.'' Lima: Imprenta del Estado, 1903.
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Bustamante, Baltasar de. ''Primicias del Perú en Santidad, Letras, Armas, Gobierno y Nobleza. Año de 1640.'' Iquitos: Tibesar, 1992.
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Calancha, Antonio de la. ''Historia de la Universidad de San Marcos hasta 1647.'' Lima: Imp. de La Tradición, 1921.
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Córdova y Salinas, Diego de. “Teatro de la Iglesia Metropolitana de los Reyes”. En  ''Biblioteca Histórica Peruana VII'', editado por Rubén Vargas Ugarte. Lima: Privately printed, 1958.
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Esquivel y Navia, Diego. ''Noticias cronológicas de la gran ciudad del Cuzco I.'' Lima: Fundación Augusto N. Wiese, 1980.
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Lee, Bertram y Bromley, Juan (eds.). ''Cabildos De Lima.'' Lima: Torres Aguirre/Sanmartí, 1935.
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León Pinelo, Antonio de. ''Por la Real Universidad y Escuelas generales de San Marcos de la ciudad de Lima''.  Lima: Ed. Eguiguren, 1940.
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Lisson, Emilio. ''La Iglesia de España en el Perú.'' Tomos I-V. Sevilla: Editorial Católica Española, 1943.
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Ocaña, Diego. ''A través de la América del Sur.'' Madrid: Historia 16, 1988.
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''Proceso de canonización de fray Martín de Porres. Proceso Diocesano, años 1660,1664, 1671. I.'' Palencia: Secretariado «Martín de Porres», 1960.
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Salinas y Córdova, Buenaventura. ''Memorial de las historias del Nuevo Mundo: Piru''. Lima: Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 1957.
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Solórzano y Pereyra, Juan de. ''Política indiana.'' Madrid: Fundación José Antonio Castro, 1996.
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Suardo, Juan Antonio. ''Diario de Lima, 1629-1636''. 2 vols. Lima: Lumen, 1936.
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==BIBLIOGRAFÍA==
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Alcedo, Antonio. ''Diccionario histórico-geográfico de las Indias Occidentales o América''. Madrid: Imprenta de Benito Cano, 1789.
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Angulo, Domingo. ''Santa Rosa de Lima. Estudio bibliográfico''. Lima: Sanmarti, 1917.
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''La Metropolitana de la Ciudad de Los Reyes. 1535-1825''. Lima: Gil, 1935.
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Árias-Schreiber Pezet, Jorge. “Hipólito Unanue”. En ''Colección Documental del Sesquicentenario de la Independencia del Perú, VII,'' editado por Comisión Nacional del Sesquicentenario. Lima: Comisión Nacional del Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1974.
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==FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA==
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Villarroel, Gaspar de. Gobierno eclesiástico pacífico o unión de los dos cuchillos Pontificio y Regio (2 vols.) Selecciones. Quito: s.e., 1942.
 
  
 +
'''Obispo emérito de Cajamarca'''
  
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'''©Revista Peruana de Historia Eclesiástica, 4 (1995) 21-53'''
  
JOSÉ DAMMERT BELLIDO
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Obispo emérito de Cajamarca
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[[PANAMÁ;_Episcopologio|PANAMÁ; Episcopologio]]
©Revista Peruana de Historia Eclesiástica, 4 (1995) 21-53
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Revisión actual del 21:10 28 ago 2019

(Ciudad de los Reyes, 1580 – México? 1639) Obispo, Maestro y Jurista

Nota explicativa terminológica (DHIAL):

Al presentar la persona y la obra del doctor don Feliciano de Vega, jurista, maestro universitario y obispo, se entrecruzan numerosas cuestiones de carácter jurídico, moral y teológico habituales en el mundo eclesiástico y civil de la «edad barroca» pos tridentina (siglos XVI-XVIII), en las que eclesiásticos y civiles se vieron involucrados hasta lo inverosímil. Ello nos muestra la complejidad de las relaciones y pone de manifiesto las variadas cuestiones discutidas, incluso controversias protocolarias y minuciosidades entonces a la orden del día.

