DESCUBRIMIENTO Y EVANGELIZACIÓN DE AMÉRICA. Los debates preparatorios (III)

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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Resolución adversa de la Asamblea de Santa Fe.

Es indudable que la Asamblea magna de Santa Fe existió y que la resolución fue adversa a Colón, como lo había sido la Asamblea de Salamanca. Nos quedan al menos las fuentes narrativas de Hernando Colón y de fray Bartolomé de las Casas, además de las noticias de Geraldini citadas en la segunda parte.

Dice Bartolomé de las Casas: “Llegó a tanto en la Asamblea el no creer ni estimar en nada lo que Cristóbal Colón ofrecía, que vino en total despedimiento, mandando los Reyes que le dijesen que se fuese en buena hora”.[1]Personalizó Las Casas expresamente en la Reina: “des-pedido por mandado de la Reyna” se debió según él, a su confesor fray Hernando de Talavera, por quien se gobernaba la conciencia de la Soberana, también en los asuntos públicos: “se cree, añade, haber sido el susodicho Prior de Prado”, muy influido por la Asamblea de Santa Fe, como años atrás por la Junta de Salamanca. El resultado, concluye Las Casas, fue que Co¬lón, “despedido por la Reyna, despidióse él de los que allí le favorecían y tomó el camino para Córdoba, con determinada voluntad de pasarse a Francia”.

Del grupo favorable a Colón en esta Asamblea –minoritario pero muy calificado- intervinieron en el preciso momento en que Colón se iba ya de Santa Fe sin poderlo nadie detener, para hacerlo saber a la Reina dos personas: Fray Diego de Deza, preceptor del Príncipe herede¬ro y obispo, entonces, de Jaén; la noticia es por documento original de Colón, una de sus cartas «autógrafas» a su hijo Diego;[2]y Luis de Santángel, escribano de ración o contador del rey don Fernando en Castilla, con cargos también en la corte castellana de la Reina, como el de tesore¬ro de la Santa Hermandad.

Más detallada es la noticia de esta última intervención, que no está precisamente en el documento anterior (donde Colón solo cita como hombre clave en la solu¬ción del problema de su marcha de Castilla, a fray Diego de Deza, sin nombrar para nada a San¬tángel), sino en la narración detallista que, en torno al documento mismo, hacen tanto Her¬nando Colón como Las Casas.[3]Santángel actuó con rapidez. Habló con la Reina “el mismo día que el Almirante salió de Santa Fe”, como refiere Hernando Colón.[4]La conversación no es con el Rey, ni con los dos Monarcas. Busca a la Reina sola.

El resultado puede anticiparse, como uno más de los datos documentales (aquí, narrativo) de las rápidas decisiones de la Reina: porque, acabada la conversación, la Soberana, cuando ya Colón estaba a diez kilómetros de Granada, “mandó que fuese un alguacil de corte, por la posta, tras Cristóbal Colón, y de parte de su Alteza le dijese como lo mandaba tornar y lo trújese; al cual halló dos leguas de Granada, a la Puente que se di¬ce de Pinos. Volvióse con el alguacil Cristóbal Colón; fue con alegría de Santángel recibido...; sabido por la Reina ser tornado, mandó luego al secretario Juan de Coloma que, con toda pres¬teza, entendiese en hacer la Capitulación y todos los despachos que Cristóbal Colón ser nece¬sarios para todo su viaje y descubrimiento le dijese y pidiese”.[5]

Convendrá fijarse un poco en la actuación de Santángel que habla a la Reina de to¬do lo sucedido en la Asamblea, ensalzando por su parte las virtudes, la ciencia y la prudencia de Colón; pero silencia todo lo relativo a las condiciones que éste puso (ser almirante, virrey, gobernador, etc.), que tanto dificultaron las discusiones en la asamblea.

Se extiende con la Reina sobre lo extraño que resultaría para su Alteza el vacilar en financiar la empresa: “cuánto más, Señora, que todo lo que al presente pide (Colón) no es sino un cuento (un millón); y que se diga que vuestra Alteza lo deja por no dar tan poca cuantía, verdaderamente sonaría muy feo...”.

No puede creerse que este razonamiento fuese determinante para la Reina; a ella la detenían las pretensiones de Colón (de que no habla Santángel) inadmisibles para la Asamblea, que tocaban cosas de interés público y hasta podríamos decir constitucional: éstas fueron se-guramente las que hicieron entrar en escrúpulo a Isabel; ¿era prudente oponerse a la Asamblea (a dos Asambleas oficiales) en cosas tan graves? Por eso queda en misterio la decisión de afrontarlo todo, haciendo a Colón unas concesio¬nes que a todos entonces parecían exorbitantes.

