Diferencia entre revisiones de «UNIVERSIDADES DE LAS ÓRDENES RELIGIOSAS»
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En América Hispana, durante los tres siglos previos a la emancipación política, una veintena de centros superiores se fundaron por la actividad docente de las órdenes religiosas. A la amplitud de la materia se añade la dificultad de la localización de los archivos, pues las órdenes religiosas padecieron, en el siglo XIX, tanto en las nuevas repúblicas de América como en España, diversas vicisitudes que afectaron gravemente a su régimen e, incluso, a su existencia: política anticlerical, desamortización y supresión de conventos, exclaustración de sus moradores e incautación de sus bienes, que pasaron a manos del Estado o de particulares. Igual suerte tocó a las mismas ins-tituciones que dirigían. | En América Hispana, durante los tres siglos previos a la emancipación política, una veintena de centros superiores se fundaron por la actividad docente de las órdenes religiosas. A la amplitud de la materia se añade la dificultad de la localización de los archivos, pues las órdenes religiosas padecieron, en el siglo XIX, tanto en las nuevas repúblicas de América como en España, diversas vicisitudes que afectaron gravemente a su régimen e, incluso, a su existencia: política anticlerical, desamortización y supresión de conventos, exclaustración de sus moradores e incautación de sus bienes, que pasaron a manos del Estado o de particulares. Igual suerte tocó a las mismas ins-tituciones que dirigían. | ||
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Junto a esta política, otros agentes, como las guerras, la incuria, los accidentes fortuitos o provocados, las condi-ciones climatológicas, la venta de los archivos procedentes de los conventos suprimidos, la destrucción o la substracción de documentos por parte de personas ignorantes o desaprensivas, etc. han contribuido a la desaparición o a la dispersión de los archivos de las órdenes religiosas y de sus instituciones. Es difícil, pues, encontrar reunidos los documentos jurídicos, académicos y económicos que constituyeron los archivos de las universidades desaparecidas, sobre todo aquellos generados por la propia actividad académica o la administración de sus fuentes de ingresos, como libros de claustros, de matrículas, de pruebas de curso y traslados de matrícula, de doctores y maestros, de actos e incorporaciones, de multas, de rentas e ingresos, etc. | Junto a esta política, otros agentes, como las guerras, la incuria, los accidentes fortuitos o provocados, las condi-ciones climatológicas, la venta de los archivos procedentes de los conventos suprimidos, la destrucción o la substracción de documentos por parte de personas ignorantes o desaprensivas, etc. han contribuido a la desaparición o a la dispersión de los archivos de las órdenes religiosas y de sus instituciones. Es difícil, pues, encontrar reunidos los documentos jurídicos, académicos y económicos que constituyeron los archivos de las universidades desaparecidas, sobre todo aquellos generados por la propia actividad académica o la administración de sus fuentes de ingresos, como libros de claustros, de matrículas, de pruebas de curso y traslados de matrícula, de doctores y maestros, de actos e incorporaciones, de multas, de rentas e ingresos, etc. | ||
− | El caso de la Compañía de Jesús es singular. Al momento de su expulsión decretada por Carlos III, en 1767, contaba con unas diez Universidades en América y una en Filipinas. Según las disposiciones reales, una parte de la documentación de sus colegios y universidades, o su copia, se envió a Madrid, donde se creó para su custodia el llamado «Archivo de Temporalidades», sito en el Colegio Imperial, que cambió su nombre en el de Estudios Reales de San Isidro. Parte quedó en el propio distrito virreinal o audiencial. | + | El caso de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]] es singular. Al momento de su expulsión decretada por Carlos III, en 1767, contaba con unas diez Universidades en América y una en Filipinas. Según las disposiciones reales, una parte de la documentación de sus colegios y universidades, o su copia, se envió a Madrid, donde se creó para su custodia el llamado «Archivo de Temporalidades», sito en el Colegio Imperial, que cambió su nombre en el de Estudios Reales de San Isidro. Parte quedó en el propio distrito virreinal o audiencial. |
==Universidades públicas y particulares== | ==Universidades públicas y particulares== | ||
− | En la ley 2, del título XXII, libro 1 de las | + | En la ley 2, del título XXII, libro 1 de las «[[LEYES_DE_INDIAS;_Resumen_del_compendio | Leyes de Indias]]», se aborda expresamente a estas universidades dirigidas por las órdenes religiosas, a las que denomina «particulares» como distintas de las universidades «generales» o «públicas», son las Reales y Pontificias Universidades de Lima y México. Ambas fueron erigidas, en 1551, la primera, por real provisión de Carlos I y de la reina doña Juana, firmada en sus nombres por la reina de Bohemia,<ref>María de Austria, hija mayor Carlos I y de Isabel de Portugal, era gobernadora de España, en su ausencia y en la del Príncipe Felipe. Era reina de Bohemia por su [[MATRIMONIO_EN_CHILE | matrimonio]] con su primo hermano, reina de Bohemia por su [[MATRIMONIO_EN_CHILE | matrimonio]] con Maximiliano, hijo de Fernando, Rey de Romanos.</ref>de 12 de mayo; la segunda, por real provisión del Príncipe Felipe, en nombre de su padre, de 21 de septiembre, que firma la Princesa. |
− | Al año siguiente, el emperador firmaba en Monzón (Aragón), una real provisión para la creación de la Universidad de La Plata, o Charcas, (actual Sucre en Bolivia), que no entró en funciones por entonces. Posteriormente haría sus veces la erigida en el colegio de San Francisco Javier de la Compañía de Jesús. Felipe II, por real cédula de 23 de febrero 1558, firmada, en su nombre, por la Princesa Juana, dio cuerpo jurídico al Estudio y Universidad de Santiago de la Paz y de Gorjón (del nombre de su fundador Hernando de Gorjón) en la ciudad de Santo Domingo de la Isla Española, solicitada desde 1529 al emperador, que mostró empeño en que se realizase (Real Cédula 19 diciembre 1550). | + | Al año siguiente, el emperador firmaba en Monzón (Aragón), una real provisión para la creación de la Universidad de La Plata, o Charcas, (actual Sucre en [[BOLIVIA;_Afrodescendientes | Bolivia]]), que no entró en funciones por entonces. Posteriormente haría sus veces la erigida en el colegio de San Francisco Javier de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]]. Felipe II, por real cédula de 23 de febrero 1558, firmada, en su nombre, por la Princesa Juana, dio cuerpo jurídico al Estudio y Universidad de Santiago de la Paz y de Gorjón (del nombre de su fundador Hernando de Gorjón) en la ciudad de Santo Domingo de la Isla Española, solicitada desde 1529 al emperador, que mostró empeño en que se realizase (Real Cédula 19 diciembre 1550). |
