Diferencia entre revisiones de «MUNGUÍA Y NÚÑEZ, Clemente de Jesús»

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda
Línea 1: Línea 1:
  
(Michoacán, 1810 – Roma, 1868)
+
'''(Michoacán, 1810 – Roma, 1868)'''
 +
 
  
 
==Arzobispo==
 
==Arzobispo==

Revisión del 16:36 21 may 2014

(Michoacán, 1810 – Roma, 1868)


Arzobispo

Clemente de Jesús nació en el poblado de Los Reyes, en el Estado de Michoacán, el 21 de noviembre de 1810[1]. Sus padres fueron Benito Munguía –un comerciante que había desempeñado algunos cargos municipales y que tenía en su casa una tienda de abarrotes- y Guadalupe Núñez. Fue hijo único hasta que, después de la muerte de su madre, su padre y su madrastra –Josefa Cárdenas- tuvieron un niño que murió todavía siendo pequeño[2].

El futuro prelado estudió durante sus primeros años en la escuela de Los Reyes, donde por sus notas sobresalió entre sus compañeros. Al llegar a la adolescencia fue enviado por su padre a Zamora para ocupar un modesto empleo como dependiente y así aprender del oficio mercantil. Durante su estadía en esta ciudad fue recibido en la casa de los hermanos Francisco y Toribio Robles; el primero de ellos era sacerdote y el segundo era comerciante, de manera que con este último comenzó a instruirse en el ámbito del comercio al convertirse en su dependiente[3]. Sin embargo, era mayor la predilección que el joven sentía hacia las letras, por lo que aprovechó la biblioteca del presbítero Robles para avanzar en sus estudios. De este modo, Clemente de Jesús se inició por propia cuenta en dicha carrera, ayudado posteriormente por el rector del seminario de Morelia, Ángel Mariano Morales y Jasso a través de una ‘beca de gracia’ debido a que la situación económica de su familia no permitía solventar sus estudios[4].

En Zamora también conoció y se hizo amigo de Pelagio Antonio Labastida y Dávalos, originario de esta ciudad y futuro obispo de Puebla y arzobispo de México. La amistad que surgió entre estos dos personajes y entre sus familias fue muy cercana y continuó hasta la muerte de Mons. Munguía: “(…) recibió los postreros auxilios espirituales de manos del arzobispo Labastida, su colega en el Episcopado y en la defensa de la Iglesia, y a quien consideraba como hermano «por haber vivido siempre con él» antes y después de sus estudios y durante su carrera profesional”[5].

A raíz del polémico proceso electoral de 1829 celebrado para elegir al Tercer Congreso Constitucional de Michoacán, reclamó y demostró las irregularidades con que procedían algunas autoridades, suceso que le valió un arresto y la acusación de conspirador.

En febrero de 1830 ingresó al seminario Tridentino de San Pedro (Morelia) donde cursó la carrera de derecho, en menos tiempo del usual –debido al estudio adicional que por su cuenta realizaba- y con las mejores calificaciones. Siendo aún estudiante fue designado catedrático de Lengua Castellana, Bella Literatura y Sintaxis y Prosodia Latinas. Finalmente obtuvo el título de abogado por unanimidad el 19 de mayo de 1838.

Poco después de haberse recibido como abogado, abrió en la ciudad de Morelia un bufete jurídico en sociedad con Ignacio Aguilar y Marocho, compañero suyo en el seminario y futuro miembro connotado del partido conservador. También en Morelia desempeñó los cargos de Vocal de la Junta Inspectora de Instrucción Primaria y de Juez de Distrito, encargándose en este último de los negocios de Hacienda Pública y auditoría de Guerra.

A pesar de los éxitos que obtuvo en Morelia como abogado durante dos años y medio, decidió trasladarse a la capital del país en compañía de su practicante Estanislao Herrera para abrir ahí un bufete en sociedad con el destacado abogado Francisco Molinos del Campo. Durante su estadía en la ciudad de México ingresó, junto con su antiguo socio y compañero Aguilar y Morocho, a la Academia de San Juan de Letrán. Tiempo después, nostálgico por su anterior vida en el seminario e impulsado finalmente por la inesperada muerte de su practicante Herrera a causa de la viruela, decidió regresar a Morelia con el objetivo de estudiar la carrera eclesiástica y posteriormente ordenarse sacerdote[6].