Pero si reflexionamos un poco, podemos pen¬sar que la Reina pudo hacerse esta cuenta: la empresa es estimada absurda; si no resulta, poco se pierde; se perderá el dinero, que no es excesivo, y las concesiones serán inútiles (por eso ha¬brían de hacerse condicionadas); si se logra, todo estará bien empleado, especialmente para la difusión del mensaje cristiano (los deseos del Gran Kan de tener misioneros cristianos, según cuanto se decía, debían de resonar en el fondo del alma de Isabel), y todos se alegrarán. En este momento nació la decisión de reclamar a Colón, ya despedido, como se ha visto.

En cuanto al coste de la empresa, que no era para impresionarla excesivamente, se puede notar incidentalmente que la economía de la Reina por aquellas fechas se movía en niveles muy altos. Ya sabemos que no quiso aceptar al Duque de Medinaceli la financiación de la em¬presa como obsequio.

Por aquellos días, hecha ya la entrega de Granada, debían los Reyes dar a Boabdil en fuerza de las Capitulaciones veinticuatro millones doscientos cin¬cuenta mil maravedises.[6]Cuatro meses antes la Reina había vendido o hipotecado su ciudad de Casares al Marqués de Cádiz en 10.000.000 de maravedises.[7]El día 5 de mayo de 1492, días antes de enviar a Colón a la villa de Palos para armar las naves, devolvía la Reina millón y me¬dio al judío Isaac Abranel, servidor de la Corte, “por otro tanto que prestó a sus Altezas para los gastos de la guerra”.[8]Todo ello indica la facilidad de movimiento de la Reina para encontrar créditos a diversos niveles cuando la urgencia lo requería.

¿Qué podía entonces importarle la poca cantidad de que le hablaba Santángel? Añadamos todavía que el enviado a La Palma, Alonso de Lugo, esperaba en Santa Fe al mismo tiempo que Colón; y la Reina disponía para él setecientos mil maravedises y renunciaba en su favor a todos los beneficios que pudieran co¬rresponder a la Corona en la isla Canaria “que por nuestro mandato y servicio aveis de conquis¬tar..., que está en poder de infieles canarios”.[9]

Además de todo esto podrían consultarse las ayudas, compensaciones, limosnas, caridades, etc. que la Reina hacía de ordinario en todos esos apretados años, y se podría comprobar que todo sigue igual, más o menos, con datos propios del momento.[10]El reguero de maravedi¬ses en detalles infinitos de estos meses, de enero a mayo, que discurren por la contaduría mayor, pudieran acercarse a las cifras del préstamo para Colón y de la dotación para Alonso de Lugo. No podía asustarle esa cantidad.

Con la intención de quitar pretextos de orden económico, decidió la Reina con sagaz prudencia aprovechar las dos carabelas que debían poner a su disposición los armadores de Palos de Moguer. Esto pesaba poco sobre el erario.

Sin embargo, la Reina no ocultaba a Santángel que hubiera preferido diferir un poco el viaje de Colón “hasta que tuviesen un poco de quietud y descanso, porque ya veía quan necesi-tados estaban con aquellas guerras que tan prolijas habían sido”. Pero, en fin, le agradeció sus ofrecimientos y accedió a sus deseos: “Cognosciendo, pues, la Reina Católica la intinción y buen celo que tenía Luis de Santángel a su servicio, dijo que le agradecía su deseo y el parecer que le daba e que tenía por bien de seguillo”.

El golpe lo dio Santángel cuando dijo a la Reina que Colón se había marchado para abandonar Castilla. Esto fue el dato contundente que la impresionó y la hizo volver fulminantemente sobre sus pasos (como en el caso de la presentación de Cisneros) para reclamar a Colón a la Corte: gesto que, mirando a los resultados, todos atribuyen ya a inspiración divina. La deci¬sión fue personalísima de Isabel, que cargó con todas las consecuencias.


Las joyas de la Reina

Y tal fue que, según Las Casas, la Reina ofreció sus joyas como garantía de un préstamo para financiar la empresa: “Pero si aún os parece, Santángel, que ese hombre ya no podrá sufrir tanta tardanza (llevaba esperando siete años), yo terné por bien que, sobre joyas de mi recámara, se busquen prestados los dineros que para el armada pide, y váyase luego a entender en ella”.

Era normal en la Reina avalar préstamos con joyas en las casas de empeño; y por más que tuviese ya empeñadas las dos joyas más preciosas (el collar de balajes y la «corona rica»), y consiguientemente no estuviesen ahora en Santa Fe a disposición de la Sobe¬rana, todavía tenía muchas más joyas que poder ofrecer, si la necesidad la hubiera apremiado.[11]

El ofrecimiento, pues, de financiar con crédito de joyas la empresa de Colón, tiene en la historia la certeza que tenga la narración de Las Casas relativa a Luis Santángel,[12]y tener en cuenta que Santángel era testigo de excepción. Lo que aquí más vale poner de relieve es el sentir de Las Casas, y el hecho de haberse acep¬tado universalmente su testimonio como expresión del ánimo de la Reina en este negocio.