− | En 1747, tras varias vicisitudes y pleitos, Fernando VI otorgaba al colegio de la Compañía de Jesús, al que Felipe V había incorporado, en perpetuidad, el colegio-seminario de Gorjón (RC 24 julio 1745), el título de Universidad Real (RC 26 de mayo) y, al año siguiente, Benedicto XIV confirmaba la erección real y, a su vez, erigía e instituía el colegio de la Compañía en «Pública Universidad de Estudios Generales» con todas las facultades mayores y menores, incluidas las de Derecho civil y Medicina para los laicos (Breve «In supereminenti» del 14 de septiembre 1748). | + | En 1747, tras varias vicisitudes y pleitos, Fernando VI otorgaba al colegio de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]], al que Felipe V había incorporado, en perpetuidad, el colegio-seminario de Gorjón (RC 24 julio 1745), el título de Universidad Real (RC 26 de mayo) y, al año siguiente, Benedicto XIV confirmaba la erección real y, a su vez, erigía e instituía el colegio de la Compañía en «Pública Universidad de Estudios Generales» con todas las facultades mayores y menores, incluidas las de Derecho civil y Medicina para los laicos (Breve «In supereminenti» del 14 de septiembre 1748).<ref>Felipe V había aprobado, en 1701, la fundación del colegio San Francisco Javier de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]], en Santo Domingo de la Isla Española, y le había incorporado interinamente el colegio-seminario de Gorjón, con todos los derechos y obligaciones (RR.CC de 26 de septiembre 1701 y 10 de abril 1704). José Luis SAEZ "Universidad Real y Pontificia Santiago de la Paz y de Gorjón en la Isla Española (1747-1767)" en ''la pedagogía jesuítica en Venezuela.'' San Cristóbal (Universidad Católica del Táchira) 1991, 175-224; 188-200.</ref> |
− | Otras universidades públicas se fundan a lo largo de los siglos XVII a XIX. En 1676, Carlos II erige las universidades públicas de San Carlos Borromeo en el colegio de Santo Tomás de Guatemala (RC de 31 enero 1676 y breve de Inocencio XI «Ex suprema militantes ecclesiae», de 18 de junio 1687) y de San Cristóbal de Huamanga (RC 31 diciembre 1680 y breve del mismo pontífice, «In supremo», de 20 de diciembre 1682). Felipe V crea la de Santiago de León de Caracas, en 1721, en el seminario conciliar de Santa Rosa de Lima (RC 22 de diciembre 1721 y breve de Inocencio XIII «Inscrutabili divina Sapientae» de 18 de diciembre 1722) y la de San Felipe de Santiago de Chile, en 1738 (RC de 28 septiembre). | + | Otras universidades públicas se fundan a lo largo de los siglos XVII a XIX. En 1676, Carlos II erige las universidades públicas de San Carlos Borromeo en el colegio de Santo Tomás de [[GUATEMALA;_Afrodescendientes | Guatemala]] (RC de 31 enero 1676 y breve de Inocencio XI «Ex suprema militantes ecclesiae», de 18 de junio 1687) y de San Cristóbal de Huamanga (RC 31 diciembre 1680 y breve del mismo pontífice, «In supremo», de 20 de diciembre 1682). Felipe V crea la de Santiago de León de Caracas, en 1721, en el seminario conciliar de Santa Rosa de Lima (RC 22 de diciembre 1721 y breve de Inocencio XIII «Inscrutabili divina Sapientae» de 18 de diciembre 1722) y la de San Felipe de Santiago de Chile, en 1738 (RC de 28 septiembre). |
− | Durante el reinado de Carlos III, con la expulsión de la Compañía de Jesús de todos sus dominios de España y de América (1767), se extinguen casi todos los centros de enseñanza dirigidos por esta Orden religiosa, las menos continúan en otras manos bajo régimen diverso. Por su parte, este monarca ilustrado no funda en sus dominios americanos una sola universidad pública. | + | Durante el reinado de Carlos III, con la expulsión de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]] de todos sus dominios de España y de América (1767), se extinguen casi todos los centros de enseñanza dirigidos por esta Orden religiosa, las menos continúan en otras manos bajo régimen diverso. Por su parte, este monarca ilustrado no funda en sus dominios americanos una sola universidad pública. |
Su hijo Carlos IV erige tres: la de Guadalajara en Nueva España, en 1791 (RC de 18 de noviembre) y las de Mérida de Maracaibo y León de Nicaragua en 1806 (RC de 18 de junio y Real Decreto de 18 de agosto respectivamente), pero esta última no se constituyó hasta 1812, por decreto de 10 enero emanado de las Cortes de Cádiz, a las que asistían 30 diputados americanos. Entretanto, se habían ido erigiendo, con aprobación real y pontificia, unas 20 universidades particulares. | Su hijo Carlos IV erige tres: la de Guadalajara en Nueva España, en 1791 (RC de 18 de noviembre) y las de Mérida de Maracaibo y León de Nicaragua en 1806 (RC de 18 de junio y Real Decreto de 18 de agosto respectivamente), pero esta última no se constituyó hasta 1812, por decreto de 10 enero emanado de las Cortes de Cádiz, a las que asistían 30 diputados americanos. Entretanto, se habían ido erigiendo, con aprobación real y pontificia, unas 20 universidades particulares. | ||
− | La Recopilación de las Leyes de las Indias trata de las universidades públicas en la ley I del título XXII, libro I. Prácticamente todo este título XXIII “De las Vniversidades y Estudios generales y particulares de las Indias”, menos la ley II, se refiere a estas universidades públicas. A nosotros nos interesa precisamente esta ley II que se ocupa de las particulares reconocidas como tales en virtud de las reales cédulas de Felipe IV sobre el asunto. Dice textualmente: | + | La Recopilación de las Leyes de las Indias trata de las universidades públicas en la ley I del título XXII, libro I. Prácticamente todo este título XXIII ''“De las Vniversidades y Estudios generales y particulares de las Indias”'', menos la ley II, se refiere a estas universidades públicas. A nosotros nos interesa precisamente esta ley II que se ocupa de las particulares reconocidas como tales en virtud de las reales cédulas de Felipe IV sobre el asunto. Dice textualmente: |
− | “Ley ii.- Que las Vniversidades particulares se guarde lo dispuesto para cada vna. | + | ''“Ley ii.- Que las Vniversidades particulares se guarde lo dispuesto para cada vna.'' |
