Diferencia entre revisiones de «COLOMBIA; Bolívar frente a la Iglesia»

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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A propósito de las críticas de clérigos y prelados a la participación de las tropas de Simón Bolívar en los conflictos internos de la primera república, conviene aclarar el pensamiento del libertador en materia religiosa. En contraposición a las posiciones generalmente sostenidas por sus contemporáneos, la posición de Bolívar es bastante más compleja, casi moderna, en cuanto a la no confesionalidad del Estado, pero bastante tradicional con respecto de la necesidad de mantener el régimen del patronato y del reconocimiento del peso del clero católico en la sociedad colombiana.
 
A propósito de las críticas de clérigos y prelados a la participación de las tropas de Simón Bolívar en los conflictos internos de la primera república, conviene aclarar el pensamiento del libertador en materia religiosa. En contraposición a las posiciones generalmente sostenidas por sus contemporáneos, la posición de Bolívar es bastante más compleja, casi moderna, en cuanto a la no confesionalidad del Estado, pero bastante tradicional con respecto de la necesidad de mantener el régimen del patronato y del reconocimiento del peso del clero católico en la sociedad colombiana.
  
Por un lado, el libertador estaba convencido de la importancia política de la jerarquía  católica en la política interna, y del reconocimiento de la Santa Sede en el nivel internacional. En ese sentido, no escatimó esfuerzos por ganarse las simpatías de los obispos más partidarios de la causa realista, tales como Salvador Jiménez de Enciso, obispo de Popayán, y Rafael Lasso de la Vega, obispo de Mérida y Maracaibo, lo que logró gracias a la revolución de Riego en España, cuyo carácter más radical y anticlerical subrayaba.
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Por un lado, el libertador estaba convencido de la importancia política de la jerarquía  católica en la política interna, y del reconocimiento de la Santa Sede en el nivel internacional. En ese sentido, no escatimó esfuerzos por ganarse las simpatías de los obispos más partidarios de la causa realista, tales como Salvador Jiménez de Enciso, obispo de Popayán, y Rafael Lasso de la Vega, obispo de Mérida y Maracaibo, lo que logró gracias a la revolución de Riego en España, cuyo carácter más radical y anticlerical subrayaba.<ref>José Restrepo Posada, (1950): “La Iglesia y la Independencia”, en Curso Superior de Historia de Colombia, 1781-1850, Academia Colombiana de Historia, Bogotá, 1950, pp., 419-423.</ref>
  
 
Por eso impulsó el restablecimiento de las relaciones con Roma y, gracias al apoyo de Lasso de la Vega, se logró que la Santa Sede, sin pronunciarse sobre el tema del patronato eclesiástico ni sobre el reconocimiento diplomático de las nuevas naciones, preconizara como obispos, en octubre de 1826, a los candidatos sugeridos por el gobierno colombiano: Fernando Caicedo y Flóres como arzobispo de Santa Fe, Ramón Ignacio Méndez como arzobispo de Caracas, José María Estévez como obispo de Santa Marta, fray Mariano Garnica, O. P. como obispo de Antioquia, Manuel Santos Escobar para Quito, Félix Calixto Miranda para Cuenca y Matías Terrazas para auxiliar de Charcas.  
 
Por eso impulsó el restablecimiento de las relaciones con Roma y, gracias al apoyo de Lasso de la Vega, se logró que la Santa Sede, sin pronunciarse sobre el tema del patronato eclesiástico ni sobre el reconocimiento diplomático de las nuevas naciones, preconizara como obispos, en octubre de 1826, a los candidatos sugeridos por el gobierno colombiano: Fernando Caicedo y Flóres como arzobispo de Santa Fe, Ramón Ignacio Méndez como arzobispo de Caracas, José María Estévez como obispo de Santa Marta, fray Mariano Garnica, O. P. como obispo de Antioquia, Manuel Santos Escobar para Quito, Félix Calixto Miranda para Cuenca y Matías Terrazas para auxiliar de Charcas.  
  