Sólo un conocimiento de todo este mundo complejo y a veces enmarañado para la mentalidad contemporánea puede ayudar a entender aquel mundo del barroco eclesial y social; las apelaciones a las instancias superiores, tanto eclesiásticas como civiles; los procesos y juicios que a veces se abrían sobre las diversas cuestiones; las minuciosas respuestas a cuestiones de carácter moral escrupuloso; y los debates en un mundo donde el privilegio, la costumbre y tradiciones –seguramente hoy muy discutibles– levantaban enconadas polémicas y debates de carácter jurídico, pero también en el campo de la moral y de las interpretaciones de las tradiciones y leyes civiles.

Por otra parte, se muestran los numerosos casos de moral que se presentaban a la discusión de los autores, su apelación a instancias superiores eclesiales en su caso, o en el civil al propio; por otra, muestran el extremo cuidado que se tenía en el nombramiento de los cargos –tanto civiles como eclesiásticos– el rigor de las oposiciones a las cátedras, el límite de años en la enseñanza, la renovación de las mismas, la provisión abierta a los candidatos más jóvenes, así como la promoción debida a conservar la producción literaria y científica de los maestros y catedráticos.

Hay que tener en cuenta también el lenguaje de la época y su significado entonces. Así: al leer «Reino de…» es necesario recordar que la Corona española se componía de varios «Reinos» jurídicamente iguales, algunos en la Península, como Castilla, León, Aragón, Navarra, Granada, etc… y otros en las Américas, con los mismos derechos, como el de México, Perú, Nueva Granada, Río de la Plata, Chile… y un largo etcétera. Igualmente, encontramos términos que pueden resultar ambiguos, como «prelado» que podría a veces equivaler a obispo de una diócesis y otra a superior religioso mayor de una orden (equivalente a provincial hoy día) o a prior de una comunidad religiosa. Otro ejemplo: el término «beneficiado», que es un presbítero o, por extensión, clérigo de grado inferior, que goza de un beneficio eclesiástico que no es curato o prebenda.

Su Familia

Fueron sus padres el doctor Francisco de Vega y doña Feliciana Padilla, natural de Lima. El doctor nació en Sevilla, se graduó en cánones en el Colegio Mayor de Santa María de Jesús de la Universidad de esa ciudad, ejerció la abogacía en algunas cancillerías de España, y pasó por Teniente General de Gobernador en Tierra Firme. Casado en primeras nupcias con doña Beatriz de Farías tuvo varios hijos e hijas, y en 1569 se embarcó para su destino.

Permaneció en Panamá hasta 1574 en que viajó a Lima, siendo abogado de la Real Audiencia, catedrático y vicerrector de la Universidad de San Marcos, e intervino en los primeros años de la separación de ésta del convento de Santo Domingo. Aquí enviudó y contrajo nuevo matrimonio. De este habían nacido Agustín y Francisco, quienes ingresaron a la Orden de Predicadores, siendo el segundo maestro de novicios y Prior, murió en 1609 en Pomata, lo que causó gran dolor a Feliciano. Fray Agustín fue maestro de novicios, definidor, Prior en Trujillo, Panamá y Cuzco, y preconizado obispo del Paraguay, murió en 1625 cuando esperaba las bulas.

Feliciano heredó de sus padres un buen patrimonio que aumentó con sus honorarios de catedrático, beneficios de sus prebendas y buena administración. La casa solariega estaba en Lima, en la calle que va de la Plaza Mayor a la del Santo Oficio, en la cuadra del Colegio Seminario (calle de San José); en esta casa vivió hasta embarcarse para México, vendiéndola. El agua para el Seminario se tomaba de la fuente que está en las casas del Dr. Cipriano de Medina y del Dr. Feliciano de la Vega, a 11 mayo 1614, y a pedido de este se confirmó la antigüedad, desde 1604, del agua de la fuente para su casa a 11 junio 1619. Tenía otras fincas y censos.

Nacimiento y estudios

Nació Feliciano en la Ciudad de los Reyes,[1]en 1580; estudió en los colegios del Real de San Martín y del Real de San Felipe. En datos autobiográficos, expuestos en el Razonamiento a la oposición de la cátedra de Prima de Leyes («Relectio Legis») en 1605, expresó: “la continuidad que he tenido de estudiar en estas Escuelas bien notorio ha sido, y la puntualidad que tuve en tiempo de estudiante en cursar y oír las lecciones, no sólo las ordinarias sino todas las demás que pude y una de Teología Moral todos los días hasta graduarme en ambas Facultades de Cánones y Leyes”, pues para él no existían ni fiestas ni paseos.