− | En las ciudades de Santo Domingo de la Isla Española, Santa Fé del Nuevo Reyno de Granada, Santiago de Guatemala, Santiago de Chile y Manila de las Islas Filipinas, está permitido que haya Estudios y Vniversidades, y se ganen cursos y den grados en ellas por el tiempo que ha parecido conveniente, para lo qual hemos impetrado de la S. Sede Apostólica Breves y Bulas, y le hemos concedido algunos privilegios y preeminencias. Mandamos, que lo dispuesto para dichos Estudios y Vniversidades se guarde, cumpla y execute, sin exceder en ninguna forma, y las que fueren por tiempo limitado, acudan a nuestro Real Consejo de las Indias á pedir las prorogaciones [sic] donde se proveerá lo que fuere conveniente, no las teniendo, cesse y se acabe el ministerio de aquellos Estudios, que así es nuestra voluntad.” | + | ''En las ciudades de Santo Domingo de la Isla Española, Santa Fé del Nuevo Reyno de Granada, Santiago de [[GUATEMALA;_Afrodescendientes | Guatemala]], Santiago de Chile y Manila de las Islas Filipinas, está permitido que haya Estudios y Vniversidades, y se ganen cursos y den grados en ellas por el tiempo que ha parecido conveniente, para lo qual hemos impetrado de la S. Sede Apostólica Breves y Bulas, y le hemos concedido algunos privilegios y preeminencias. Mandamos, que lo dispuesto para dichos Estudios y Vniversidades se guarde, cumpla y execute, sin exceder en ninguna forma, y las que fueren por tiempo limitado, acudan a nuestro Real Consejo de las Indias á pedir las prorogaciones [sic] donde se proveerá lo que fuere conveniente, no las teniendo, cesse y se acabe el ministerio de aquellos Estudios, que así es nuestra voluntad.”'' |
Diversas interpretaciones se han dado para determinar lo «público» y lo «particular» aplicado por la ley a los distintos tipos de universidades. Simplificando se puede decir que lo «público» pertenecía plenamente a la administración de la Corona, mientras que lo «particular» dependía de la institución autónoma que la poseía o diri-gía, aunque ambos tipos de universidad se basen en documentos reales y pontificios y dependían, en diverso grado, de ambas potestades supremas y las particulares estaban abiertas también a todos los estudiantes que querían frecuentarlas. | Diversas interpretaciones se han dado para determinar lo «público» y lo «particular» aplicado por la ley a los distintos tipos de universidades. Simplificando se puede decir que lo «público» pertenecía plenamente a la administración de la Corona, mientras que lo «particular» dependía de la institución autónoma que la poseía o diri-gía, aunque ambos tipos de universidad se basen en documentos reales y pontificios y dependían, en diverso grado, de ambas potestades supremas y las particulares estaban abiertas también a todos los estudiantes que querían frecuentarlas. | ||
− | A las universidades particulares se les denominaba igualmente conventos-universidad, en el caso de que radicaba en un convento o colegios-universidad cuando estaba instituida en un colegio. Se prescinde aquí de las casas de estudios superiores de las órdenes religiosas y de las cátedras que las órdenes religiosas tuvieron en las universidades reales que eran normalmente la escotista, la tomista y la suareciana, o suarista, regidas respectiva y ordinariamente por franciscanos, dominicos y jesuitas. Aquí se refiere sólo de aquellas que tenían facultad de conferir grados. | + | A las universidades particulares se les denominaba igualmente conventos-universidad, en el caso de que radicaba en un convento o colegios-universidad cuando estaba instituida en un colegio. Se prescinde aquí de las casas de estudios superiores de las órdenes religiosas y de las cátedras que las órdenes religiosas tuvieron en las universidades reales que eran normalmente la escotista, la tomista y la suareciana, o suarista, regidas respectiva y ordinariamente por franciscanos, dominicos y [[EVANGELIZACIÓN_DE_AMÉRICA;_contribución_de_los_jesuitas | jesuitas]]. Aquí se refiere sólo de aquellas que tenían facultad de conferir grados. |
De las 30 universidades y centros superiores que funcionaron en Hispano América, con facultad pontificia y real de conferir grados académicos, unas dos terceras partes estaban dirigidas por las órdenes religiosas, como propios o por encargo de otras instancias. Fue la política de la Corona española fundar universidades en todas las cabeceras principales de los distritos de las audiencias que, al mismo tiempo, debían ser sedes episcopales. Para ello y mientras no se pudieran erigir las universidades públicas, los monarcas se sirvieron de los centros superiores de los religiosos para la educación en la fe católica y en otras ciencias de los individuos de ambas repúblicas, de españoles y naturales. | De las 30 universidades y centros superiores que funcionaron en Hispano América, con facultad pontificia y real de conferir grados académicos, unas dos terceras partes estaban dirigidas por las órdenes religiosas, como propios o por encargo de otras instancias. Fue la política de la Corona española fundar universidades en todas las cabeceras principales de los distritos de las audiencias que, al mismo tiempo, debían ser sedes episcopales. Para ello y mientras no se pudieran erigir las universidades públicas, los monarcas se sirvieron de los centros superiores de los religiosos para la educación en la fe católica y en otras ciencias de los individuos de ambas repúblicas, de españoles y naturales. | ||
− | Entre estos centros descollaban los de la Orden de Predicadores y los de la Compañía de Jesús, que gozaban de sendos privilegios pontificios para otorgar grados, y cuya confirmación y ampliación los mismos reyes solicitaban de los pontífices, como se expresa en la ley de Indias citada, concediéndoles, en ocasiones, el título de Real. Estas universidades particulares debían acomodarse, en sus constituciones, al modelo de las universidades públicas de los respectivos virreinatos donde estuvieran erigidas, Lima o México. | + | Entre estos centros descollaban los de la Orden de Predicadores y los de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]], que gozaban de sendos privilegios pontificios para otorgar grados, y cuya confirmación y ampliación los mismos reyes solicitaban de los pontífices, como se expresa en la ley de Indias citada, concediéndoles, en ocasiones, el título de Real. Estas universidades particulares debían acomodarse, en sus constituciones, al modelo de las universidades públicas de los respectivos virreinatos donde estuvieran erigidas, Lima o México. |
− | Universidades particulares | + | ==Universidades particulares== |
− | Se enumeran brevemente los centros superiores docentes de este tipo, a partir de la primera Universidad particular, o convento-universidad, de América, la de la Orden de Predicadores fundada en 1538, en su convento de Santo Domingo, de la Isla Española, por la bula de Paulo III «In apostolatus culmine» (28 octubre 1538). | + | |
+ | Se enumeran brevemente los centros superiores docentes de este tipo, a partir de la primera Universidad particular, o convento-universidad, de América, la de la Orden de Predicadores fundada en 1538, en su convento de Santo Domingo, de la Isla Española, por la [[BULA | bula]] de Paulo III «In apostolatus culmine» (28 octubre 1538).<ref>Respecto de la pretendida primacía, jurídica americana del estudio general del Imperial Convento de Santo Domingo de la Orden de Predicadores puede verse el estudio del profesor Dr. don Miguel MATICORENA ESTRADA ''San Marcos de Lima Universidad Decana en América. Una argumentación Histórico-Jurídica y el [[DERECHO_INDIANO;_La_búsqueda_de_la_justicia | Derecho Indiano]]'', Fondo Editorial Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima 12 de mayo de 2000.</ref>Seguimos las fechas aceptadas, como jurídicas, por Águeda María Rodríguez Cruz en su obra sobre las [[UNIVERSIDADES_HISPANOAMERICANAS | Universidades Hispanoamericanas]] durante el período hispánico, aunque, según los casos, deben matizarse en cuanto a la efectividad de erección. | ||