Con ocasión de estos nombramientos, Bolívar pronunció en Bogotá su célebre brindis sobre las relaciones entre Iglesia y Estado, que señalaba que los prelados nombrados eran “nuestros vínculos sagrados con el cielo y con la tierra”. Pide que sean ellos “nuestros maestros y los modelos de la Religión y de las virtudes políticas. La reunión del incensario con la espada de la Ley es la verdadera arca de la alianza”.  
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Con ocasión de estos nombramientos, Bolívar pronunció en Bogotá su célebre brindis sobre las relaciones entre Iglesia y Estado, que señalaba que los prelados nombrados eran “nuestros vínculos sagrados con el cielo y con la tierra”. Pide que sean ellos “nuestros maestros y los modelos de la Religión y de las virtudes políticas. La reunión del incensario con la espada de la Ley es la verdadera arca de la alianza”.<ref>José Manuel Groot, 1870: Historia Eclesiástica y Civil de la Nueva Granada, Imprenta de Medardo Rivas, Bogotá, tomo III, p.487.</ref>
  
 
La medida de León XII de nombrar «motu proprio» como obispos a los candidatos presentados por el nuevo gobierno significaba, en la práctica, un intento de suavizar la condena proferida por su antecesor Pío VII en la encíclica «Etsi Longissimo», pero sin pronunciarse sobre la legitimidad de los nuevos gobiernos republicanos, ni reconocer el derecho de patronato a sus gobernantes.  
 
La medida de León XII de nombrar «motu proprio» como obispos a los candidatos presentados por el nuevo gobierno significaba, en la práctica, un intento de suavizar la condena proferida por su antecesor Pío VII en la encíclica «Etsi Longissimo», pero sin pronunciarse sobre la legitimidad de los nuevos gobiernos republicanos, ni reconocer el derecho de patronato a sus gobernantes.  
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La medida papal fue muy oportuna porque la cancillería estaba ya pensando en un Neopatronato colombiano y amenazar con un cisma nacional si Roma no respondía en un plazo límite. La nota de Rafael Revenga a Ignacio Sánchez de Tejada del 9 de marzo de 1826, ordenada por el vicepresidente Santander, le ordenaba fijar un plazo hasta el 15 de septiembre para responder a la propuesta de preconización de obispos: de lo contrario, la Iglesia colombiana buscaría “el remedio en sí misma y el gobierno no puede ni deberá impedirlo”.  
 
La medida papal fue muy oportuna porque la cancillería estaba ya pensando en un Neopatronato colombiano y amenazar con un cisma nacional si Roma no respondía en un plazo límite. La nota de Rafael Revenga a Ignacio Sánchez de Tejada del 9 de marzo de 1826, ordenada por el vicepresidente Santander, le ordenaba fijar un plazo hasta el 15 de septiembre para responder a la propuesta de preconización de obispos: de lo contrario, la Iglesia colombiana buscaría “el remedio en sí misma y el gobierno no puede ni deberá impedirlo”.  
  