“De diecinueve años entré en examen, el 3 de diciembre de 1599 para graduarme Licenciado en la Facultad de Cánones, y después de haber tenido dos famosos actos, el público y el secreto, salí aprobado «nemine discrepante» [sin ninguna excepción], por veintiún Doctores que me examinaron, y luego me gradué de Doctor.”

El arzobispo don Toribio de Mogrovejo en la relación del clero informó al Rey a 28 abril de ese año: “El Bachiller Feliciano de Vega, graduado en cánones, muy buen estudiante de menores órdenes, virtuoso y recogido, de buena vida y costumbres y bien nacido, hijo del Doctor Vega abogado de esta Real Audiencia.” Insólitamente es el único clérigo minorista que menciona.

Fray Diego de Ocaña, monje Jerónimo de visita en Lima en 1605, dice que los jóvenes criollos se distinguen por el gran ingenio que demuestran en los estudios universitarios y en las oposiciones; no menciona a ninguno pero, con seguridad, conoció u oyó hablar del joven Feliciano, clérigo y licenciado, y concursante a una cátedra y que publicó ese mismo año la exposición que hiciera.[2]

Cargos desempeñados

a-Canónigo

Feliciano de Vega, doctor en Cánones y Leyes, se presentó al concurso para la canonjía doctoral, leyendo la oposición, y salió nombrado por todos los votos en primer lugar. El 18 diciembre de 1602, el Consejo de Indias lo propuso en la relación de méritos para ocuparla; mas el mismo advierte:

“Aunque no hubo suerte para que Su Majestad me hiciese merced de presentarme, bien notorio fue haber sido la causa la poca edad que tuve para ser ordenado de sacerdote, por requerirse que lo fuese conforme a la erección de la misma Iglesia, como en particular habrán constatado la Relación que vino de España («de 21 años»), y el título de que vino proveído, en que Su Majestad dice le presenta por haber sido nombrado y constar que era sacerdote.”

Fray Juan Pérez Espinoza O.F.M., obispo de Santiago de Chile (1600-1622), con dimisorias del Cabildo limense sede vacante, ordenó a los clérigos Hernando de Ugarte y Feliciano de Vega de subdiáconos el 10 de marzo, de diáconos el 13 y de misa el 14 abril 1607. Años después, el arzobispo de Lima Arias Ugarte (1630-1638) ordenaría obispo para Popayán a De Vega.

Ingresó inmediatamente al Cabildo Metropolitano para ascender a la dignidad de chantre, el 19 de noviembre de 1630. En las sesiones capitulares intervino basado en sus conocimientos jurídicos y en función doctoral. En 1609, en la cuestión sobre la designación de otro, pues ya el Cabildo tenía por letrado al Dr. D. Leandro de Reinaba, y para la más rápida expedición de sus negocios, dispuso que fueran dos, nombrando al efecto, por mayoría de votos al Dr. Carrasco.

Vega fundó su voto en contra en los siguientes términos: por los motivos que tengo no hay ahora en esta iglesia negocios, sino sólo uno que es sobre cobranzas de los bienes del Arzobispo difunto y que está concluso en vista a la Real Audiencia y tiene por abogado al Dr. Leandro, a quien se le pagan 200 pesos cada un año. Y asimismo se le pagan otros tantos al canónigo Lic. Cristóbal de Renedo por su solicitud, y aún cuando hubiese más negocios era suficiente la persona del dicho D. Leandro. “Agregó que era, además, en perjuicio de la Fábrica que estaba alcanzada y que de otra parte, para los negocios de importancia que se ofreciesen, allí estaba él Doctoral D. Gaspar Sánchez de San Juan, que debía acudir a ellos.”

A 4 de abril consideraba respecto a que el obispo de Chuquiago (antiguo nombre de la ciudad de La Paz), fray Domingo de Valderrama Centeno, O.P., antiguo arzobispo de Santo Domingo (1606-1608), había ordenado religiosos sin conocimiento del Cabildo, sede vacante, que los breves apostólicos que lo autorizaban, no fueron presentados oportunamente.

También el Cabildo, reconociendo sus dotes le encomienda comisiones, como hablar con el Virrey a 13 mayo de 1608. A 28 de octubre de 1611, intervino por acuerdo del Cabildo en la transacción con doña Grimanesa Mogrovejo [hermana del arzobispo Toribio de Mogrovejo] acerca de los bienes dejados por el difunto arzobispo.