Los dominicos dirigieron la citada de Santo Domingo (1538), la Tomista de Santa Fe de Bogotá (Breve de Gregorio XIII –«Romanus Pontifex» 1580), Nuestra Señora del Rosario de Santiago de Chile (1619-1738), Santo Tomás de Quito (Breve «Breve Pastoralis officio», 1681 y RC de Carlos II, 20 junio 1683), San Jerónimo de la Habana (1721) y la de Asunción del Paraguay (1779). | Los dominicos dirigieron la citada de Santo Domingo (1538), la Tomista de Santa Fe de Bogotá (Breve de Gregorio XIII –«Romanus Pontifex» 1580), Nuestra Señora del Rosario de Santiago de Chile (1619-1738), Santo Tomás de Quito (Breve «Breve Pastoralis officio», 1681 y RC de Carlos II, 20 junio 1683), San Jerónimo de la Habana (1721) y la de Asunción del Paraguay (1779). | ||
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− | + | Los religiosos [[AGUSTINOS | Agustinos]] erigieron la universidad de San Fulgencio de Quito (Breve de Sixto V «Intelligentis officio» de l582) y San Nicolás de Santa Fe, en el Nuevo Reino (1694). La primera se clausuró en 1786 y la segunda lo había hecho en 1775. | |
− | + | La [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]] rigió la Academia Javeriana en esta misma ciudad de Santa Fe (1623), la Universidad de San Ignacio de [[CÓRDOBA_DE_LA_NUEVA_ANDALUCÍA | Córdoba]] de Tucumán (1623) San Francisco Xavier de la Plata (1624) San Miguel de Santiago de Chile (1623) San Gregorio Magno de Quito (1623), San Ignacio de Loyola de Cusco (1621), San Lucas de [[GUATEMALA;_Afrodescendientes | Guatemala]] (1621), San Francisco Xavier de Mérida de [[YUCATÁN_EN_EL_TIEMPO._Enciclopedia | Yucatán]] (1624), San José de Popayán (1744), San Francisco Javier de Panamá (1749) y San José de Concepción, en Chile (1749). La mayoría de estas universidades tenían adscritos colegios universitarios para externos, además del propio colegio de la Compañía. | |
− | Por otra parte, en 1621, por el breve «In supereminenti» (8 agosto) Gregorio XV concedía a la Compañía de Jesús el privilegio decenal de erigir Universidad, con título de Estudios generales, en los colegios que estuvieran a 200 millas de las Universidades reales, con facultad apostólica para el prelado diocesano de conferir los grados de licenciado, maestro y doctor, privilegios y facultades confirmados, sin limitaciones, por Urbano VIII en su breve «In supereminenti» de 29 marzo 1634. | + | ==Universidades de la Orden de Predicadores y de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]]== |
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+ | Dominicos y [[EVANGELIZACIÓN_DE_AMÉRICA;_contribución_de_los_jesuitas | jesuitas]] erigieron la mayor parte de sus universidades en virtud de privilegios generales concedidos por los pontífices a sus respectivas órdenes con el favor de la Corona. Así, los dominicos en virtud de los privilegios generales otorgados por Paulo V por el breve «Charissimi in Christo», de 11 de marzo 1619 y R.. C. de Felipe IV el 6 de noviembre 1624. | ||
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+ | Por otra parte, en 1621, por el breve «In supereminenti» (8 agosto) Gregorio XV concedía a la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]] el privilegio decenal de erigir Universidad, con título de Estudios generales, en los colegios que estuvieran a 200 millas de las Universidades reales, con facultad apostólica para el prelado diocesano de conferir los grados de licenciado, maestro y doctor, privilegios y facultades confirmados, sin limitaciones, por Urbano VIII en su breve «In supereminenti» de 29 marzo 1634. | ||
Felipe IV, por reales cédulas de 2 de febrero y 3 de marzo de 1622, mandaba a las autoridades indianas, seculares y eclesiásticas, ejecutar el breve de Gregorio XV Los breves pontificios facultaban a los obispos para la colación de los grados de bachiller, licenciado, maestro y doctor. Las constituciones debían acomodarse a las universidades públicas de Lima y México, de acuerdo con el propio distrito virreinal. | Felipe IV, por reales cédulas de 2 de febrero y 3 de marzo de 1622, mandaba a las autoridades indianas, seculares y eclesiásticas, ejecutar el breve de Gregorio XV Los breves pontificios facultaban a los obispos para la colación de los grados de bachiller, licenciado, maestro y doctor. Las constituciones debían acomodarse a las universidades públicas de Lima y México, de acuerdo con el propio distrito virreinal. | ||
− | Hay que recordar que las universidades de dominicos y jesuitas tenían, en cierto modo, por los mismos documentos fundacionales, carácter provisional -mientras no hubiese, dentro de las 200 millas, universidad pública al estilo de Lima y México- y con cláusulas limitativas en cuanto a los privilegios y preeminencias respecto de las universidades públicas. Por ello las universidades de dominicos y jesuitas de Guatemala y Santiago de Chile cesaron en su privilegio de colación de grados respectivamente en 1676 y 1733, con la fundación de San Carlos, erigida en el colegio guatemalteco de Santo Tomás por Real Cédula de Carlos II de 31 de enero 1676 y Breve de Inocencio XI «Ex suprema militantes ecclesiae» (18 junio 1687) y de San Felipe, creada por R.C de Felipe V de 28 julio 1738. | + | Hay que recordar que las universidades de dominicos y [[EVANGELIZACIÓN_DE_AMÉRICA;_contribución_de_los_jesuitas | jesuitas]] tenían, en cierto modo, por los mismos documentos fundacionales, carácter provisional -mientras no hubiese, dentro de las 200 millas, universidad pública al estilo de Lima y México- y con cláusulas limitativas en cuanto a los privilegios y preeminencias respecto de las universidades públicas. Por ello las universidades de dominicos y [[EVANGELIZACIÓN_DE_AMÉRICA;_contribución_de_los_jesuitas | jesuitas]] de [[GUATEMALA;_Afrodescendientes | Guatemala]] y Santiago de Chile cesaron en su privilegio de colación de grados respectivamente en 1676 y 1733, con la fundación de San Carlos, erigida en el colegio guatemalteco de Santo Tomás por Real Cédula de Carlos II de 31 de enero 1676 y Breve de Inocencio XI «Ex suprema militantes ecclesiae» (18 junio 1687) y de San Felipe, creada por R.C de Felipe V de 28 julio 1738. |
==NOTAS== | ==NOTAS== | ||
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+ | <references/> | ||
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+ | ==BIBLIOGRAFIA== | ||