El mismo Bolívar había reiterado esa posición en instrucciones transmitidas a Sánchez de Tejada el 7 de diciembre de 1826, que ordenaban persistir en las amenazas de cisma, pero aclarando que el gobierno era inocente y que procedería de acuerdo con los otros países americanos. En la misma línea, siguiendo las sugerencias del abate de Pradt, el Congreso anfictiónico de Panamá había discutido, el 22 de junio de 1826, la propuesta de realizar un concordato continental, que reconociera la autonomía de la Iglesia hispanoamericana y creara patriarcados en cada una de sus naciones. Pero, Sánchez de Tejada optó por asumir una actitud más diplomática, porque era consciente de los cambios que se vislumbraban en el ambiente vaticano.  
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El mismo Bolívar había reiterado esa posición en instrucciones transmitidas a Sánchez de Tejada el 7 de diciembre de 1826, que ordenaban persistir en las amenazas de cisma, pero aclarando que el gobierno era inocente y que procedería de acuerdo con los otros países americanos. En la misma línea, siguiendo las sugerencias del abate de Pradt, el Congreso anfictiónico de Panamá había discutido, el 22 de junio de 1826, la propuesta de realizar un concordato continental, que reconociera la autonomía de la Iglesia hispanoamericana y creara patriarcados en cada una de sus naciones. Pero, Sánchez de Tejada optó por asumir una actitud más diplomática, porque era consciente de los cambios que se vislumbraban en el ambiente vaticano.<ref>Alfonso María Pinilla Cote, 1969, “Relaciones de Colombia con la Santa Sede de 1810 a 1835”, en Iglesia y Estado en Colombia. Sus relaciones desde la colonia hasta nuestros días, Academia Colombiana de Historia Eclesiástica, Medellín, pp. 32-37. El contenido de este capítulo es ampliado por el mismo autor en su libro, Alfonso María Pinilla Cote, 1988.  Del Vaticano a la Nueva Granada, La internunciatura de monseñor Cayetano Alofi en Bogotá, 1837-1842, Biblioteca de la presidencia de la República, Bogotá, pp.60-76.</ref>
 
    
 
    
 
Bolívar aprovechó la carta de agradecimiento al papa León XII por el nombramiento de los obispos para insistir en la necesidad de mantener el régimen del patronato en manos de los nuevos gobernantes de la joven república. Su misiva, fechada el 7 de noviembre de 1828, después de señalar los beneficios que se redundaban de esa medida y de recordar que todavía quedaban vacantes las sedes de Quito y Guayana, notifica al papa que el gobierno colombiano se había declarado en ejercicio del patronato con el fin de proteger más eficazmente a las iglesias, siempre de acuerdo a la disciplina que las ha regido desde su fundación.  
 
Bolívar aprovechó la carta de agradecimiento al papa León XII por el nombramiento de los obispos para insistir en la necesidad de mantener el régimen del patronato en manos de los nuevos gobernantes de la joven república. Su misiva, fechada el 7 de noviembre de 1828, después de señalar los beneficios que se redundaban de esa medida y de recordar que todavía quedaban vacantes las sedes de Quito y Guayana, notifica al papa que el gobierno colombiano se había declarado en ejercicio del patronato con el fin de proteger más eficazmente a las iglesias, siempre de acuerdo a la disciplina que las ha regido desde su fundación.  

Revisión del 21:56 25 nov 2018

A propósito de las críticas de clérigos y prelados a la participación de las tropas de Simón Bolívar en los conflictos internos de la primera república, conviene aclarar el pensamiento del libertador en materia religiosa. En contraposición a las posiciones generalmente sostenidas por sus contemporáneos, la posición de Bolívar es bastante más compleja, casi moderna, en cuanto a la no confesionalidad del Estado, pero bastante tradicional con respecto de la necesidad de mantener el régimen del patronato y del reconocimiento del peso del clero católico en la sociedad colombiana.

Por un lado, el libertador estaba convencido de la importancia política de la jerarquía católica en la política interna, y del reconocimiento de la Santa Sede en el nivel internacional. En ese sentido, no escatimó esfuerzos por ganarse las simpatías de los obispos más partidarios de la causa realista, tales como Salvador Jiménez de Enciso, obispo de Popayán, y Rafael Lasso de la Vega, obispo de Mérida y Maracaibo, lo que logró gracias a la revolución de Riego en España, cuyo carácter más radical y anticlerical subrayaba.[1]

Por eso impulsó el restablecimiento de las relaciones con Roma y, gracias al apoyo de Lasso de la Vega, se logró que la Santa Sede, sin pronunciarse sobre el tema del patronato eclesiástico ni sobre el reconocimiento diplomático de las nuevas naciones, preconizara como obispos, en octubre de 1826, a los candidatos sugeridos por el gobierno colombiano: Fernando Caicedo y Flóres como arzobispo de Santa Fe, Ramón Ignacio Méndez como arzobispo de Caracas, José María Estévez como obispo de Santa Marta, fray Mariano Garnica, O. P. como obispo de Antioquia, Manuel Santos Escobar para Quito, Félix Calixto Miranda para Cuenca y Matías Terrazas para auxiliar de Charcas.