La financiación del Descubrimiento

En este contexto es cuando Santángel le ofreció un préstamo a la Reina de los fondos que él administraba de la Santa Hermandad, sin garantía de joyas o cosa semejante. La Santa Hermandad estuvo proyectada en los últimos años con todo su potencial hacia la guerra de Granada; los ingresos de 1491 no iban a emplearse en la guerra, y la Reina aceptó un préstamo de un millón ciento cincuenta mil maravedíes.[13]

Ese «cuento» [millón…] aparece tomado de la tesorería de la Hermandad por el tesorero Francisco Pinelo y puesto en las manos de Fray Hernando de Talavera.[14]Y aquí comienza Fray Hernando a actuar de otro mo¬do con la Reina en la empresa del descubrimiento.[15]El préstamo recibido en enero lo devuelve la Reina a la Hermandad el 5 de mayo del mismo año 1492, siete días antes de enviar a Colón a la Villa de Palos de Moguer para preparar la expedición.

Quiso ella librarse presto de préstamos y ofertas y hacer frente a la empresa con fondos propios. Todo debía correr a cargo suyo; y así lo consigna en el testamento: “Las Islas e Tierra firme del Mar océano e islas de Canarias fueron descubiertas e conquistadas a costa destos mis reynos”.[16]


Misión primordialmente evangelizadora

Los Reyes Católicos no hacen otra cosa en este primer viaje sino enviar a Colón a descubrir, a tratar de convertir posiblemente una esperanza en realidad, una duda en certeza. Entre tanto, estos Monarcas nada organizan, ni en lo espiritual ni en lo temporal, si no es una armada de tres navíos, los que pidió Colón; los mis¬mos altos cargos y honores que otorgarán a Colón (Almirante, Virrey, Gobernador), no son sino «con sentido condicional de futuro», como expresan literalmente los documentos siguientes del 30 de abril, y como contiene el propio documento de las Capitulaciones: en va¬no otorgarían unos Monarcas como merced lo que ellos aún no poseían. Ni envían tampoco misioneros a evangelizar, mientras no sepan que existen gentes para recibir esa misión evan¬gelizadora.

El primer viaje de Colón es simplemente una misión exploradora. Pero ciertamen¬te hubo desde el principio una finalidad espiritual preeminente. En efecto, hay documentos sobre este punto, anteriores y contemporáneos al primer viaje de Colón, y en torno a lo que está sucediendo ahora en Santa Fe:

1o Lo que ha prohijado la Reina con anterioridad era una empresa de fe: y la oferta de Colón, para mejor atraer a la Reina a aceptar su proyecto, era precisamente una empresa concreta de extender la fe católica, primero en las islas y tierras que se fueran descubriendo; y co¬mo término, dar la mano a aquellos Reyes de la India que buscaban contacto con los cristianos y con Roma: idea que el propio Colón había propuesto ya a la Reina con anterioridad a la nego-ciación de Santa Fe, en la entrevista oficial de Alcalá de Henares (20 de enero de 1486). Después de la entrada de los Reyes en Granada, dice Colón:

“a dos días de mes de enero... luego en aquel presente mes, por la información que yo había dado a Vuestras Altezas de las tierras de India y de un Príncipe que es llamado Gran Can, que quiere decir en nuestro romance Rey de los Reyes, cómo muchas veces él y sus antecesores habían enviado a Roma a pedir doctores en nuestra santa fe porque le enseñasen en ella, y que nunca el Santo Padre le había proveído, y se perdían tantos pueblos cayendo en idolatría y re¬cibiendo en si sectas de perdición, y Vuestras Altezas como católicos cristianos... pensaron en enviarme a mí, Cristóbal Colón, a las dichas partidas de India... para la conversión de ellas a nuestra santa fe...”.[17]

Y aunque Colón personalmente no era ajeno a intereses comerciales y de conquista (bas¬ta ver sus exigencias), sin embargo en no pocos documentos aparece acendradamente cristia¬no y preocupado de la evangelización. Así dice en su «Diario de a bordo»: “Y digo que Vuestras Altezas no deben consetir que aquí trate ni faga pie ningún extran¬jero, salvo católicos cristianos, pues esto fue el fin y el comienzo del propósito, que fuese por acre¬centamiento y gloria de la religión cristiana; ni venir a estas partes ninguno que no sea buen cristiano”[18]

2o Por su parte, la Reina afirma en documento oficial, firmado por los dos Monarcas en Santa Fe el mismo día que las Capitulaciones, que esta es la finalidad del viaje al que envían a Colón: “la expansión de la fe católica”.[19]Y lo repetirá en el testamento (Codicilo, cl. XII).

3° El mismo Colón, en su «Diario de a bordo», proclama que la evange¬lización de los nuevos pueblos, de que él había hablado antes a los Reyes, fue “el fin y el comien¬zo del propósito”. Según Las Casas los sentimientos de la Reina estaban muy claros en tal sentido ya desde el principio. Sin duda fue esta perspectiva evangelizadora la que en el fondo sostuvo a la Reina en los difíciles siete años que precedieron a las «Capitulaciones de Santa Fe», no cálculos crematísticos de los que no queda ningún rastro.