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+ | * ''Actas de las VI Jornadas sobre la presencia universitaria española en América. Alcalá de Henares, 26 y 27 de noviembre de 1991.'' Revista de la Universidad de Alcalá. Estudios de Historia Social y Económica de América II (19%) 9-267. | ||
+ | * AJO GONZÁLEZ DE RAPARÍEGOS Y SÁINZ DE ZÚÑIGA C. M. ''Historia de las universidades hispánicas: origen y desarrollo desde su aparición hasta nuestros días'', Madrid (Centro de Estudios e Investigaciones "Alonso Madrigal", Ávila-CSIC) 1957-1979. | ||
+ | * ALONSO MARAÑÓN, Pedro Manuel. "Los estudios superiores en Santo Domingo durante el período colonial. Bibliografía crítica, metodológica y estado de la cuestión", 65-108. "Apéndice bibliográfico-cronológico", 102-108). | ||
+ | * ALONSO MARAÑÓN, Pedro Manuel. "El Colegio Mayor del Arzobispo Fonseca de Salamanca, pauta pedagógica del Colegio Mayor del Rosario de Santa Fe de Bogotá" en ''Los Dominicos y el Nuevo Mundo''. Actas del II Congreso Internacional. Salamanca, 28 de marzo-1 de abril de 1989, Salamanca (Editorial San Esteban) 1990, 537-558. | ||
+ | * ALONSO MARAÑÓN, Pedro Manuel. "El fenómeno universitario colegial en Hispanoamérica. La representatividad del Real Colegio de San Fernando en Quito y del colegio Mayor del Rosario en Santa Fe de Bogotá", 231-250. | ||
+ | * ''América Pontificia'' I-III, Città del Vaticano 1991-1995 | ||
+ | * ''Aspectos económicos relacionados con las instituciones educativas de los [[EVANGELIZACIÓN_DE_AMÉRICA;_contribución_de_los_jesuitas | jesuitas]] de América. Documentación del Archivo Histórico de la Provincia de Toledo de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]] (AHPTSJ) en Alcalá de Henares''. Revista de Alcalá. Estudios de Historia Social y Económica de América II (1994) 269-320. | ||
+ | * BÁEZ OSORIO, Miryam. "Fuentes para la Historia de los Dominicos en Bocayá. Siglos XVI-XIX", 129-156. | ||
+ | * BALDÓ I. LACOMBA, Marc. "La Universidad colonial hispanoamericana (1538-1810): bibliografía crítica, metodología y estado de la cuestión: El [[RÍO_DE_LA_PLATA;_Su_mundo_cultural,_económico_y_político | Río de la Plata]], 207-229 ("Anexo Bibliográfico", 220-229). CEÍNOS MANZANO, María Jesús. "El origen de los [[TRADICIÓN_Y_MODERNIDAD;_los_Colegios_Jesuitas_del_S._XIX | colegios jesuitas]] de la provincia quítense y su incidencia en la educación" (Comunicación), 231-237. | ||
+ | * BARBERO, Estela R. ''La [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]] y temporalidades de [[CÓRDOBA_DE_LA_NUEVA_ANDALUCÍA | Córdoba]]''. Buenos Aires (Archivo General de la Nación) 1998. | ||
+ | * BARRADO BARQUILLA, José (ed.) ''Los dominicos y el Nuevo Mundo. Siglos XVIII y XIX Actas del IV Congreso Internacional Santafé de Bogotá, 6-10 septiembre 1993''. Salamanca (Editorial San Esteban) 1993. | ||
+ | * ''Bullarium romanum'', Turrín 1867. | ||
+ | * CÁRDENAS PATINO, Carlos. "La Universidad Tomística, Primer claustro universitario de Colombia, de 1700 a 1900", 251-295. | ||
+ | * GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Jaime. "La universidad centroamericana durante el período colonial" 51-63- | ||
+ | * GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, María de la Paz. "Estudio comparativo de las constituciones de la Universidad de Charcas y de la Universidad de [[CÓRDOBA_DE_LA_NUEVA_ANDALUCÍA | Córdoba]]" ''en Actas de las I Jornadas sobre Universidad y colonia. Las constituciones en la época de los Austrias''. Revista de la Universidad de Alcalá. Estudios de Historia Social y Económica de América 13 (1996) 615-623. | ||
+ | * GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, María de la Paz. "La Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca (Alto Perú). Bibliografía crítica y estado de la cuestión", 181-188. | ||
+ | * GONZÁLEZ, Jaime. "Cátedras universitarias franciscanas en la América del siglo XVII" ''en Actas del III Congreso Internacional sobre Los [[FRANCISCANOS_en_el_Nuevo_Mundo | Franciscanos en el Nuevo Mundo]], La Rábida, 18-23 septiembre 1989''. Madrid 1991, 677-691. | ||
+ | * GUGLIERI NAVARRO, Araceli. ''Documentos de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]] en el Archivo Histórico Nacional.'' Dirección General de Archivos y [[BIBLIOTECAS_ECLESIÁSTICAS_EN_URUGUAY | Bibliotecas]], Archivo Histórico Nacional, Madrid (Editorial Razón y Fe S.A.) 1967. | ||
+ | * HARDING, Inés. "Institucionalización de la enseñanza de la matemática en Chile, entre mitad del siglo XVI y el siglo XVII" en ''Universidades españolas y americanas en la época colonial.'' Prólogo de M. PESET. Valencia (Generalitat Valenciana) 1987, 253-276. | ||
+ | * HERNÁEZ Francisco Javier. ''Colección de bulas, breves y otros documentos relativos a la Iglesia de América y Filipinas''. Bruselas 1879, 2 vols. | ||
+ | * HERNÁNDEZ RAMÓN. “Fuentes del Instituto Histórico Dominicano de Salamanca sobre América, y en particular sobre Colombia” 105-128 | ||
+ | * ÍD. "La [[REPÚBLICA_DOMINICANA;_La_bula_«In_apostolatus_culmine» | Universidad de Santo Domingo]], Decana de América, y su filiación constitucional hispánica" en ''Actas de las I Jornadas sobre Universidad y colonia: Las constituciones en la época de los Austrias. Al 22 de Marzo de 1996''. Revista de la Universidad de Alcalá. Estudios de Historia Social y Económica de América 13 (1996) 593-614 | ||
+ | * ''Índice de documentos sobre Hispanoamérica existentes en el Archivo de la Provincia de Toledo de la [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]] (AHPTSJ) en Alcalá de Henares. Siglos XVI-XX (Primera parte)''. Revista de la Universidad de Alcalá. Estudios de Historia Social y Económica de América 10 (1993) 283-434; 2ª parte Ibídem 11 (1994) 390-393 (con índice onomástico y toponímico pp. 385-593). | ||
+ | * LOHMANN VILLENA, Guillermo. "Los dominicos en la vida cultural y académica del Perú", en BARRADO José (ed.) ''Actas del II Congreso Internacional sobre los Dominicos y el Nuevo Mundo. Salamanca, 28 de marzo 1 de abril'' 1989, Salamanca (Editorial San Esteban) 1990, 403-432. | ||
+ | * MEDINA, Francisco de Borja S.J. "La [[JESUITAS_(Compañia_de_Jesús) | Compañía de Jesús]] y la Evangeli-zación de América y Filipinas en los archivos de la Orden" en: ''Órdenes religiosas y evangelización de América y Filipinas en los Archivos de la Iglesia. Actas del VIII Congreso de la Asociación celebrada en [[CÓRDOBA_DE_LA_NUEVA_ANDALUCÍA | Córdoba]] (12 al 25 de septiembre de 1992''. Memoria Ecclesiae V (1992) 31-61. | ||
+ | * MORA CAÑADA, Adela. "Bibliografía crítica, metodología y estado de la cuestión en la historiografía sobre la universidad colonial en Chile", 189-205. | ||
+ | * Pacheco, Juan Manuel S.I. "La [[PONTIFICIA_UNIVERSIDAD_JAVERIANA | Universidad Javeriana]] de Santafé de Bogotá durante la época colonial" en ''La pedagogía jesuítica en Venezuela'' 1 (San Cristóbal, Universidad del Táchira 1991) 77-173. | ||