Junto con González de Paz y Corne –por encargo del Cabildo– redactó las nuevas constituciones del Seminario en 1609 al hacer la visita canónica. Estuvo interesado en el culto de la Catedral, interviniendo en los nombramientos de la capilla de música, del cornetista Diego de Paz por encargo del Arzobispo (11.12.612); se le diese al corneta Diego Núñez el salario de 250 patacones (1.04.614); que se conformará con lo que votase la mayor parte “sobre admisión de un músico de sacabuche”[3](10.06.624); se le dio como chantre el aguinaldo para repartirlo entre los músicos, a petición del Maestro de Capilla, ascendiente a 112 y 1/2 pesos junto con lo que diese el Sr. Arzobispo (26.12.630).

Se preocupó del culto en la Catedral dotando 20 pesos para la fiesta de San Feliciano (6.6.614), y a 9 de junio de 1634 instituyó la fiesta votiva de su santo patrono en la capilla de Ntra. Sra. de los Naranjos. El 10 de Noviembre de 1625 participó en el Cabildo que acordó celebrar solemnemente la fiesta de la Inmaculada Concepción con canto de música y órgano.

En el claustro universitario de 13 de agosto de 1627 propuso aplicar al culto de la imagen de Ntra. Sra. de la Antigua –ante la cual se realizaban los grados universitarios– parte de las propinas que les correspondían a los doctores y maestros en los grados mayores. Lo que fue acordado y proclamada «Patrona y Amparo de la Real Universidad».

Por el hecho de dictar lecciones al mismo tiempo que debía participar en el rezo de las horas canónicas en la catedral, y fuera dispensado de la asistencia a estas, los otros capitulares objetaron, y a 1° de febrero de 1622 le suprimió el goce del tercio por dictar clase universitaria que lo beneficiaba. A 10 de mayo se denegó su apelación y el 28 de junio los capitulares se repartieron el tercio que le correspondía. Además, el 6 de mayo decidieron que el canónigo Vega no cobrase las fallas de otro cuando está ausente por la cátedra.

En respuesta publicó la «Alegación de los Catedráticos de Teología y Cánones en la Universidad sobre que siendo prebendados deben ganar la renta decimal de sus prebendas en las horas de coro que empleen en la enseñanza» el mismo año de 1623. A 16 diciembre se concedió por gracia la disputa que el juez apostólico de Huamanga declaró en favor del doctor Vega. Debe advertirse que este conflicto se suscitó cuando Vega dejó de ser provisor a la muerte del arzobispo Lobo Guerrero (1609-1622). El fiscal Solórzano le dio razón.

Cuando el deán y Cabildo pidieron que devolviera la renta de chantre porque no debía gozarla desde el día que el papa lo preconizara obispo de Popayán, el arzobispo Arias de Ugarte (1630-1638) expresó que debía elevarse la demanda a la Santa Sede por ser obispo, y que si lo requería el asunto, con su propia renta satisfaría lo que su provisor había llevado de la chantría por los servicios que había prestado. Con esto terminó el asunto.[4]

b- Provisor y vicario general

El arzobispo don Bartolomé de Lobo Guerrero nombró a don Feliciano de Vega para ejercer las funciones correspondientes en el gobierno, cargo que tuvo igualmente bajo Arias de Ugarte, además de gobernador sede vacante a la muerte de Gonzalo de Campo (1625-1626).

A 4 diciembre de 1609, intervino en la doctrina de los capítulos de los indios de la causa de San Damián y sus anexos contra el Dr. Francisco de Ávila, absolviéndole. Dispuso que el alguacil de la Audiencia Arzobispal pusiera a buen recaudo al Pbro. Bernardo de Betanzos, por ausentarse de su doctrina de San Lorenzo de Marca, a 17 de octubre de 1616.

En la consagración del obispo de Quito –Arias de Ugarte– asistió el provisor con mitra al lado del arzobispo. En el sínodo de 1613 le dio el prelado un lugar preferente, que fue objeto de reclamo del arcediano; pero el arzobispo lo rechazó denegándolo el juez apostólico de Huamanga y la Real Audiencia.