Recibió finalmente la ordenación sacerdotal el 16 de mayo de 1841 de manos de Mons. Juan Cayetano Gómez de Portugal, su predecesor en la silla arzobispal. Ese mismo año regresó a impartir la cátedra de Jurisprudencia al seminario de Morelia y dos años después, el 8 de junio de 1843, a la muerte del rector Mariano Rivas, fue nombrado para sucederle. En esa misma época fue elegido canónigo provisor y vicario general del Obispado de Michoacán. Se mantuvo en el rectorado hasta su nombramiento como obispo.

Como rector, el padre Munguía puso en marcha una estrategia para continuar con el crecimiento del ya próspero seminario. Su pretensión fue elaborar un plan de estudios completo, metódico y progresivo, que abarcara todos los ramos propios de la naturaleza del establecimiento, desarrollara las facultades mentales de los alumnos y que fuera conforme a las exigencias filosóficas, políticas y literarias del siglo en que se vivía [7]. El seminario había recibido especial atención desde el inicio de la gestión de Mons. Gómez de Portugal (1831-1850) al frente de la diócesis michoacana, la cual había permanecido sin pastor durante 22 años a causa de los conflictos derivados del proceso independentista. El padre Munguía formó parte de aquel movimiento reformador del colegio seminario. Su gestión como rector llevó al seminario a su apogeo tanto en la instrucción, como en la educación física, moral y religiosa de los alumnos, además del aumento y mejoras de la infraestructura[8].

El interés del padre Munguía por la instrucción brindada en su seminario se reflejó también en los textos escolares, cuyo contenido fue revisado, mostrando preferencia por aquellos de mayor uso y prestigio en el extranjero; cuando no se podía disponer de ellos, o era necesario hacer alguna modificación, los propios catedráticos imprimieron las correspondientes adaptaciones, o bien, sus propios textos. En esta labor sobresalió él mismo produciendo obras literarias y filosóficas, las cuales fueron adoptadas en varias instituciones educativas del país[9].

Por otro lado, llevó una excelente relación con las autoridades políticas mexicanas, tanto con el Supremo Gobierno de la República como con los gobiernos de los estados que conformaban su diócesis –Michoacán y Guanajuato-, hasta su nombramiento como prelado: a la muerte del obispo Portugal, fue elegido el padre Munguía como su sucesor, quien en ese momento fungía como Vicario General. La manera en que llegó al obispado fue un caso típico de aquellos tiempos de indefinición en las relaciones entre la Santa Sede y el Estado en México: a pesar de la inexistencia de una concesión formal de la primera al segundo sobre el derecho de presentación, su candidatura fue presentada a Roma por el gobierno mexicano, después de haber sido propuesto por el cabildo diocesano al presidente del país, y elegido a su vez por éste para ser nombrado por el Papa.

S.S. Pío IX le otorgó el nombramiento de Obispo de Michoacán en el consistorio del 3 de octubre de 1850. Sin embargo, las bulas papales, indispensables para tomar posesión de su sede y ser consagrado, serían entregadas al prelado por el gobernador del Estado de Michoacán, el Licenciado Gregorio Ceballos, después de la toma del juramento del prelado electo. La razón de este acto se encuentra en que los obispos eran considerados como funcionarios dentro de la Constitución de 1824, y como tales, estaban obligados a guardar y hacer guardar la Carta Magna.

Así pues, al llegar el día fijado para el juramento civil se le presentó una fórmula distinta a la prevista por la Constitución de 1824[10]. Sorprendido, se negó a jurar y dijo: “No, porque esta fórmula compromete los derechos y libertades de la Iglesia”[11].