Con ocasión de estos nombramientos, Bolívar pronunció en Bogotá su célebre brindis sobre las relaciones entre Iglesia y Estado, que señalaba que los prelados nombrados eran “nuestros vínculos sagrados con el cielo y con la tierra”. Pide que sean ellos “nuestros maestros y los modelos de la Religión y de las virtudes políticas. La reunión del incensario con la espada de la Ley es la verdadera arca de la alianza”.[2]

La medida de León XII de nombrar «motu proprio» como obispos a los candidatos presentados por el nuevo gobierno significaba, en la práctica, un intento de suavizar la condena proferida por su antecesor Pío VII en la encíclica «Etsi Longissimo», pero sin pronunciarse sobre la legitimidad de los nuevos gobiernos republicanos, ni reconocer el derecho de patronato a sus gobernantes.

Las presiones diplomáticas del gobierno español habían impedido que el papa reconociera carácter diplomático al enviado por el gobierno colombiano, Ignacio Sánchez de Tejada, a quien ni siquiera se le permitió residir permanentemente en Roma, por lo que tuvo que fijar su domicilio en Florencia.

La medida papal fue muy oportuna porque la cancillería estaba ya pensando en un Neopatronato colombiano y amenazar con un cisma nacional si Roma no respondía en un plazo límite. La nota de Rafael Revenga a Ignacio Sánchez de Tejada del 9 de marzo de 1826, ordenada por el vicepresidente Santander, le ordenaba fijar un plazo hasta el 15 de septiembre para responder a la propuesta de preconización de obispos: de lo contrario, la Iglesia colombiana buscaría “el remedio en sí misma y el gobierno no puede ni deberá impedirlo”.

El mismo Bolívar había reiterado esa posición en instrucciones transmitidas a Sánchez de Tejada el 7 de diciembre de 1826, que ordenaban persistir en las amenazas de cisma, pero aclarando que el gobierno era inocente y que procedería de acuerdo con los otros países americanos. En la misma línea, siguiendo las sugerencias del abate de Pradt, el Congreso anfictiónico de Panamá había discutido, el 22 de junio de 1826, la propuesta de realizar un concordato continental, que reconociera la autonomía de la Iglesia hispanoamericana y creara patriarcados en cada una de sus naciones. Pero, Sánchez de Tejada optó por asumir una actitud más diplomática, porque era consciente de los cambios que se vislumbraban en el ambiente vaticano.[3]

Bolívar aprovechó la carta de agradecimiento al papa León XII por el nombramiento de los obispos para insistir en la necesidad de mantener el régimen del patronato en manos de los nuevos gobernantes de la joven república. Su misiva, fechada el 7 de noviembre de 1828, después de señalar los beneficios que se redundaban de esa medida y de recordar que todavía quedaban vacantes las sedes de Quito y Guayana, notifica al papa que el gobierno colombiano se había declarado en ejercicio del patronato con el fin de proteger más eficazmente a las iglesias, siempre de acuerdo a la disciplina que las ha regido desde su fundación.

Por petición de las mismas iglesias, se han llenado las vacantes y beneficios de modo que “la Religión se conserva pura y como la recibimos de nuestros padres, por el cuidado, por la vigilancia y protección del gobierno”. Por todo ello, espera que el Papa ratifique esa concesión, “atendidas tan justas razones”.