Entre el arzobispo Lobo Guerrero y el Cabildo existió un prolongado conflicto sobre nombramiento de jueces adjuntos de parte del Cabildo, según costumbre, pero el prelado lo rechazó. Las sinodales de Lobo Guerrero de 1613 son un método acabado de su género y revelan el cuidado y la inteligencia con que se redactaron, debido a la preparación jurídica del prelado y de su provisor. Este, elevado a la silla de La Paz, se inspiró en ellas para su sínodo de 1638.

En la traslación de los restos de [la futura Santa] Rosa de Santa María el 18 de marzo de 1618, de la cripta al claustro de Santo Domingo, estuvo el arzobispo acompañado de su provisor, y los depositaron en el templo del Rosario.

A 10 de abril de 1618, el arzobispo recomendó vivamente a De Vega. El Cabildo secular, al mismo tiempo que solicitaba el capelo cardenalicio para Lobo Guerrero, a 27 de marzo recomendaba al doctor De Vega para que obtuviera mercedes debido a sus méritos.

Por auto de 15 de junio de 1620, el provisor don Feliciano de Vega mandó despachar que correspondía en el orden y precedencia que debían guardar entre sí las diversas cofradías de la ciudad y suburbios, el primer lugar entre las cofradías marianas, a la de la Pura y Limpia Concepción de la Catedral y sólo podría precederla la del Smo. Sacramento.

El arzobispo murió el 12 de enero de 1622, y el mismo día el Cabildo reunido apresuradamente, decidió ante todo interrumpir las funciones de provisor y de vicario general de don Feliciano de Vega; unos días más tarde el Cabildo redujo el monto de su prebenda de un tercio, con efecto retroactivo.

A 16 de mayo de 1623 decidió tomar residencia al canónigo De Vega por los trece años que fuera provisor del arzobispo difunto. A solicitud del mismo interesado, el rey ordenó a 10 de julio de 1623 que se le tomase la residencia, y a 29 de octubre de 1624 De Vega insistió que se le tomase residencia, que se cometió al tesorero Fernando de Guzmán. El mismo De Vega publicó en Lima una «Resolución» sobre el asunto, el 20 mayo de 1622, en 4 folios.

A 19 de enero de 1625 se dictó la sentencia que lo exoneraba de todo cargo y se elogiaba su comportamiento, pues meses antes –a 5 de septiembre de 1624– el deán propuso que “le parecía apropiado que fuera don Feliciano de Vega a recibir al nuevo arzobispo Ocampo, que también fue de la aprobación de los demás”, y se le dieron mil pesos de ayuda de costas. Además el 24 del mismo mes y año se le nombró para ir a España y Roma a los muchos y graves negocios de la Iglesia. El Cabildo de Trujillo decidió que también fuera su procurador.

En el pleito de preminencias entre el seminario de San Antonio Abad del Cuzco y el colegio de San Bernardo de la Compañía de Jesús, la Real Audiencia –a 13 de enero de 1622– gobernando en ausencia del virrey, dispuso que le correspondía al seminario. El Virrey Marqués de Guadalcázar (1622-1629), ante el reclamo jesuita, consultó a don Feliciano y revocó la decisión anterior.

El obispo de Arequipa, Pedro de Perea Díaz O.S.A. (1617 – 1631), remitió en 1627 al juez metropolitano De Vega 17 expedientes de recusación interpuestos por los canónigos contra él. A 6 de febrero instó nuevamente que se le admitiera la renuncia, y propuso para coadjutor de la sede al canónigo De Vega, el cual tendría renta bastante con la mitad que a él le correspondía, pues la cuarta episcopal ascendía a 8,500 pesos, y con la cuarta de los curas a 16 mil.

Después de la muerte de Ocampo, fue nombrado gobernador de la Arquidiócesis por el Cabildo. No llegó a realizar el propuesto viaje a España. En 1627 fue designado comisario apostólico del Tribunal de la Santa Cruzada, y fue solicitado también como juez ordinario y consultor de la Inquisición a pedido del metropolitano y sufragáneos.

En la solicitud al Virrey, de 24 octubre 1631, para la publicación de sus relecciones canónicas, hace un recuento de sus actividades. De esta manera se convierte en la continuación de su autobiografía contenida en el razonamiento de 1605, a la que deben añadirse los datos en el testimonio sobre el arzobispo Mogrovejo, y en la institución de la cátedra de Teología Moral en 1632 y 1635 respectivamente.