A partir de este momento, su defensa de los derechos de la Iglesia fue conocida en todo el país pues esta negativa fue discutida ampliamente en los periódicos. Su decisión de no jurar bajo la fórmula modificada produjo –además del avivamiento del debate sobre las relaciones entre la Iglesia y el Estado- tensión y enfrentamiento entre las distintas fracciones en la vida política del país. No obstante, después de un tiempo aceptó realizar el juramento bajo la misma fórmula, una vez que recibió del ministro de Justicia y Negocios Eclesiásticos, el Lic. Marcelino Castañeda, una explicación que resolvió sus dudas al respecto, como él mismo explica en una comunicación que dirigió a dicho ministro:

“Juro que he tenido mucho consuelo al encontrar las siguientes palabras en la nota de V.E.: «así como en su dignidad está esquivar esa cuestión de derecho del patronato, está también en su deber hacerlo entender sólo como está fijado en la constitución y en las leyes»: porque con esto solo queda tranquila mi conciencia, pues tengo la más profunda convicción de que la constitución federal en la 12a parte del artículo 50 tiene un sentido recto y CATÓLICO, por consiguiente, el derecho de ligar la conducta de los Obispos; que en tal virtud, y no existiendo ya para mí razón alguna para escrupulizar en este gravísimo caso de conciencia, estoy obsecuente del todo a la intención del Gobierno, y dispuesto a jurar lisa y llanamente la fórmula, y a entenderla sólo en el sentido dicho, es decir, COMO ESTÁ FIJADO EN LA CONSTITUCIÓN”[12].

De esta manera, Munguía tomó posesión de su sede el 24 de diciembre de 1851 y fue consagrado el 18 de enero de 1852, casi un año después de la polémica negativa al juramento.

Una vez sorteado el referido incidente, su gobierno eclesiástico transcurrió con tranquilidad. Incluso durante el gobierno de Antonio López de Santa Anna↗, fue llamado a participar en las tareas de la comisión que analizaba los asuntos que involucraría un futuro concordato entre el gobierno mexicano y la Santa Sede. El padre Munguía mantuvo sus reservas por temor a que la Iglesia perdiera su libertad e independencia, por lo que “hizo todo lo posible por impedir la celebración de un concordato entre el gobierno de Santa Anna y el papa Pío IX”. La razón de esta negativa era la inestabilidad política mostrada en la historia reciente del país, en medio de la cual la Iglesia se había mantenido a flote gracias precisamente a su independencia del gobierno y a su “«dependencia exclusiva de Roma»”[13].

Durante los primeros años de su gestión episcopal se dio un reordenamiento de la diócesis de Michoacán: se erigió el obispado de San Luis Potosí –al cual pasaron a formar parte cinco mil leguas de la diócesis michoacana- y se crearon once nuevas parroquias; el nuevo obispo también se ocupó en fortalecer el seminario y otros colegios en su jurisdicción. Preocupado por cumplir con sus obligaciones al frente de su diócesis, realizó la visita pastoral aunque sólo parcialmente debido a que en septiembre de 1856 fue obligado a salir de su diócesis hacia la capital del país, por órdenes de la presidencia de la República, impidiéndole regresar a ella[14].

La razón de este ‘destierro interno’ fue una serie de escritos que redactó con motivo de las leyes reformistas emitidas por los gobiernos liberales de los presidentes Juan N. Álvarez e Ignacio Comonfort, así como por los gobiernos de los estados de Michoacán y Guanajuato, leyes que versaban sobre la supresión de los fueros militares y eclesiásticos y la desamortización de bienes de manos muertas, entre otros temas. Estos escritos fueron impresos por separado y posteriormente reunidos por su autor, radicado ya en la ciudad de México, en un solo escrito titulado Defensa Eclesiástica en el Obispado de Michoacán desde fines de 1855 hasta principios de 1858. Cabe señalar que a estos escritos se sumarían otras manifestaciones y escritos que, en conjunto con los demás obispos del país, dio a conocer durante el gobierno de Maximiliano de Habsburgo↗ respecto de su política religiosa[15]. Uno de estos escritos es la Manifestación de los obispos en defensa del Clero y de la doctrina católica con ocasión del Manifiesto y Decretos expedidos por Juárez en Veracruz, la cual está firmada por el arzobispo de México y los obispos de Michoacán, Linares, Guadalajara y San Luis Potosí así como por el representante del obispo de Puebla; aunque el estilo redaccional y el sustento doctrinal indican que el autor de este documento es Munguía[16].