Y, en las instrucciones enviadas anteriormente a Sánchez de Tejada, Bolívar le había pedido que insistiera sobre el asunto y mostrara las medidas favorables a la Iglesia que había tomado en su dictadura. En las instrucciones de Santander a Sánchez de Tejada, se partía de que “las extraordinarias pretensiones de los papas” en relación con el poder temporal no tenía asidero en la historia de “los tiempos primitivos de la Iglesia”, sino que era el producto de la ignorancia y el interés de algunos reyes de buscar su apoyo.

Ahora, “la ilustración prodigiosamente difundida por medio de la imprenta ha ido disipando las densas tinieblas…, los pueblos han ido recuperando sus derechos usurpados… y los mismos reyes han venido por último a reconocer que, por su propio decoro y dignidad, debían emanciparse de algún modo de una autoridad terrible que con su espada de dos filos pretendía regir el universo”.

Por eso, es necesario “desmembrar su autoridad temporal de la espiritual, que le compete por derecho divino”. En ese contexto, “se desea con ansia una declaración más clara y positiva que haga recaer en el gobierno actual el ejercicio de aquellas facultades de que usaron francamente los reyes de España”, ya que el gobierno actual “ha cumplido religiosamente los deberes del patronato de la Iglesia”.

Esta mentalidad marcadamente regalista de Santander y Bolívar contrasta con las ideas del libertador sobre la tolerancia religiosa del Estado, opuestas a un confesionalismo nacional. Sin embargo, su reconocimiento del influjo social de la Iglesia católica en el país se refleja en la contestación que dio a un viajero norteamericano, que le preguntaba en 1824 su posición sobre la tolerancia religiosa:

“Cuando se formó la Constitución de Colombia, conociendo que no sería admitida la tolerancia de ninguna otra religión sino la católica, puse yo cuidado en que no se dijese nada sobre religión, de manera que, como no hay una cláusula que prescriba la forma de culto, los extranjeros adoran a Dios como les parece. El pueblo de Colombia no se halla preparado todavía para ningún cambio en materia de religión. Los sacerdotes tienen grande influencia en las gentes ignorantes. La libertad religiosa debe ser consecuencia de las instituciones liberales y de un sistema de educación general”.

En 1826, explaya Bolívar su pensamiento sobre las relaciones entre Iglesia y Estado al explicar por qué la constitución no debe prescribir un culto religioso: la Religión no toca los derechos fundamentales civiles y políticos, sino que es de “naturaleza indefinible en el orden social y pertenece a la moral intelectual. La Religión gobierna al hombre en la casa, en el gabinete, dentro de sí mismo, solo ella tiene derecho a examinar su conciencia íntima. Las Leyes, por el contrario, miran la superficie de las cosas; no gobiernan sino fuera de la casa del ciudadano. Aplicando estas consideraciones, ¿podrá un Estado regir la conciencia de los súbditos, velar sobre el cumplimiento de las leyes religiosas, y dar el premio o castigo, cuando los tribunales están en el cielo, y cuando Dios es el juez?”

Según el libertador, una ley sobre la religión la anularía porque le quita el mérito a la fe al imponer “la necesidad al deber”: todos debemos profesar los preceptos y los dogmas sagrados, que “son útiles, luminosos y de evidencia metafísica,(…), mas este deber es moral, no político”.

Opina Bolívar que, al ser de jurisdicción divina los derechos del hombre hacia la Religión, le “parece a primera vista sacrílego y profano mezclar nuestras ordenanzas con los mandamientos del Señor. Prescribir, pues, la Religión, no toca al legislador, porque éste debe señalar penas a las infracciones de las leyes, para que no sean meros consejos. No habiendo castigos temporales, ni jueces que los apliquen, la ley deja de ser ley (…) el hombre apoya su religión en las verdades reveladas, y profesa de hecho la Religión, que es tanto más eficaz cuanto que la ha adquirido por investigaciones propias.