“...donde soy graduado en entrambos derechos, y en que desde edad de diez y ocho años comencé a leer esta facultad, recibiendo el grado de doctor luego que cumplí los diez y nueve. Y aunque he tenido tantas ocupaciones públicas que pudieran excusarme de ello, cuáles han sido demás de la residencia de mi dignidad en el coro de esta santa Iglesia, el estar gobernado este Arzobispado en ausencia del Iltmo. Señor Arzobispo don Femando Arias de Ugarte, que le está visitando, al cabo de veinte y dos años que comencé a usar el oficio de provisor y ordinario en el santo Oficio de la Inquisición, sobre otros muchos que también le he gobernado, así en vida del Iltmo. Señor Arzobispo don Bartolomé de Lobo Guerrero, de buena memoria, como en la vacante pasada, y sobre la ocupación que juntamente tuve en tiempo que fui subdelegado general de la Santa Cruzada en este reino, sin los demás cuidados que a la vista de V. Excel. y de los demás señores Virreyes, sus antecesores, han estado a mi cargo, en lo que se han querido servir de mi persona y estudios, para todos los despachos del gobierno secular que se han remitido: y con todo no he faltado a la obligación de maestro, como si eso solo fuese mí oficio.

Con que ha concurrido el especial amor y voluntad que tengo a la dicha Real Universidad así por haber sido uno de sus primeros fundados el Doctor Francisco de Vega mi señor y Padre (que sea en gloria) como por haber estudiado en ella y graduándome en la facultad de cánones y leyes he sido Rector cuatro veces y catedrático en ambas facultades hasta obtener la jubilación en la cátedra de Prima de Cánones..”.

Asimismo resalta las virtudes del arzobispo Mogrovejo porque “desde más de cuarenta años a esta parte, conocí, traté y comuniqué al ilustrísimo señor don Toribio Alfonso Mogrovejo, [...] hasta que salió a la visita de este Arzobispado, y murió el año de 1606[...] Y de todo esto tengo muy particular noticia no sólo por la comunicación, que tuve con el dicho señor Arzobispo, y por los autos y papeles, que han pasado por mis manos, de más de veinte y tres años a esta parte, que he comenzado a ejercer el oficio de provisor, y vicario general en este Arzobispado.”[5]

c- Maestro universitario

“Desde el año 1598, aún antes que fuera licenciado empecé a leer en esta Universidad una lección de ostentación de la Facultad de Cánones todos los días con muy gran concurso y gusto de los oyentes, y después continué la lección en sustituir en diferentes veces la Cátedra de Prima do Cánones y esta misma de Prima de Cánones do Leyes, y la de Vísperas de Leyes, fui proveído en ella por nombramiento del Excmo. Virrey don Luis de Velasco (1596-1604). Y desde entonces hasta ahora he ido leyendo con tan gran cuidado, y diligencia, cuanta se habrá visto por la continuación do las lecciones, y por los muchos actos públicos que he tenido, haciendo siempre demostración de mucho estudio y trabajo, y de muy gran curiosidad.

Señala su dedicación al estudio: “Y el que tuve cuando era «pasante», en que no hubo día en que no estudiase de doce y trece horas para arriba, pasando por las mañanas por Bártulo las materias más graves del Digesto Viejo, y del Esforzado y por las tardes del Código por Baldo, y a las noches las Decretales por Abad juntamente con los títulos concordantes del Sexto, Clementinas y Extravagantes, y de las Leyes de Partidas, y los demás libros modernos, que por entonces me era posible, todo con el fin de poder con crecidas ventajas servir a esta Universidad en la ocupación que pretendo.”

d-Abogado

Antes de 1605 se recibió de abogado, como declara en su autobiografía: “la buena cuenta que he dado en las ocupaciones que he tenido en la Real Audiencia, y fuera de ella en los negocios que se me han encomendado, abogado de ella, bien notoria es, pues por la Misericordia de Dios he adquirido el crédito y opinión que a todos consta, y hasta haber merecido, que Vuestra Merced, entre tan graves letrados como hay en este insigne claustro, me haya elegido por su abogado, como también lo han hecho las más de las iglesias, y comunidades de este Reino, teniendo siempre muy gran satisfacción de mi persona, como así mismo ha tenido la Justicia, y Regimiento de esta ciudad en haberme reelegido cuatro años continuos por su Asesor, para el desarrollo de sus causas.”