A raíz de la promulgación de la Constitución de 1857, en la que se incorporaron estas polémicas leyes, se desató un enfrentamiento más entre liberales y conservadores, el cual se conoció primero como la Guerra de los Tres Años y más tarde, como Guerra de Reforma↗. En 1861, con el triunfo liberal acontecido a finales del año anterior e impulsado por los Estados Unidos, la confrontación de los vencedores con la Iglesia se radicalizó. Mons. Munguía salió entonces al destierro junto con los obispos Pedro Espinosa y Dávalos (Guadalajara), Pedro Barajas y Moreno (San Luis Potosí), Joaquín Madrid (Tenagra) y José Lázaro de la Garza y Ballesteros (México); el decreto de destierro también incluía al obispo de Durango, José Antonio López de Zubiría, pero éste se refugió en la Hacienda de Cacaria donde murió tres años después. Todos ellos residieron en Roma después de su destierro, excepto los obispos Madrid y Garza[17].

Pese a todo, el destierro de estos prelados tuvo consecuencias positivas para la Iglesia en México: “La presencia allí de la mayoría de los obispos (…) facilitó el estudio y resolución favorable de la solicitud que dirigieron a Pío IX los Sres. Munguía y Espinosa para que elevase sus sedes de Morelia y Guadalajara al rango de metrópolis (…) Pudo así la Iglesia Mexicana, ya sin las trabas del patronato nacional ejercido de hecho por el Gobierno, atender mejor a las necesidades de los católicos con los nuevos obispados y Provincias Eclesiásticas, que importaban la multiplicación de los pastores de almas”[18].

Así, el obispo michoacano permaneció en Roma de 1861 a 1863. Durante su estancia en esta ciudad Mons. Munguía asistió, junto con otros de sus compañeros exiliados, a la canonización del primer mexicano elevado a los altares, San Felipe de Jesús↗.

En septiembre de 1863, el ahora arzobispo regresó a México en compañía de dos de sus compañeros de exilio, los obispos Labastida y Covarrubias, poco antes del inicio Imperio de Maximiliano de Habsburgo↗. Sin embargo, la estancia de Mons. Munguía en su patria sólo duró dos años pues en 1865 volvió a viajar a Roma, seriamente enfermo de la vista y hostilizado por Maximiliano, quien decidió continuar con la reforma emprendida por los liberales mexicanos. Esta situación es denunciada por varios prelados mexicanos, incluyendo al michoacano, a través de una de aquellas manifestaciones colectivas mencionadas con anterioridad: “(…) la Santa Iglesia Católica en México sufre hoy por parte del Gobierno que actualmente existe en la capital, una coacción en sus más santos derechos y en sus libertades canónicas enteramente igual a la que sufría cuando gobernaban las autoridades de Ayutla, pues esta coacción consiste, no en la forma de Gobierno ni en el personal de los que lo constituyen, sino en el carácter y trascendencias de sus actos”[19].

Maximiliano continuamente buscaba entrometerse en la vida interna de la Iglesia y exigía a los obispos mexicanos que residieran en sus diócesis "(…) quizá para estorbar sus pastorales y documentos colectivos que sindicaran su política religiosa; y mucho más respecto del Sr. Munguía, usual redactor y promotor de ellas, como era notorio"[20]. La querella con Munguía por esta razón continuó hasta que éste decidió partir a Roma para atender su deteriorada salud.