+ | * PONCE LEIVA, Pilar. "La educación disputada: repaso bibliográfico sobre la enseñanza universitaria en la Audiencia de Quito", 137-149 (sólo bibliografía). RODRÍGUEZ CRUZ, Águeda. "La Universidad del Perú: fuentes y bibliografía crítica, metodología y estado de la cuestión", 151-180. | ||
+ | * RAMÍREZ, Ramón, O.P. "Chile: los dominicos en el siglo XVII" en ''Los Dominicos y el Nuevo Mundo. Actas del III Congreso Internacional, Granada, 10-14 de septiembre de 1990''. Madrid, 1991, 389-408. | ||
+ | * RODRÍGUEZ CRUZ, Águeda María. ''Historia de las Universidades Hispánicas: Periodo hispánico''. Bogotá (Instituto Cato y Cuervo-Patronato Colombiano de Artes y Ciencias) 1973, 2 vols. | ||
+ | * SOTO ARANGO, Diana. "Estudio bibliográfico y de fuentes de las [[MÉXICO;_Universidades_y_Colegios_Mayores | Universidades y Colegios]] Mayores de Santa Fe en el siglo XVIII", 123-136. | ||
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+ | '''FRANCISCO DE BORJA MEDINA, S.J.''' | ||
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+ | '''©Pontificia Universidad Gregoriana, Roma''' | ||
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+ | [[PONTIFICIA_UNIVERSIDAD_JAVERIANA|PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA]] | ||
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+ | [[MÉXICO;_Universidades_y_Colegios_Mayores|MÉXICO; Universidades y Colegios Mayores]] | ||
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Sumario
Introducción
En América Hispana, durante los tres siglos previos a la emancipación política, una veintena de centros superiores se fundaron por la actividad docente de las órdenes religiosas. A la amplitud de la materia se añade la dificultad de la localización de los archivos, pues las órdenes religiosas padecieron, en el siglo XIX, tanto en las nuevas repúblicas de América como en España, diversas vicisitudes que afectaron gravemente a su régimen e, incluso, a su existencia: política anticlerical, desamortización y supresión de conventos, exclaustración de sus moradores e incautación de sus bienes, que pasaron a manos del Estado o de particulares. Igual suerte tocó a las mismas ins-tituciones que dirigían.
Junto a esta política, otros agentes, como las guerras, la incuria, los accidentes fortuitos o provocados, las condi-ciones climatológicas, la venta de los archivos procedentes de los conventos suprimidos, la destrucción o la substracción de documentos por parte de personas ignorantes o desaprensivas, etc. han contribuido a la desaparición o a la dispersión de los archivos de las órdenes religiosas y de sus instituciones. Es difícil, pues, encontrar reunidos los documentos jurídicos, académicos y económicos que constituyeron los archivos de las universidades desaparecidas, sobre todo aquellos generados por la propia actividad académica o la administración de sus fuentes de ingresos, como libros de claustros, de matrículas, de pruebas de curso y traslados de matrícula, de doctores y maestros, de actos e incorporaciones, de multas, de rentas e ingresos, etc.
El caso de la Compañía de Jesús es singular. Al momento de su expulsión decretada por Carlos III, en 1767, contaba con unas diez Universidades en América y una en Filipinas. Según las disposiciones reales, una parte de la documentación de sus colegios y universidades, o su copia, se envió a Madrid, donde se creó para su custodia el llamado «Archivo de Temporalidades», sito en el Colegio Imperial, que cambió su nombre en el de Estudios Reales de San Isidro. Parte quedó en el propio distrito virreinal o audiencial.
Universidades públicas y particulares
En la ley 2, del título XXII, libro 1 de las « Leyes de Indias», se aborda expresamente a estas universidades dirigidas por las órdenes religiosas, a las que denomina «particulares» como distintas de las universidades «generales» o «públicas», son las Reales y Pontificias Universidades de Lima y México. Ambas fueron erigidas, en 1551, la primera, por real provisión de Carlos I y de la reina doña Juana, firmada en sus nombres por la reina de Bohemia,[1]de 12 de mayo; la segunda, por real provisión del Príncipe Felipe, en nombre de su padre, de 21 de septiembre, que firma la Princesa.
Al año siguiente, el emperador firmaba en Monzón (Aragón), una real provisión para la creación de la Universidad de La Plata, o Charcas, (actual Sucre en Bolivia), que no entró en funciones por entonces. Posteriormente haría sus veces la erigida en el colegio de San Francisco Javier de la Compañía de Jesús. Felipe II, por real cédula de 23 de febrero 1558, firmada, en su nombre, por la Princesa Juana, dio cuerpo jurídico al Estudio y Universidad de Santiago de la Paz y de Gorjón (del nombre de su fundador Hernando de Gorjón) en la ciudad de Santo Domingo de la Isla Española, solicitada desde 1529 al emperador, que mostró empeño en que se realizase (Real Cédula 19 diciembre 1550).
En 1747, tras varias vicisitudes y pleitos, Fernando VI otorgaba al colegio de la Compañía de Jesús, al que Felipe V había incorporado, en perpetuidad, el colegio-seminario de Gorjón (RC 24 julio 1745), el título de Universidad Real (RC 26 de mayo) y, al año siguiente, Benedicto XIV confirmaba la erección real y, a su vez, erigía e instituía el colegio de la Compañía en «Pública Universidad de Estudios Generales» con todas las facultades mayores y menores, incluidas las de Derecho civil y Medicina para los laicos (Breve «In supereminenti» del 14 de septiembre 1748).[2]
Otras universidades públicas se fundan a lo largo de los siglos XVII a XIX. En 1676, Carlos II erige las universidades públicas de San Carlos Borromeo en el colegio de Santo Tomás de Guatemala (RC de 31 enero 1676 y breve de Inocencio XI «Ex suprema militantes ecclesiae», de 18 de junio 1687) y de San Cristóbal de Huamanga (RC 31 diciembre 1680 y breve del mismo pontífice, «In supremo», de 20 de diciembre 1682). Felipe V crea la de Santiago de León de Caracas, en 1721, en el seminario conciliar de Santa Rosa de Lima (RC 22 de diciembre 1721 y breve de Inocencio XIII «Inscrutabili divina Sapientae» de 18 de diciembre 1722) y la de San Felipe de Santiago de Chile, en 1738 (RC de 28 septiembre).
Durante el reinado de Carlos III, con la expulsión de la Compañía de Jesús de todos sus dominios de España y de América (1767), se extinguen casi todos los centros de enseñanza dirigidos por esta Orden religiosa, las menos continúan en otras manos bajo régimen diverso. Por su parte, este monarca ilustrado no funda en sus dominios americanos una sola universidad pública.
Su hijo Carlos IV erige tres: la de Guadalajara en Nueva España, en 1791 (RC de 18 de noviembre) y las de Mérida de Maracaibo y León de Nicaragua en 1806 (RC de 18 de junio y Real Decreto de 18 de agosto respectivamente), pero esta última no se constituyó hasta 1812, por decreto de 10 enero emanado de las Cortes de Cádiz, a las que asistían 30 diputados americanos. Entretanto, se habían ido erigiendo, con aprobación real y pontificia, unas 20 universidades particulares.