El 11 de julio de 1619, el Cabildo de los Reyes acordó pagarle los sueldos que se le debían por el tiempo que fue asesor y abogado de esta ciudad.

e-Catedrático

El 14 de septiembre de 1605 al concurso de la Cátedra de Prima de Leyes se presentó el Dr. De Vega e imprimió su lección intitulada «Relectio Legis» sobre la adquisición de la herencia, y al final –según las costumbres– sostuvo en su tesis, en romance, por qué debía ser elegido él y no sus opositores:

“…sin que me obste el ser tan conocido en todo este Reino y en esta insigne Universidad y por haber nacido en esta Ciudad tengo también considerable derecho porque las leyes divinas y humanas dan preeminencia y prerrogativas para ser ascendido a Cátedra o beneficio al natural del lugar, donde se ha de hacer la promoción por la gran utilidad que de ello se sigue cuando viendo los naturales los premios a los ojos se animan a seguir las letras y la virtud. Por ser yo mozo tengo más fuerzas para continuar el trabajo, tan continuo de mis estudios, y facilidad para enseñar, y ser maestro, como he visto ya por experiencia en siete años que ha que leo en esta insigne Universidad las Cátedras que he referido.”

Parece tener soberbia y vanidad, pero explica inmediatamente: “en compañía ha traído las letras y estudio, la honestidad y virtud que siempre con el favor de Nuestro Señor he procurado adelantarme, dando buen ejemplo de mi vida y costumbres, que es lo que se debe atender en las provisiones de las Cátedras más principalmente según lo dicen el Emperador Justiniano, etc. y lo notó Valeriano Máximo en el libro 3 de su Historia, etc. y lo refiere Lucas de Pena en la Rúbrica C. delegación lib. 10, y Cornelio Tácito en el libro tercero de su Historia.”

A pesar del éxito de la oposición del doctor De Vega, el claustro formado por los discípulos del doctor León de Garabito, ungió con su voto a éste, pero los estudiantes y doctores reclamaron a don Feliciano la publicación de su lección. Ejerció el Rectorado de la Universidad cuatro veces en los años 1610, 1616, 1621 y 1622.

Al quedar vacante la Cátedra de Prima de Cánones, el Rector don Leandro de la Rinaga Salazar, en el año de 1620, reunió al Claustro al que concurrieron 52 maestros y doctores. Don Leandro enumeró las cualidades del doctor Feliciano de Vega y los inconvenientes de la votación en oposición tratándose de una persona de tan relevantes e indiscutibles merecimientos, comprobados en la Cátedra de Vísperas de Leyes, y propuso que se le otorgara la Cátedra. El Claustro abierto y por votos públicos se la concedió.

El fiscal de la Real Audiencia Henríquez contradijo la elección por ser contraria a los estatutos y normas regias, “aunque la persona del doctor Feliciano de Vega era tal y de tan buenas partes, no podíamos abreviar la gracia y dones de ciencia y sabiduría del Espíritu Santo y de que se hallase otra tal y superior en el claustro y fuera de él.”

El fiscal manifestó además al rey que “al salir de este claustro (no sé si por adulación o porque la verdad estaba tan clara dando voces al secreto y oído de la conciencia) muchos de los que votaron en contrario me dieron gracias por la contradicción diciendo que ellos no pudieron hacer, menos unos encogiendo los hombros y otros declarándose que por el doctor Vega, Provisor, tan favorecido del Arzobispo y cuñado de Martín Alcedo camarero del Virrey, por cuya mano corrían sus pretensiones que no podían hacer menos mayormente votándose en público, pues de las dos cabezas pendían los eclesiásticos y seglares y viven de su mano en honras, oficios y beneficios y con todo si se votara en secreto estuviera dudosa la elección.”

Agrega el doctor Henríquez: “hánme afirmado que demás de concurrir en el doctor Feliciano de Vega el oficio de Provisor por razón de la Cátedra está dispensado con las horas. Remítome a las razones que el Cabildo tendrá.” Brotaban las animosidades latentes que aparecerán a la muerte del arzobispo, pero que no pudieron valer frente a las cualidades.