Los deseos del Gran Kan de tener misioneros cristianos debie¬ron resonar muy profundamente en el alma de Isabel. Se ilustra esta primera y primaria intención cristianizadora con las «Instrucciones» dadas a Colón para el segundo viaje el 29 de mayo 1494. Se sabía ya que había gentes paganas que espe¬raban el Evangelio; los Reyes toman muchas providencias de orden temporal para esta expedi¬ción, pero comienzan las «Instrucciones» inculcando ante todo la acción misionera y el trato amoroso a los indios.


Las exigencias de Colón. Las «Capitulaciones»

El texto de las «Capitulaciones de Santa Fe» no se refiere al aspecto espiritual, es decir a la misión católica de la empresa colombina; no es su objeto. Los Reyes se limitan a conceder las peticiones que presenta Colón, todas de carácter temporal. Tratar de definir la empresa colombina como una negociación de honores, cargos y mercaderías, es querer ceñirse a un solo documento.

Las Capitulaciones vienen a ser el precio temporal que se pagará a empresa lograda. Todas las exigencias de Colón en este orden de cosas están, pues, contenidas en las Capi¬tulaciones de Santa Fe, que son cinco:

1a Que los Reyes instituyan el Almirantazgo de las Indias al modo del Almirantazgo de Castilla y con las preeminencias del actual Almirante y de los que le habían precedido, y que este oficio sea hereditario en sus hijos y descendientes. 2a Que le nombren Virrey y Gobernador general de todas las tierras que descubriere. 3a Que de todas las mercaderías que se hicieren en los términos de este Almirantazgo, él cobrase el décimo. 4a Que si en ello surgiere pleito y correspondiese al Almirantazgo la función judicial, que sólo él y no otro juez pueda conocer de tal pleito. 5a Que en las armadas de navíos que se organizaren, pueda él contribuir con la octava parte, con tal de que haya de percibir también la octava parte («el ochavo») de los beneficios de la empresa.

Las dos primeras condiciones responden a su propósito de que “él no aceptará tomar esta empresa, si él non la oviere de regir e gobernar”[20]. Y para ello bien pudiera darse por satisfecho con la 2a condición (de ser Virrey y Gobernador General), y con la 4a, sobre la función judicial. Lo que sorprendió hasta el extremo, fue la primera de las condiciones: la creación del Almiran¬tazgo de las Indias al modo del Almirantazgo de Castilla.

Para entender esta pretensión del ma¬rino y el «placet» de la Reina sin vacilación, anotemos sumariamente qué era y qué significaba el Almirantazgo de Castilla: . Creado en 1254 por Alfonso X el Sabio, con sede en Sevilla, lo ostentó desde 1405 la fami¬lia nobiliaria de los Enríquez, que lo siguió poseyendo hasta 1705.[21]Familia de ascendencia real en Castilla,[22]los Almirantes Enríquez son parientes de la Reina Isabel. Y el rey de Aragón, don Juan II, se casó en 1447 con una hija del Almirante de Castilla, don Fadrique Enríquez, doña Juana Enríquez; éstos son los padres de Fernando el Católico.[23]


Así pues, cuando Colón pide el Almirantazgo de las Indias, en 1492, los Enríquez han entrado en el torrente genealógico de los Reyes Católicos. Está vacante el Almirantazgo de Castilla por muerte de don Alonso Enríquez. Este y el primer Enríquez Almirante, del mismo nombre, es el aludido por Colón, en la indicación del Almirantazgo de las Indias.

A esta altura de la Grandeza de España, va a sumarse el descubridor de las Indias. El contenido económico del Almirantazgo de Castilla, en su configuración jurídica y en los hechos, es la vindicación de Colón en estas sus condiciones, que van a cumplirse y son el Almirantazgo de las Indias que heredarían los descendientes de Colón.

Remitimos a los documentos citados sobre el Almirantazgo, donde se estipulan los derechos económicos. Estos documen¬tos son las copias que la Reina mandó sacar de los originales de los Enríquez, para que Colón pudiera concretar mejor sus derechos como Almirante. No puede ya sorprendernos que la Asamblea magna de Santa Fe, sorprendida y también indignada, rechazase semejantes condiciones. Y sigue sorprendiendo la entereza con que la Reina Isabel las aceptó sin discusión porque va en ellas el posible descubrimiento de las nuevas tierras.

En cuanto a la categoría económica del Almirantazgo de las Indias que Colón pretende, no está bien expresada en el texto de las Capitulaciones, porque él la desconocía en aquel mo-mento, ni la Reina tenía entonces a mano la documentación económica del Almirantazgo en aquella rápida tramitación de Juan Pérez y de Coloma. Sólo se pide y se otorga el diezmo.