La Recopilación de las Leyes de las Indias trata de las universidades públicas en la ley I del título XXII, libro I. Prácticamente todo este título XXIII “De las Vniversidades y Estudios generales y particulares de las Indias”, menos la ley II, se refiere a estas universidades públicas. A nosotros nos interesa precisamente esta ley II que se ocupa de las particulares reconocidas como tales en virtud de las reales cédulas de Felipe IV sobre el asunto. Dice textualmente:
“Ley ii.- Que las Vniversidades particulares se guarde lo dispuesto para cada vna.
En las ciudades de Santo Domingo de la Isla Española, Santa Fé del Nuevo Reyno de Granada, Santiago de Guatemala, Santiago de Chile y Manila de las Islas Filipinas, está permitido que haya Estudios y Vniversidades, y se ganen cursos y den grados en ellas por el tiempo que ha parecido conveniente, para lo qual hemos impetrado de la S. Sede Apostólica Breves y Bulas, y le hemos concedido algunos privilegios y preeminencias. Mandamos, que lo dispuesto para dichos Estudios y Vniversidades se guarde, cumpla y execute, sin exceder en ninguna forma, y las que fueren por tiempo limitado, acudan a nuestro Real Consejo de las Indias á pedir las prorogaciones [sic] donde se proveerá lo que fuere conveniente, no las teniendo, cesse y se acabe el ministerio de aquellos Estudios, que así es nuestra voluntad.”
Diversas interpretaciones se han dado para determinar lo «público» y lo «particular» aplicado por la ley a los distintos tipos de universidades. Simplificando se puede decir que lo «público» pertenecía plenamente a la administración de la Corona, mientras que lo «particular» dependía de la institución autónoma que la poseía o diri-gía, aunque ambos tipos de universidad se basen en documentos reales y pontificios y dependían, en diverso grado, de ambas potestades supremas y las particulares estaban abiertas también a todos los estudiantes que querían frecuentarlas.
A las universidades particulares se les denominaba igualmente conventos-universidad, en el caso de que radicaba en un convento o colegios-universidad cuando estaba instituida en un colegio. Se prescinde aquí de las casas de estudios superiores de las órdenes religiosas y de las cátedras que las órdenes religiosas tuvieron en las universidades reales que eran normalmente la escotista, la tomista y la suareciana, o suarista, regidas respectiva y ordinariamente por franciscanos, dominicos y jesuitas. Aquí se refiere sólo de aquellas que tenían facultad de conferir grados.
De las 30 universidades y centros superiores que funcionaron en Hispano América, con facultad pontificia y real de conferir grados académicos, unas dos terceras partes estaban dirigidas por las órdenes religiosas, como propios o por encargo de otras instancias. Fue la política de la Corona española fundar universidades en todas las cabeceras principales de los distritos de las audiencias que, al mismo tiempo, debían ser sedes episcopales. Para ello y mientras no se pudieran erigir las universidades públicas, los monarcas se sirvieron de los centros superiores de los religiosos para la educación en la fe católica y en otras ciencias de los individuos de ambas repúblicas, de españoles y naturales.
Entre estos centros descollaban los de la Orden de Predicadores y los de la Compañía de Jesús, que gozaban de sendos privilegios pontificios para otorgar grados, y cuya confirmación y ampliación los mismos reyes solicitaban de los pontífices, como se expresa en la ley de Indias citada, concediéndoles, en ocasiones, el título de Real. Estas universidades particulares debían acomodarse, en sus constituciones, al modelo de las universidades públicas de los respectivos virreinatos donde estuvieran erigidas, Lima o México.
Universidades particulares
Se enumeran brevemente los centros superiores docentes de este tipo, a partir de la primera Universidad particular, o convento-universidad, de América, la de la Orden de Predicadores fundada en 1538, en su convento de Santo Domingo, de la Isla Española, por la bula de Paulo III «In apostolatus culmine» (28 octubre 1538).[3]Seguimos las fechas aceptadas, como jurídicas, por Águeda María Rodríguez Cruz en su obra sobre las Universidades Hispanoamericanas durante el período hispánico, aunque, según los casos, deben matizarse en cuanto a la efectividad de erección. Los dominicos dirigieron la citada de Santo Domingo (1538), la Tomista de Santa Fe de Bogotá (Breve de Gregorio XIII –«Romanus Pontifex» 1580), Nuestra Señora del Rosario de Santiago de Chile (1619-1738), Santo Tomás de Quito (Breve «Breve Pastoralis officio», 1681 y RC de Carlos II, 20 junio 1683), San Jerónimo de la Habana (1721) y la de Asunción del Paraguay (1779).
Los religiosos Agustinos erigieron la universidad de San Fulgencio de Quito (Breve de Sixto V «Intelligentis officio» de l582) y San Nicolás de Santa Fe, en el Nuevo Reino (1694). La primera se clausuró en 1786 y la segunda lo había hecho en 1775.
La Compañía de Jesús rigió la Academia Javeriana en esta misma ciudad de Santa Fe (1623), la Universidad de San Ignacio de Córdoba de Tucumán (1623) San Francisco Xavier de la Plata (1624) San Miguel de Santiago de Chile (1623) San Gregorio Magno de Quito (1623), San Ignacio de Loyola de Cusco (1621), San Lucas de Guatemala (1621), San Francisco Xavier de Mérida de Yucatán (1624), San José de Popayán (1744), San Francisco Javier de Panamá (1749) y San José de Concepción, en Chile (1749). La mayoría de estas universidades tenían adscritos colegios universitarios para externos, además del propio colegio de la Compañía.
Universidades de la Orden de Predicadores y de la Compañía de Jesús
Dominicos y jesuitas erigieron la mayor parte de sus universidades en virtud de privilegios generales concedidos por los pontífices a sus respectivas órdenes con el favor de la Corona. Así, los dominicos en virtud de los privilegios generales otorgados por Paulo V por el breve «Charissimi in Christo», de 11 de marzo 1619 y R.. C. de Felipe IV el 6 de noviembre 1624.
Por otra parte, en 1621, por el breve «In supereminenti» (8 agosto) Gregorio XV concedía a la Compañía de Jesús el privilegio decenal de erigir Universidad, con título de Estudios generales, en los colegios que estuvieran a 200 millas de las Universidades reales, con facultad apostólica para el prelado diocesano de conferir los grados de licenciado, maestro y doctor, privilegios y facultades confirmados, sin limitaciones, por Urbano VIII en su breve «In supereminenti» de 29 marzo 1634.
Felipe IV, por reales cédulas de 2 de febrero y 3 de marzo de 1622, mandaba a las autoridades indianas, seculares y eclesiásticas, ejecutar el breve de Gregorio XV Los breves pontificios facultaban a los obispos para la colación de los grados de bachiller, licenciado, maestro y doctor. Las constituciones debían acomodarse a las universidades públicas de Lima y México, de acuerdo con el propio distrito virreinal.