Además, los padres de familia no pueden descuidad el deber religioso hacia sus hijos. Los pastores espirituales están obligados a enseñar la ciencia del Cielo (…) pero la moral no se manda, ni el que manda es el maestro, ni la fuerza debe emplearse en dar consejos. Dios y sus Ministros son las autoridades de la Religión que obra por medios y órdenes exclusivamente espirituales; pero de ningún modo el Cuerpo Nacional, que dirige el Poder Público a objetos puramente temporales”.

Algunos autores, como monseñor Rafael Gómez Hoyos, han subrayado la cercanía de algunas de estas ideas a las enseñanzas del Concilio Vaticano II, especialmente al decreto «Dignitatis humanae» sobre la libertad religiosa, con el que hace una comparación. Sin embargo, hay que anotar que algunas de sus expresiones pueden interpretarse como tendientes a relegar la religión al ámbito meramente privado, negándole todo influjo en la vida pública.

Hay que precisar también que las ideas de Bolívar no tuvieron mucho éxito, pues los Congresos posteriores al de Cúcuta dieron pasos progresivos hacia cierto confesionalismo religioso por parte del Estado, y luego hacia el establecimiento de un neopatronato del Estado sobre la Iglesia.

Por otra parte, hay que recordar que el propio Bolívar no fue siempre consecuente con estas ideas, que fue cambiando por la fuerza de las circunstancias. Así, el decreto orgánico de la dictadura establece, el 27 de agosto de 1828, la protección de la religión católica por parte del Estado, como la religión de los colombianos. La misma postura aparece en el Congreso Admirable de 1830: en el mensaje del Libertador a los congresistas de 1830 les encarece la protección de la religión católica.


NOTAS

BIBLIOGRAFÍA

CARNICELLI Américo, 1975, Historia de la masonería colombiana, Bogotá, sin pie de imprenta, tomo I


GÓMEZ HOYOS Rafael, “La Iglesia y el Estado en el Congreso de Cúcuta”, en 1972: El Congreso Grancolombiano de Historia, Editorial Kelly, Bogotá

GROOT José Manuel, 1953: Historia Eclesiástica y Civil de la Nueva Granada, Biblioteca de Autores Colombianos, BAC, Bogotá, tomo III

LECUNA Vicente, 1979, Simón Bolívar, Obras Completas, Andaquí Impresores, Bogotá,

PINILLA COTE Alfonso María, 1988. Del Vaticano a la Nueva Granada, La internunciatura de monseñor Cayetano Alofi en Bogotá, 1837-1842, Biblioteca de la presidencia de la República, Bogotá

RESTREPO POSADA José, (1950): “La Iglesia y la Independencia”, en Curso Superior de Historia de Colombia, 1781-1850, Academia Colombiana de Historia, Bogotá,



FERNÁN E. GONZÁLEZ G., S.I. © CELAM – Santa Fe de Bogotá

  1. José Restrepo Posada, (1950): “La Iglesia y la Independencia”, en Curso Superior de Historia de Colombia, 1781-1850, Academia Colombiana de Historia, Bogotá, 1950, pp., 419-423.
  2. José Manuel Groot, 1870: Historia Eclesiástica y Civil de la Nueva Granada, Imprenta de Medardo Rivas, Bogotá, tomo III, p.487.
  3. Alfonso María Pinilla Cote, 1969, “Relaciones de Colombia con la Santa Sede de 1810 a 1835”, en Iglesia y Estado en Colombia. Sus relaciones desde la colonia hasta nuestros días, Academia Colombiana de Historia Eclesiástica, Medellín, pp. 32-37. El contenido de este capítulo es ampliado por el mismo autor en su libro, Alfonso María Pinilla Cote, 1988. Del Vaticano a la Nueva Granada, La internunciatura de monseñor Cayetano Alofi en Bogotá, 1837-1842, Biblioteca de la presidencia de la República, Bogotá, pp.60-76.