Posteriormente Colón tuvo noticia de que los Almirantes de Castilla percibían también el tercio de otras mercaderías, y lo reclamó a la Reina.[24]Ésta, a su vez, reclama al Lugarteniente del Almirante de Castilla, Francisco de Soria, una copia autenticada de los privilegios y merce¬des de este Almirantazgo para adjudicar otras tantas al de Indias:

“Porque avernos fecho mer¬ced al dicho don Cristóval Colón, que aya e goze de las mercedes e honras e prerrogativas e li¬bertades e derechos e salarios en el Almirantazgo de las Indias que ha e tiene e goza el dicho nuestro Almirante Mayor con el Almirantazgo de Castilla, lo qualfaced e conplid luego como fuerdes requerido con esta nuestra carta, sin que en ello pongays escusa ni dilación alguna”.

Esta carta o cédula Real encabeza el «Libro de los Privilegios» de 1498.[25]Así, pues, correspondían a Colón el «ochavo» y el «diezmo» como se estipula en las Capitulaciones, más el «tercio», como consta en el Almirantazgo de Castilla. Añade el comentarista: “en total, el 55,80 por ciento”.[26]Francisco de Soria entregó la copia autenticada que le ordenaba la Real Cédula.

Es lo mismo que recuerda Colón en su Memorial a los Reyes, de 1500: “Sus Altezas mandaron al señor Al¬mirante de la mar de Castilla que diese un traslado abtorizado de sus privilegios al dicho Almi¬rante de las Yndias”.[27]Y añade Colón en descargo de los Reyes, que “non entendieron en el tercio porque non tenían el privilegio del señor Almirante de Castilla, por lo que le enbiaron a mandar que lo diese”.[28]Estos derechos –diezmo, octavo y tercio- eran la reclamación que Colón hacía y de la cual hablaba a su hijo Diego en diciembre de 1504.[29]

Todas estas exigencias de Colón, ya expresadas genéricamente en Santa Fe, son parte de la sorpresa, y quizá indignación, de aquella magna Asamblea; y a las que satisfacía la Reina, sin discusión ni regateo el 17 de abril en las Capitulaciones. Aún hoy día, al margen de la Junta, las peticiones susodichas producen sorpresa; y el «placet» de la Reina, asombro. Ella tenía que dar paso a Colón y su problemático descubrimiento, al precio que fuese. ¿Hubo en ello “don de Dios o inspiración divina”, como insinuaba el propio Colón?[30]

Si con el tiempo se llega a demostrar la tesis de R. Sanz, M. del Olmo y E. Cuenca en el libro «Nacimiento y vida del noble castellano Cristóbal Colón», que Colón llevaba sangre de los Almirantes de Castilla (cosa que le habría revelado a la Reina el confidente del Almiran¬te, Fray Juan Pérez), quedará dilucidado en parte el misterio de la decisión de Isabel. Con sólo esa noticia se habría sentido segura y casi obligada a favorecerle.