En cambio, fray Buenaventura de Salinas –que lo conoció por trabajar en la secretaría del virrey, antes de tomar el hábito– lo alababa por ser asesor del virrey en los asuntos graves. Ejerció la cátedra hasta que fue jubilado en 1627 con todas las prerrogativas y privilegios de los doctores jubilados, hecho que fue confirmado por Real Cédula el 1° de abril de 1633, como él mismo afirma en testimonio público en 1635. Pero su amor a la enseñanza era desinteresado y siguió desempeñando la cátedra, como él mismo dice en un recurso al virrey: “con todo no he faltado a la obligación de maestro como si eso sólo fuese mi oficio”, demostrando así su preferencia al apostolado de la enseñanza.[6]


NOTAS

  1. «Los Reyes» era como normalmente se llamaba a la ciudad de Lima, capital del Virreinato del Perú.
  2. Emilio Lisson, La Iglesia de España en el Perú IV (Sevilla: Editorial Católica Española, 1943), 274. Bertram Lee y Juan Bromley, Cabildos De Lima (Lima: Torres Aguirre/Sanmartí, 1935), XVI 456-7, XIX 918-9. Diego Ocaña, A través de la América del Sur (Madrid: Historia 16, 1988).
  3. El sacabuche es un instrumento de viento del período renacentista y barroco, antepasado del moderno trombón de varas.
  4. Carlos García Irigoyen, Santo Toribio (Lima: San Pedro,1906), 307-8n.I. “Anales De La Catedral De Lima” (Lima: Privately printed, 1958), 158-61. Bermúdez, José Manuel, 1827. Anales de la Catedral de Lima 1534-1824. Lima: Imprenta del Estado, 1903. José Manuel Bermúdez, Anales de la Catedral de Lima 1534-1824 (Lima: Imprenta del Estado, 1903), 20-1, 29, 31 y 43. Vicente Rodríguez Valencia, Santo Toribio de Mogrovejo, organizador y apóstol de Sur América II (Madrid: CSIC, 1956), 319. Andrés Sas Orchassal, La música en la Catedral de Lima durante el Virreinato II (Lima: Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 1972) 319, 278, 168 y 453. Domingo Angulo, La Metropolitana de la Ciudad de Los Reyes. 1535-1825 (Lima: Gil, 1935), 62.
  5. Pierre Duviols, La lutte contre les religions autochtones dans le Pérou Colonial. «L’extirpation del idiolatrie» entre 1532 et 1660 (Lima-París: Éd. Ophrys, 1971), 150 n. Rubén Vargas Ugarte, Manuscritos peruanos, II (Buenos Aires: s.e., 1948), 252. Rubén Vargas Ugarte, Historia de la Iglesia en el Perú, II (Burgos: Imprenta de Aldecoa, 1959), 174, 176; impresos I 100-1, II 14. Rubén Vargas Ugarte, Historia de la Compañía de Jesús en el Perú, I. Burgos: Imprenta de Aldecoa, 1963), 323. José Manuel Bermúdez, Anales de la Catedral de Lima 1534-1824 (Lima: Imprenta del Estado, 1903), 26-30, 43 y 48. Emilio Lisson, La Iglesia de España en el Perú (Sevilla: Editorial Católica Española, 1943), V 166, IV 602. Catálogo No. 1268,1627. Domingo Angulo, Santa Rosa de Lima. Estudio bibliográfico (Lima: Sanmarti, 1917), 5-9. Domingo Angulo, La Metropolitana de la Ciudad de Los Reyes. 1535-1825 (Lima: Gil, 1935), 51 No. 109. Bertram Lee y Juan Bromley, Cabildos De Lima (Lima: Torres Aguirre/Sanmartí, 1935), XVIII 436-7. Centro de Estudios de Historia Eclesiástica del Perú, Monografía de la Diócesis de Trujillo III (Trujillo: Imprenta Diocesana, 1930), 27.
  6. Bertram Lee y Juan Bromley, Cabildos De Lima (Lima: Torres Aguirre/Sanmartí, 1935) XIX 918-9. Buenaventura Salinas y Córdova, Memorial de las historias del Nuevo Mundo: Piru (Lima: Universidad Nacional Mayor de San Marcos), 170, 174 y 176.

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JOSÉ DAMMERT BELLIDO

Obispo emérito de Cajamarca

©Revista Peruana de Historia Eclesiástica, 4 (1995) 21-53