De esta manera, Munguía vivió sus últimos años, ya prácticamente ciego, en la Ciudad Eterna donde todavía influyó en el futuro de la Iglesia en México pues el Papa le solicitó su opinión sobre la firma de un concordato entre la Santa Sede y el gobierno imperial mexicano. En efecto, Maximiliano le presentó a Pío IX en un par de ocasiones una propuesta de concordato, y éste a su vez le pidió a Mons. Munguía que la analizara y le diera su opinión. La opinión del prelado michoacano, no se modificó: al igual que durante el gobierno del Gral. López de Santa Anna, las circunstancias particulares del país eran inestables en sí mismas y adversas a la Iglesia, pues a pesar de haber cambiado de gobernantes e incluso de forma de gobierno, las medidas establecidas por los liberales como la libertad de cultos y la nacionalización de los bienes eclesiásticos, seguían vigentes. Por ello, Munguía recomendó al Papa “«negar el derecho de Patronato mientras no vuelvan a ponerse los Gobiernos en estado de merecerle»”[21].

Finalmente, Clemente de Jesús Munguía murió el 14 de diciembre de 1868, en el Palacio Borghese. Fue sepultado en la iglesia de San Roque a orillas del río Tíber. Décadas más tarde, el 2 de julio de 1897, fueron trasladados sus restos a la Capilla de la Sagrada Familia de la catedral de Morelia, en cuyos muros fueron colocados y donde actualmente descansan[22].

Obras

Curso de Jurisprudencia Universal o Exposición metódica de los principios del Derecho Divino y del Derecho Humano; Del Derecho natural en sus principios comunes y en sus diversas ramificaciones, o sea, Curso elemental de Derecho natural y de gentes, público, político, constitucional y Principios de legislación; Gramática general o Aplicación del análisis a las lenguas; Los principios de la Iglesia Católica y Memoria instructiva sobre el estado que guarda el seminario de Morelia; De la tolerancia, o sea, Del culto público en sus relaciones con el gobierno; Estudios oratorios u observaciones críticas sobre algunos discursos de los oradores más clásicos antiguos y modernos precedidas de un discurso sobre la elocuencia y de algunas arengas sobre varios géneros de literatura; Manifiesto a la nación mexicana; Pláticas doctrinales y sermones precedidos de una disertación sobre la oratoria sagrada; Exposición de la doctrina católica sobre los dogmas de la religión, precedida de dos disertaciones una sobre la doctrina cristiana, considerada en sus excelencias propias, en la necesidad de saberla, y en la obligación de enseñarla; y otra sobre la fe, la esperanza y la caridad consideradas en sí mismas y en sus relaciones con la verdad, el poder y la felicidad ; Opúsculo escrito en defensa de la soberanía, derechos y libertades de la Iglesia, atacadas en la Constitución Civil de 1857 y en otros decretos de la Nación; Defensa Eclesiástica en el Obispado de Michoacán desde fines de 1855 hasta principios de 1858; Explicación pastoral de la doctrina cristiana, o sea, curso seguido de instrucciones pastorales sobre los fundamentos de la religión, los dogmas de la fe, los preceptos de Dios y de la Iglesia, las virtudes, los pecados, los santos sacramentos la oración y las reglas de la vida cristiana escritas para los fieles de su Diócesis.