NOTAS

  1. B. de las Casas, “Historia de las Indias”, cap. XXXI, p. 118.
  2. “Es de trabajar de saber si la Reina, que Dios tiene, dejó dicho algo de mí en su testamento, y es dar priesa al señor Obispo de Palencia Diego de Deza, el que fue causa que sus altezas hobiesen las Indias, y que yo quedase en Castilla, que ya estaba yo de camino para fuera...” Sevilla, 21 de diciembre de 1504. AGI, Part. 295, R° 55; A. Cotalero y Valedor, “Fray Diego de Deza, Ensayo biográfico”, Madrid, 1902; CIC t. XII, doc. 1616, pp. 425-427.
  3. Luis de Santángel, era un «Escribano de ración», oficio de la cancillería aragonesa en Castilla, equivalente a un contador o tesorero en la cancillería castellana. Las Casas considera a Santángel, por su oficio, ajeno y excesivo al dirigirse a la Reina en un asunto ya tocado y fallado por la magna Asamblea de Santa Fe, del Reino de Castilla. Lo po¬ne en boca del mismo Santángel: “Señora, el deseo que siempre he tenido de servir al Rey, mi señor, y a vuestra Alte¬za... me ha constreñido a parecer ante vuestra Alteza y hablarle en cosa que, ni conviene a mi persona, ni dejo de cognoscer que excede las reglas o límites de mi oficio”.
    Lo cierto es, sin embargo, que la Reina mantenía estrecha rela¬ción y mutuos servicios con el equipo aragonés de la cancillería de don Fernando, en Castilla. Especialmente había querido servirse de los buenos oficios de Santángel, dos años antes, en una circunstancia decisiva para el éxito final de la guerra de Granada: el préstamo que la Reina pidió a los jurados de Valencia, patria de Santángel, de 35.000 flori¬nes, para el cerco de Baza, en diciembre de 1489; y en garantía de este dinero, la Reina dejaba en Valencia su «Corona rica», así llamada en la documentación, poniendo Santángel en manos de los jurados, la corona que la Reina puso en las suyas para transportarla a Valencia.
    En esta conversación de Santángel con la Reina, sobre el episodio de Colón, vuelven a salir a plaza préstamos y garantía de joyas. En esta fecha de enero de 1492, la «corona rica», mas el collar de balajes, obsequio de boda del Rey don Fernando e Isabel, empeñado unos meses antes (22 de agos¬to) continuaban, ambas joyas, en las arcas de empeño de Valencia (Las Casas, “Historia de las Indias”, I, cap. XXXII, pp. 119-121; Francisco Sevillano Colom, “Las empresas nacionales de los Reyes Católicos y la aportación económica de la ciudad de Valencia. Documentos del Arch. Dé la Corona de Aragón en Barcelona, y del Arch. Munic. de Valencia”, en “Hispania” 14 (1954) pp. 543-546).
    El 22 de agosto de 1489, para el sitio de Baza, se empeñó el collar de balajes; el 23 de diciembre del mismo año y para el mismo fin, se empeñó la «corona rica» de la Reina “de oro y diamantes” (Id., pp. 542-542). Descripción detallada de esta corona, en “Cédula del Rey don Fernando para la Testamentaría de la Reina difunta”, Burgos 3 de enero de 1508 (Ags, “Contaduría Mayor de Cuentas”, 1.a Época, Leg. 189, fol. sin numerar. Ed. A. de la Torre, Testamentaría de Isabel la Católica, Valladolid, 1968, pp. 427-428).
  4. Hernando Colón, “Historia del Almirante”, I, cap. XV, pp. 123-125. La ingenua narración de Hernando, histo¬riador y buen hijo, presenta a Santángel reprendiendo a la Reina por no querer gastar dinero en la empresa de su pa¬dre. Y de esta ingenuidad, en materia de dinero de la Reina, participará también Las Casas (“Historia de las Indias”, I, pp. 119-121).
    Sin embargo los desembolsos de la Reina en esos meses, fueron algunos de ellos muy cuan¬tiosos. No armonizan en este punto estas dos fuentes narrativas, con las documentales en materia de dinero. El punto serio que ni lo toca aquí Hernando, ni apenas Las Casas, es el que la Reina haya de abandonar la decisión de la Asam¬blea de Santa Fe, que ella reunió y el consejo del confesor, y proceder en solitario a armar las naves de Colón, acep¬tando las condiciones que éste impuso y que la Asamblea rechazó de plano; de esto nada dice Hernando Colón.
  5. Las Casas, “Historia de las Indias”, I, cap. XXXII, p. 120.
  6. Al Rey Boabdil “catorce quentos (millones) e cincuenta mil maravedís los quales vos mandamos pagar luego que nos fuese entregada la Alhambra e las otras tuercas dé la cibdad de Granada” (Capitulaciones con Boabdil; texto en Miguel Garrido Atienza, “Las Capitulaciones para la entrega de Granada”, Granada 1910. Apénd. LIX, p. 263). Y a los alcaydes que actuaban en nombre del Rey, “veinte mil castellanos (moneda) que montan nueve quentos e sete¬ cientos mil maravedís, los quales mandamos pagar luego en seyendonos entregada la Alhambra...” Nov. 1491 (Ga¬rrido Atienza, O. c, doc. LXI, p. 297). Los originales de estos documentos y de todas las capitulaciones de la entre¬ga de Granada, en AGS, PR, Catál. I, n.os 1.105, 1.106, 1.107, 1.111-1.113).
  7. “Carta de venta”, en AGS, PR, Catál. vol. I, n.° 1.103. “Original”. La vendieron por necesidades de la guerra con derecho a redimirla y la redimieron de hecho el 20 de enero de 1493 (“Cédula Real”, en Barcelona; traslado autenticado, en AGS, PR, Catál. V, vol. I, n.° 1.108).
  8. Este pago está en la misma partida en que devolvió la Reina a la Hermandad de Castilla, por medio de fray Hernando de Talavera, el préstamo que gestionó por medio de Santángel y de Pinelo, tesoreros de la dicha Hermandad.
  9. “Merced a Alonso de Lugo”, fechada en Valladolid a 13 de julio de 1492 (AGS, RGS, 13-VII-1492, fol. 18; ed. de A. Romeu de Armas, “La política indigenista de Isabel la Católica”, Valladolid, 1969, pp. 292-293).
  10. Antonio de la Torre, “Cuentas de Gonzalo de Baeza, tesorero de Isabel la Católica”, II (Madrid, 1956), pp. 10, 11, 12, 15 y 19.