Hay que recordar que las universidades de dominicos y jesuitas tenían, en cierto modo, por los mismos documentos fundacionales, carácter provisional -mientras no hubiese, dentro de las 200 millas, universidad pública al estilo de Lima y México- y con cláusulas limitativas en cuanto a los privilegios y preeminencias respecto de las universidades públicas. Por ello las universidades de dominicos y jesuitas de Guatemala y Santiago de Chile cesaron en su privilegio de colación de grados respectivamente en 1676 y 1733, con la fundación de San Carlos, erigida en el colegio guatemalteco de Santo Tomás por Real Cédula de Carlos II de 31 de enero 1676 y Breve de Inocencio XI «Ex suprema militantes ecclesiae» (18 junio 1687) y de San Felipe, creada por R.C de Felipe V de 28 julio 1738.
NOTAS
- ↑ María de Austria, hija mayor Carlos I y de Isabel de Portugal, era gobernadora de España, en su ausencia y en la del Príncipe Felipe. Era reina de Bohemia por su matrimonio con su primo hermano, reina de Bohemia por su matrimonio con Maximiliano, hijo de Fernando, Rey de Romanos.
- ↑ Felipe V había aprobado, en 1701, la fundación del colegio San Francisco Javier de la Compañía de Jesús, en Santo Domingo de la Isla Española, y le había incorporado interinamente el colegio-seminario de Gorjón, con todos los derechos y obligaciones (RR.CC de 26 de septiembre 1701 y 10 de abril 1704). José Luis SAEZ "Universidad Real y Pontificia Santiago de la Paz y de Gorjón en la Isla Española (1747-1767)" en la pedagogía jesuítica en Venezuela. San Cristóbal (Universidad Católica del Táchira) 1991, 175-224; 188-200.
- ↑ Respecto de la pretendida primacía, jurídica americana del estudio general del Imperial Convento de Santo Domingo de la Orden de Predicadores puede verse el estudio del profesor Dr. don Miguel MATICORENA ESTRADA San Marcos de Lima Universidad Decana en América. Una argumentación Histórico-Jurídica y el Derecho Indiano, Fondo Editorial Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima 12 de mayo de 2000.
BIBLIOGRAFIA
- Actas de las VI Jornadas sobre la presencia universitaria española en América. Alcalá de Henares, 26 y 27 de noviembre de 1991. Revista de la Universidad de Alcalá. Estudios de Historia Social y Económica de América II (19%) 9-267.
- AJO GONZÁLEZ DE RAPARÍEGOS Y SÁINZ DE ZÚÑIGA C. M. Historia de las universidades hispánicas: origen y desarrollo desde su aparición hasta nuestros días, Madrid (Centro de Estudios e Investigaciones "Alonso Madrigal", Ávila-CSIC) 1957-1979.
- ALONSO MARAÑÓN, Pedro Manuel. "Los estudios superiores en Santo Domingo durante el período colonial. Bibliografía crítica, metodológica y estado de la cuestión", 65-108. "Apéndice bibliográfico-cronológico", 102-108).
- ALONSO MARAÑÓN, Pedro Manuel. "El Colegio Mayor del Arzobispo Fonseca de Salamanca, pauta pedagógica del Colegio Mayor del Rosario de Santa Fe de Bogotá" en Los Dominicos y el Nuevo Mundo. Actas del II Congreso Internacional. Salamanca, 28 de marzo-1 de abril de 1989, Salamanca (Editorial San Esteban) 1990, 537-558.
- ALONSO MARAÑÓN, Pedro Manuel. "El fenómeno universitario colegial en Hispanoamérica. La representatividad del Real Colegio de San Fernando en Quito y del colegio Mayor del Rosario en Santa Fe de Bogotá", 231-250.
- América Pontificia I-III, Città del Vaticano 1991-1995
- Aspectos económicos relacionados con las instituciones educativas de los jesuitas de América. Documentación del Archivo Histórico de la Provincia de Toledo de la Compañía de Jesús (AHPTSJ) en Alcalá de Henares. Revista de Alcalá. Estudios de Historia Social y Económica de América II (1994) 269-320.
- BÁEZ OSORIO, Miryam. "Fuentes para la Historia de los Dominicos en Bocayá. Siglos XVI-XIX", 129-156.
- BALDÓ I. LACOMBA, Marc. "La Universidad colonial hispanoamericana (1538-1810): bibliografía crítica, metodología y estado de la cuestión: El Río de la Plata, 207-229 ("Anexo Bibliográfico", 220-229). CEÍNOS MANZANO, María Jesús. "El origen de los colegios jesuitas de la provincia quítense y su incidencia en la educación" (Comunicación), 231-237.
- BARBERO, Estela R. La Compañía de Jesús y temporalidades de Córdoba. Buenos Aires (Archivo General de la Nación) 1998.
- BARRADO BARQUILLA, José (ed.) Los dominicos y el Nuevo Mundo. Siglos XVIII y XIX Actas del IV Congreso Internacional Santafé de Bogotá, 6-10 septiembre 1993. Salamanca (Editorial San Esteban) 1993.
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- CÁRDENAS PATINO, Carlos. "La Universidad Tomística, Primer claustro universitario de Colombia, de 1700 a 1900", 251-295.
- GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Jaime. "La universidad centroamericana durante el período colonial" 51-63-
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- Índice de documentos sobre Hispanoamérica existentes en el Archivo de la Provincia de Toledo de la Compañía de Jesús (AHPTSJ) en Alcalá de Henares. Siglos XVI-XX (Primera parte). Revista de la Universidad de Alcalá. Estudios de Historia Social y Económica de América 10 (1993) 283-434; 2ª parte Ibídem 11 (1994) 390-393 (con índice onomástico y toponímico pp. 385-593).
- LOHMANN VILLENA, Guillermo. "Los dominicos en la vida cultural y académica del Perú", en BARRADO José (ed.) Actas del II Congreso Internacional sobre los Dominicos y el Nuevo Mundo. Salamanca, 28 de marzo 1 de abril 1989, Salamanca (Editorial San Esteban) 1990, 403-432.
- MEDINA, Francisco de Borja S.J. "La Compañía de Jesús y la Evangeli-zación de América y Filipinas en los archivos de la Orden" en: Órdenes religiosas y evangelización de América y Filipinas en los Archivos de la Iglesia. Actas del VIII Congreso de la Asociación celebrada en Córdoba (12 al 25 de septiembre de 1992. Memoria Ecclesiae V (1992) 31-61.
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- PONCE LEIVA, Pilar. "La educación disputada: repaso bibliográfico sobre la enseñanza universitaria en la Audiencia de Quito", 137-149 (sólo bibliografía). RODRÍGUEZ CRUZ, Águeda. "La Universidad del Perú: fuentes y bibliografía crítica, metodología y estado de la cuestión", 151-180.
- RAMÍREZ, Ramón, O.P. "Chile: los dominicos en el siglo XVII" en Los Dominicos y el Nuevo Mundo. Actas del III Congreso Internacional, Granada, 10-14 de septiembre de 1990. Madrid, 1991, 389-408.
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- SOTO ARANGO, Diana. "Estudio bibliográfico y de fuentes de las Universidades y Colegios Mayores de Santa Fe en el siglo XVIII", 123-136.
FRANCISCO DE BORJA MEDINA, S.J.
©Pontificia Universidad Gregoriana, Roma