Notas

  1. Durante muchos años se escribió poco sobre Clemente de Jesús Munguía. La obra biográfica más importante que hay sobre él es Monseñor Munguía y sus escritos, escrita por su alumno Miguel Martínez. José Bravo Ugarte S.J. escribió una breve obra en memoria el centenario de su muerte: Munguía. Obispo y Arzobispo de Michoacán (1810-1868). También se puede encontrar alguna información sobre él en Apuntaciones históricas sobre la filosofía en México de Emeterio Valverde Téllez↗. En los últimos años se han realizado tesis doctorales sobre este personaje, como son Clemente de Jesús Munguía y el incipiente liberalismo de estado en México de Manuel Olimón y The Lawyer of the Church: Bishop Clemente de Jesús Munguía and the Ecclesiastical Response to the Liberal Revolution in Mexico (1810-1868) de Pablo Mijangos y González.
  2. Martínez, Miguel. Monseñor Munguía y sus escritos, Tomo I. Imprenta de José Mariano Lara, México, 1870, pp. 12-14.
  3. Martínez, Miguel. Obra citada, pp. 16-28.
  4. Olimón Nolasco, Manuel. Clemente de Jesús Munguía y el incipiente liberalismo de Estado en México [tesis doctoral], Ciudad de México, Universidad Iberoamericana, Doctorado en Historia, 2005, p. 78.
  5. Bravo Ugarte, José. Munguía. Obispo y Arzobispo de Michoacán (1810-1868) su vida y obra. Editorial Jus, México, 1967, p. 84
  6. Martínez, Miguel. Obra citada, pp. 574-578.
  7. Munguía, Clemente de Jesús. Los principios de la Iglesia Católica y Memoria instructiva sobre el estado que guarda el seminario de Morelia. Imprenta de Ignacio Arango, Morelia, 1849, pp. 185 y 238.
  8. Bravo Ugarte, José. Obra citada, p.31.
  9. Bravo Ugarte, José. Obra citada, p.36.
  10. La fórmula tradicional decía así: « ¿Juráis guardar y hacer guardar la Constitución y Leyes Generales de los Estados Unidos Mejicanos?», mientras que a él le fue presentada esta fórmula con un agregado al final: «…sujetándoos desde ahora a las que arreglaren el patronato de la Federación» (Munguía, Clemente de Jesús. Manifiesto a la nación mexicana. Imprenta de Ignacio Arango, Morelia, 1851, p. 7).
  11. Munguía, Clemente de Jesús. Manifiesto…, p. 7.
  12. Munguía, Clemente de Jesús. Manifiesto…, pp. 28-29
  13. Mijangos y González, Pablo. “Las vías de lo legítimo: derecho natural y estado católico en la obra de Clemente de Jesús Munguía”, en Cuadernos del Instituto Antonio de Nebrija, núm. 9, 2006, pp. 208-209
  14. Bravo Ugarte, José. Obra citada, p. 65-66.
  15. Bravo Ugarte, José. Obra citada, p. 64.
  16. Olimón, Manuel. Obra citada, pp.196-197.
  17. Bravo Ugarte, José. Obra citada, p. 67.
  18. Bravo Ugarte, José. Obra citada, p. 70
  19. Munguía, Clemente de Jesús, et. al. Protesta de los obispos católicos contra la intervención francesa. s.e. México, 1863, p. 4.
  20. Bravo Ugarte, José. Obra citada, p. 78
  21. Citado en Mijangos y González, Pablo. The Lawyer of the Church: Bishop Clemente de Jesús Munguía and the Ecclesiastical Response to the Liberal Revolution in Mexico (1810-1868) [tesis doctoral], Austin, University of Texas, Doctorado en Filosofía, 2009, p. 269.
  22. Bravo Ugarte, José. Obra citada, p. 84.

Bibliografía

Bravo Ugarte, José. Munguía. Obispo y Arzobispo de Michoacán (1810-1868) su vida y obra. Jus, México, 1967.

Martínez, Miguel. Monseñor Munguía y sus escritos. Tomo I. Imprenta de José Mariano Lara, México, 1870.

Mijangos y González, Pablo. “Las vías de lo legítimo: derecho natural y estado católico en la obra de Clemente de Jesús Munguía”, en Cuadernos del Instituto Antonio de Nebrija, núm. 9, 2006, pp. 151-221.

Mijangos y González, Pablo. The Lawyer of the Church: Bishop Clemente de Jesús Munguía and the Ecclesiastical Response to the Liberal Revolution in Mexico (1810-1868) [tesis doctoral], Austin, University of Texas, Doctorado en Filosofía, 2009.

Munguía, Clemente de Jesús. Los principios de la Iglesia Católica y Memoria instructiva sobre el estado que guarda el seminario de Morelia. Imprenta de Ignacio Arango, Morelia, 1849.

Munguía, Clemente de Jesús. Manifiesto a la nación mexicana. Imprenta de Ignacio Arango, Morelia, 1851.

Munguía, Clemente de Jesús, et. al. Protesta de los obispos católicos contra la intervención francesa. s.e. México, 1863

Olimón Nolasco, Manuel. Clemente de Jesús Munguía y el incipiente liberalismo de Estado en México [tesis doctoral], Ciudad de México, Universidad Iberoamericana, Doctorado en Historia, 2005.


SIGRID MARÍA LOUVIER NAVA