  11. Sirvan de corto ejemplo, las que dio a su nuera la infanta Margarita, hija del emperador Maximiliano, cuando vino a casarse con su hijo y príncipe heredero don Juan (“Libro de joyas de oro e plata, perlas e piedras e otras cosas de la cámara de la...Excelente doña Margarita, princesa de Castilla. Entregadas en Granada”, 28-IX-1499, con especifica¬ción de las que habían dado sus suegros los reyes don Fernando y doña Isabel. AGS. PR. Leg. 56, fol. 9; ed. L. Suárez Fernández, “Política internacional de Isabel la Católica”, Valladolid, 1972, vol. V, doc. 117, pp. 399-433).
    Y las que había de dar, en sus respectivos casamientos, a sus hijas Juana, María y Catalina, etc.; de todo lo cual es generoso el Archivo de Simancas. Y todas las que aparecerán, finalmente, en la testamentaría de la Reina para pagar deudas, etc. Sobre este tema de las “Joyas de las Reina”: Cf. C. Fernández-Duro, “Tradiciones infundadas... las joyas de Isabel la Católica, etc.” Madrid 1888; Francisco Martínez y Martínez, “El descubrimiento de América y las joyas de la Reina Católica”, Valencia, 1916, E. Salinas, “El descubrimiento de América y las joyas de la Reina Católica”, en “Unión Ibero-Americana” XXXII (1908), p. 16.
  12. El lienzo del pintor José Moreno Carbonero que representa a la Reina ofreciendo a Santángel un cofre de joyas, es una idealización de las joyas que solamente fueron ofrecidas para el descubrimiento, pero no entregadas.
  13. Un estudio sobre la “Hermandad de Castilla” en estos años, con documentación de Simancas: Cf. Tarsicio de Azcona, “Isabel la Católica”, Madrid, 1964, cap. V, pp. 336-339.
  14. Francisco Sevillano Colom, “Las empresas nacionales de los Reyes Católicos y la aportación económica de la ciudad de Valencia”, en “Hispania” 14 (1954), p. 548.
  15. Aparece como «obispo de Ávila y administrador de Granada», nombrando arcediano de Loja, cerca de Gra¬nada, el 15 de mayo de 1492; asimismo nombrando un canónigo “de la iglesia catedral de Granada” (de novísima erección), en 1492, sin mes ni día (AGS.-Rgs.,15-V-92, fol. 168; Catál. vol. IX, Valladolid, 1965, n.° 1631, pág. 355 y respectivamente, año 1492, sin mes ni día, id. fol. 188, Catál. vol. IX, n.° 3.644, p. 608). Fray Hernando de Talavera fue preconizado arzobispo de Granada, el 23 de enero de 1493 (C. Eubel, “Hierarchia Catholica Medii Aevi”, II, Monasterii MDCCCCXIV, p. 161).
  16. “Testamento de la Reina” (AGS, PR, Leg. 30, n.°2, fol. 5 r; ed. facsímil de la Dirección General de Archivos... (Madrid, 1969), cláusula XXVI, p. 31). Cf. M. Andrés Martín, “El dinero de los Rey es Católicos para el descubrimiento de América”, en AIA, 47 (1987), pp. 3-55 (Texto del libramiento, p. 37). La cláusula identifica el patrimonio real con el del Reino.
  17. 1492/1493. “«Diario de a bordo», de don Cristóbal Colón, extractado por fray Bartolomé de Las Casas”, ff. 1 y 2. “Prólogo”. Ed. facsímil y transcripción de Carlos Sanz, “Biblioteca Americana Vetustissima. Diario de Colón. Libro de la primera navegación y descubrimiento de las Indias”, Madrid, 1962. Prólogo. (CIC, tomo XIII, doc. 1534, pp. 44-46).
  18. “Diario de a bordo”, martes 27 de diciembre de 1492. BN, Ms. V. 6, n. 7, fol. 30 r. (Y en id. id., R. 21-23). Ed. facsímil de Carlos Sanz y transcripción, Madrid, 1962, fol. 30.
  19. Ver documento anterior citado.
  20. “Memorial de Colón a los Reyes”, en Duquesa de Berwik y Alba, “Nuevos autógrafos de Colón”, Madrid, 1901, p. 27.
  21. Traslado legalizado del testimonio autorizado que, por orden de los Reyes se dio a Colón, de algunas cartas de merced, privilegios y confirmaciones que tenían los Almirantes de Castilla. Burgos, 23 de abril de 1497 (Archivo de Veragua, en AGÍ, Patr. 295, n.° 28; edic. de Pérez Bustamante, “Libro de los Privilegios del Almirante don Cristóbal Colón” (1498), Madrid, 1951, pp. 3-26. Publicado ya en el siglo XIX por Martín Fernández Navarrete, en su “Colec¬ción de los viajes y descubrimientos” (Reedición de la BAE, tomo LXXXV, Madrid, 1954, pp. 262-295).
  22. El primero de los Enriquez, don Fadrique, es hijo del rey de Castilla Alfonso XI (Nuria Coll Julia, “Doña Juana Enríquez”, I, Madrid, 1953, p. 72: “Genealogía”).
  23. Nuria Coll Julia, o.c., I, p. 76.
  24. “Merced del tercio” al Almirante por el Rey don Juan II de Castilla, padre de Isabel: “Tengo por bien que todas las ganancias que mi Almirante Mayor hubiere e ficiere en la mi flota, e por la mar, que haya yo las dos partes; e el di¬cho Almirante, la tercia parte” (Documentos del Almirantazgo, D. Juan II, Valladolid, 17 agosto 1416; en AGI, Patr. 295, n.° 98. Edic. Pérez Bustamante, “Libro de los Privilegios”, p. 12; M. Fernández Navarrete, I, pp. 264-265. Docu¬mentos mandados sacar por la reina Isabel del Archivo de los Almirantes de Castilla).
  25. “Real Cédula” a Francisco de Soria, Lugarteniente del Almirante de Castilla, para que entregue a Colón un traslado de los privilegios del Almirantazgo. Burgos, 23 de abril de 1497 (“Libro de los Privilegios”, en AGÍ, Patr. 295, n.° 98, doc. 1; ed. Pérez Bustamante, pp. 3-4).
  26. Ciríaco Pérez Bustamente, “Libro de los Privilegios...” Ed. Madrid 1951. Estudio preliminar, p. XXV. Reite ra Colón en 1504: “en el libro de los privilegios... va también aclarado la razón porqué yo he de haber el tercio, ochavo y diezmo” (Carta a su hijo Diego, 13 de diciembre de 1504, en Archivo de Veragua, AGÍ, Part. 295, n°54. Autógrafa).
  27. “Memorial de Colón a los Reyes”, en Duquesa de Berwik y Alba, “Nuevos autógrafos de Colón” (Madrid, 1901), p. 26.
  28. “Memorial de Colón...”ut supra.
  29. “Carta a su hijo Diego”. Sevilla, 13 de diciembre de 1504 (Archivo de Veragua, en AGÍ, Part. 295, n.° 54. Autógrafa).
  30. 1495, abril 16. Madrid. “Carta de los Reyes mandando al obispo de Badajoz retener el producto de la venta de los indios que envió el Almirante, hasta consultar y estar seguros de si podrán o no venderlos”. AGÍ, Patr., Leg. 9, R° 1, ff. 85v-86r. Ed. Martín Fernández Navarrete, “Colección de viajes y descubrimientos...”, II, Madrid, 1859, p. 195; Antonio Rumeu de Armas, “Política indigenista de Isabel la Católica”, Valladolid, 1969, doc. 77, pp. 314-315 (CIC, tomo XIII, doc. 1571, pp. 204-205).

BIBLIOGRAFÍA

A lo largo de la exposición, en las notas, se hace referencia a fuentes, archivos, bibliotecas y autores citados. La vasta bibliografía sobre Isabel la Católica y sobre este periodo histórico fundamental de la historia de España y en su relación con el tema del Descubrimiento y Evangelización del Continente Americano se encuentra señalada entre otros lugares en: Congregatio de Causis Sanctorum, “Vallisoletan. Beatificationis SD Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio Super Vita, Virtutibus et Fama Sanctitatis ex Officio Historico Concinata”, n.221.Vallisoleti 1990, 1074 pp., con una extensa Bibliografía, pp. 981-1005 [sigla “Positio Isabel”]; y en la importante biografía de T. De Azcona, “Isabel la Católica”, Madrid, 1964; así como en las notas de este artículo que ofrecen una abundante referencia documental de Archivos y Bibliotecas, así como de otras obras específicas sobre los temas referidos. Dirección General de Archivos y Bibliotecas, “Testamento y Codicilo de la reina Isabel la Católica, 12 de octubre y 23 de noviembre de 1504”, ed. facsímil (Madrid 1969); V. D. Sierra, “El sentido misional de la conquista de América” (Buenos Aires 1942); C. Bayle, “Ideales misioneros de los Reyes Católicos, en Missionalia Hispanica” 9 (1952) 233-75; V. Rodríguez Valencia, “Isabel la Católica y la libertad de los Indios”, en Anthologicaannua 24-25 (1977-1978) 645-80; Rafael del Valle Curieses, “El reinado de Isabel “La Católica” a la luz de los documentos del Archivo Municipal de Palencia”, Instituto “Tello Téllez de Meneses”. Diputación Provincial, Palencia 2007. Para los Documentos Pontificios: J. Metzler, OMI, “America Pontificia” (3 vol.), EDV 1991. En el Vol. I, pp. 47-67: da una bibliografía histórica importante sobre el argumento.

Notamos que en los textos documentales citados los transcribimos tal cual aparecen en los documentos en sus aspectos gramaticales y sintácticos de la lengua castellana usada entonces.

© VALLISOLETAN. Beatificationis SD Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio Super Vita, Virtutibus et Fama Sanctitatis ex Officio Historico Concinata, n.221.Vallisoleti 1990, 647-706.